Hoy
se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el artículo 7º, letras a), c), e i) y artículo 20,
ambos de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en
el D.F.L. Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo 6º,
letra B, Nº s. 5° y 7° del Código Tributario; los artículos 10° y 41
de la Ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del
Estado; y
CONSIDERANDO:
1°.-
Que el Servicio de Impuestos Internos, atendido lo dispuesto en el artículo
10°, de Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado, ha establecido un procedimiento administrativo
de revisión de las liquidaciones de impuestos practicadas por el
Servicio, basado en la facultad que el artículo 6°, letra B, N° 5°,
del Código Tributario concede a los Directores Regionales de este
Servicio para resolver, por la vía administrativa, los vicios o errores
manifiestos que presente una liquidación.
2°-
Que se estima conveniente que el pronunciamiento con que finaliza esta
etapa de revisión, sea dictado por el Jefe del Departamento de
Resoluciones de cada Dirección Regional.
RESUELVO:
PRIMERO.-
Autorízase a los Directores Regionales para delegar en el Jefe del
Departamento de Resoluciones o de Fiscalización-Resoluciones, la facultad
establecida en el artículo 6°, letra B, N° 5 del Código Tributario,
para resolver administrativamente las peticiones de revisión de las
liquidaciones de impuestos en las cuales se haya incurrido en vicios o
errores manifiestos.
SEGUNDO.-
Las resoluciones delegatorias de facultades que dicten los Directores
Regionales, deberá citar la presente resolución, mencionándola con su número
y fecha en la parte considerativa.
TERCERO.-
Las resoluciones delegatorias de facultades que dicten los Directores
Regionales en virtud de esta resolución, deberán publicarse, en
extracto, en el Diario Oficial.
ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL.
RICARDO
ESCOBAR CALDERON
DIRECTOR
Para
su conocimiento y fines consiguientes.
Distribución:
- Sres. Directores Regionales
- Internet
- Boletín
- Diario Oficial
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