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RESOLUCION EXENTA SII N°53 DEL 01 DE JUNIO DEL 2005
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. 825, de 1974; y 

CONSIDERANDO: 

Que, en la Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974. 

Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003.  

Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003 para ser autorizados. 

                                                                             SE RESUELVE: 

Primero:     Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Junio del 2005 a los siguientes contribuyentes: 

- TELÉFONOS PÚBLICOS MANQUEHUE LTDA., RUT 79.978.770-9
- EMPRESA DE SERVICIOS MÚLTIPLES LTDA., RUT 78.215.090-1
- ONE MINUTE LEFT LIMITADA, RUT 77.746.130-3
- ARMATRONIX COMPUTACIÓN LIMITADA, RUT 76.222.010-5
- INTCOMEX S.A., RUT 96.705.940-4
- SERVICIOS DE MONITOREO SOCIEDAD ANÓNIMA, RUT 77.237.570-0
- IMPORT & EXPORT TRADERS LIMITADA, RUT 77.928.130-2
- CONSIST TELE INFORMÁTICA S.A., RUT 96.587.410-0
- AUTORENTAS DEL PACÍFICO LIMITADA, RUT 83.547.100-4
- MASTERFOODS CHILE ALIMENTOS LIMITADA, RUT 78.843.490-1
- SERVICIOS INFORMÁTICOS ALTANET LTDA., RUT 77.301.020-K
- PRODUCTOS GILLETTE CHILE LTDA., RUT 85.213.500-K
- STIAL SOC. DE TECNOLOGÍA E INGENIERÍA
AGROALIMENTICIA LATINA LTDA.,
RUT 77.510.770-7

En el sitio Web del SII se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado a emitir en forma electrónica. 

Segundo:    Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003, así como lo expresado en la declaración de cumplimiento de requisitos que han presentado ante este Servicio, de acuerdo a lo relacionado con: 

  • Administración de perfiles de acceso de usuarios.

  •  Gestión de Códigos de Autorización de Folios (almacenamiento y control de acceso).

  •  Foliación Controlada (asignación única de cada folio autorizado por el SII).

  •  Respaldo seguro de los documentos e información generada.

  • Envío de documentos al SII previo a su entrega al receptor del mismo, salvo excepción contemplada en el N° 10, del resolutivo Cuarto, de la Res. Ex. SII N° 45, del 2003.

  • Intercambio (envío y recepción) de documentos con otros contribuyentes.

  • Generación de respuestas y acuses de recibo de documentos tributarios electrónicos recibidos.

  • Generación, mantención y custodia de la Información Electrónica de Compras y Ventas, que incluye tanto los documentos electrónicos como los no electrónicos.

  • Envío mensual al SII, de los archivos de la Información Electrónica de Compras y Ventas.

  • Generación, mantención y custodia del Libro de Guías de Despacho Electrónicas, si procede.

  • Cuadratura de envíos aceptados, rechazados y aceptados con reparos del SII.

  • Administración de contingencias.

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

(Fdo.) ENRIQUE ROJAS HIDALGO

SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN (S)  

     Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.  

 

Distribución:  
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