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RESOLUCION EXENTA SII N°78 DEL 01 DE AGOSTO DEL 2005
MATERIA : MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA SII N°71 DEL 04 DE DICIEMBRE DE 2003, RELACIONADA CON LA FACULTAD DE ACTUALIZAR EL CATASTRO DE BIENES RAÍCES

Hoy se ha resuelto lo que sigue:                       

VISTOS: Lo dispuesto en el artículo  7°, letras c), i) y j) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, lo establecido en el artículo  41 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, contenida en el D.F.L. N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001, que aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley ya mencionada; en el artículo 16° de la Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial; la Resolución N° 520, de 1996, de la Contraloría General de la República; las necesidades del Servicio, y 

CONSIDERANDO: 

a)           La necesidad de agilizar y fortalecer los procesos de fiscalización del Impuesto Territorial, con el apoyo de medios electrónicos, así como, en base a la información proveniente de formularios en papel. 

b)           Que por Resolución Ex. SII N° 71 del 4 de diciembre del 2003, se delegó al Jefe de Departamento de Catastro y Tasaciones, al Jefe de Departamento Operaciones de Avaluaciones y al Jefe de la Oficina de Normas y Casos Especiales, todos de la Subdirección de Avaluaciones, la facultad para realizar la actualización del Catastro de Bienes Raíces en forma centralizada, producto de solicitudes presentadas vía Internet.

SE RESUELVE: 

1° AGRÉGASE  en el resolutivo 1°, de la Resolución Ex. SII N° 71 del 4 de diciembre del 2003, a continuación de  “del DFL N° 2 de 1959 u otras” la siguiente expresión: “; o bien de información proveniente de organismos del Estado o Privados, recibida a través de formularios en papel, archivos electrónicos o aplicaciones disponibles en Internet”.

2° REEMPLÁCESE en el resolutivo 2°, de la Resolución Ex. SII N° 71 del 4 de diciembre del 2003, la expresión “vía Internet relativas a planes de fiscalización del Impuesto Territorial, DFL N° 2 de 1959 o actualización catastral”, por la expresión “vía Internet relativas a actualización catastral, planes de fiscalización del Impuesto Territorial, del DFL N° 2, de 1959, o bien de información proveniente de Organismos del Estado o Privados, recibida a través de formularios en papel, archivos electrónicos o aplicaciones disponibles en Internet”. 

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL. 

 

 

 

(Fdo.) ALFREDO ECHEVERRÍA HERRERA
DIRECTOR (S)

 

                                                 Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines:


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