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RESOLUCION EXENTA SII N°09 DEL 20 DE ENERO DEL 2006
MATERIA : AUTORIZA A PROCEDER CONFORME AL MODELO DE OPERACIÓN DE CONTABILIDAD ELECTRÓNICA A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974;  en la Resolución Ex. Sii N°150 de diciembre de 2005 y,

 

CONSIDERANDO:

Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han solicitado incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en la Res. Ex. SII N°150 de diciembre de 2005, a partir del año 2006.

Que dichos contribuyentes han solicitado adicionalmente, que se extienda la autorización para almacenar los libros contables para fines tributarios, en un medio digital, para períodos anteriores al año 2006.

Que,  los contribuyentes citados, cumplen los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N° 150 de diciembre de 2005, y cuentan con CAL (Códigos de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos.

 

SE RESUELVE:

 

Primero:     Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2006, a los siguientes contribuyentes: 

- KCC TRAINING S.A. RUT 96.711.100-7
- DISTRIBUIDORA CUMMINS CHILE S.A RUT 96.843.140-4
- KOMATSU CUMMINS CHILE LTDA. RUT 77.260.520-K
- KOMATSU CUMMINS CHILE ARRIENDA S.A. RUT 99.532.160-2
- KOMATSU CHILE S.A. RUT 96.843.130-7

Segundo:    Autorízase además a dichos contribuyentes para almacenar, para fines tributarios, los libros contables de años anteriores al año 2006, en un medio digital.

Tercero:     Los contribuyentes autorizados deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005.

 

 

Anótese, Comuníquese y Publíquese en Internet

 

(Fdo)  JUAN TORO RIVERA
DIRECTOR

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

 

Distribución:
-  
Internet