RESOLUCION EXENTA SII N°35 DEL 18 DE MARZO DEL 2005
Hoy
se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo
dispuesto en los Artículos 6°, letra A) N° 1, y 60° del Código
Tributario, contenido en Artículo 1° del Decreto Ley Nº 830, de 1974;
lo establecido en los Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del
Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo 1° del D.F.L.
Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; lo previsto en el Artículo
19 de la Ley 19.880 y las normas contenidas en el D.F.L. N° 341, de
1977 del Ministerio de Hacienda, sobre Zonas y Depósitos Francos, cuyo
texto refundido y coordinado fue fijado por el D.F.L. N° 2 del
Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de 10.08.2001; y. CONSIDERANDO: 1°
- Que mediante la resolución exenta N° 08 del 2005, se ha establecido
la obligación que tienen los contribuyentes usuarios de Zonas Francas a
que se refiere el D.F.L. N° 341 de 1977, de presentar al Servicio de
Impuestos Internos, una Declaración Jurada Anual con información sobre
las operaciones de entradas y salidas de la Zona o Depósito Franco, en
la forma en que en ella se señala. 2°.-
Que, se estima necesario prorrogar el plazo de presentación establecido
en la resolución exenta N° 08 del 2005, para las declaraciones juradas
sobre operaciones a que se refiere el D.F.L. N° 341 de 1977, que deban
presentarse hasta el 15 de marzo de 2005. SE
RESUELVE: 1°
- Prorrógase el plazo de presentación de la Declaración Jurada N°1868,
para las operaciones realizadas durante el año 2004, por
contribuyentes usuarios de las zonas francas a que se refiere el D.F.L.
N° 341 de 1977, establecida en la resolución exenta N° 08 del 2005,
hasta el día 27 de mayo de 2005.
2° - La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en extracto en el Diario Oficial. ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO Lo
que transcribo a usted para su conocimiento y demás fines. Saluda
a Ud., |