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| Resoluciones 2004 RESOLUCION
EXENTA SII N°99 DEL 27 DE OCTUBRE DEL 2004 MATERIA : AUTORIZA COMO RECEPTORES
DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A ORGANISMOS PÚBLICOS QUE SE SEÑALAN VISTOS:
Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario,
contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos
3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida
en el Art. 1° del D.L. 825, de 1974 y, CONSIDERANDO:
1° Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del Art. 56 de la
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974,
la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos podrá autorizar
el intercambio de mensajes mediante el uso de diferentes sistemas tecnológicos,
en reemplazo de la emisión de Boletas, Facturas, Facturas de Compra, Guías
de Despacho, Liquidaciones, Notas de Débito y Notas de Crédito.
2° Que, los Organismos Públicos que se detallan en el resolutivo primero,
han postulado como receptores de Documentos Tributarios Electrónicos y
han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 63, de Julio
de 2004, para ser autorizados.
3° Que, en Res. Ex. SII N° 78, del 6 de Agosto de 2004, se ha delegado
en el Subdirector de Fiscalización la facultad de autorizar a organismos
públicos como receptores de documentos tributarios electrónicos.
SE RESUELVE: Primero: Autorízanse
como receptores electrónicos a contar del mes de Octubre de 2004, a los
siguientes Organismos
Públicos:
-
SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL SAN JOSÉ DE MELIPILLA, | RUT
61.602.123-0 | - SERVICIO DE
SALUD METROPOLITANO NORTE, | RUT 61.608.000-8 | -
SERVICIO DE SALUD ATACAMA HOSPITAL DE CHAÑARAL, | RUT
61.606.305-7 | - GOBERNACIÓN
PROVINCIAL DE COPIAPÓ, | RUT
60.511.031-2 | - DEPARTAMENTO
PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE BÍO-BÍO, | RUT
60.902.066-0 | - DEPARTAMENTO
PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE IQUIQUE, | RUT
60.902.013-K | - SERVICIO NACIONAL
DE SALUD HOSPITAL DE LEBU, | RUT 61.602.212-1 | -
SERVICIO DE SALUD ARAUCO HOSPITAL DE ARAUCO, | RUT
61.602.209-1 | - SERVCIO DE
SALUD CONCEPCIÓN HOSPITAL DE CONTULMO, | RUT
61.607.103-3 | - SERVICIO NACIONAL
DE SALUD HOSPITAL DE CURANILAHUE, | RUT
61.602.211-3 | - SERVICIO NACIONAL
DE SALUD HOSPITAL DE CAÑETE, | RUT
61.602.213-K | - SERVICIO DE
SALUD METROPOLITANO NORTE HOSPITAL DE TIL TIL, | RUT
61.608.006-7 | - GOBIERNO REGIONAL
IV REGIÓN COQUIMBO, | RUT 72.225.700-6 | -
GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA, | RUT
72.224.100-2 | - ILUSTRE MUNICIPALIDAD
DE TALCA, | RUT 69.110.400-1 | -
CENTRO DE INFORMACIÓN DE RECURSOS NATURALES, | RUT
71.294.800-0 | - GOBIERNO REGIONAL
DE LA REGIÓN DEL BÍO BÍO, | RUT
72.232.500-1 |
Segundo:
Los Organismos Públicos autorizados, como receptores de Documentos Tributarios
Electrónicos,
deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 63,
de Julio de 2004.
Anótese,
comuníquese y publíquese en extracto.
(Fdo.)
BENJAMÍN SCHÜTZ GARCÍA SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN
Lo
que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines
Distribución: -
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