Home | Resoluciones 2006

RESOLUCION EXENTA SII N°152 DEL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2006
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. 825, de 1974; y

 

CONSIDERANDO:

Que, en la Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974.

Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003. 

Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003 para ser autorizados.

 

SE RESUELVE: 

Primero:     Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Diciembre del 2006 a los siguientes contribuyentes: 

- AGENCIA ADUANA E MEWES RAMIREZ R MEWES SCHNAIDT Y M MEWES SCHNAIDT LTDA.

  RUT 88.474.100-9

- AGENCIA DE ADUANA JUAN ALARCON ROJAS Y CIA LTDA.

  RUT 78.127.660-K

- AGENCIA DE ADUANA PATRICIO ROJAS MAC-GINTY Y CIA. LTDA.

  RUT 78.288.330-5

- AGENCIA DE ADUANA PEDRO SERRANO SOLAR Y CIA. LTDA.

  RUT 88.824.300-3

- AGENCIA DE ADUANAS ANIBAL MOYA Y CIA. LTDA.

  RUT 77.466.750-4

- AGENCIA DE ADUANAS FERNANDO OSCAR GUERRA GODOY Y CIA. LTDA.

  RUT 76.624.070-4

- AGENCIA DE ADUANAS JORGE NUÑEZ BAEZA Y CIA. LTDA.

  RUT 77.298.300-K

- AGENCIA DE ADUANAS VICTOR PAREDES Y CIA. LTDA.

  RUT 77.584.510-4

- AGENCIA DE ADUANAS VIVIAN GOUDIE VALENZUELA Y CIA. LTDA.

  RUT 78.280.670-K

- AICO TELEVISION BANDA ANCHA S.A.

  RUT 76.446.750-7

- AMBIENTE VITAL S.A.

  RUT 96.716.780-0

- CAMM S.A.

  RUT 78.908.790-3

- COMERCIAL BIO BIO S.A.

  RUT 99.207.000-5

- COMERCIAL PATAGONA LTDA.

  RUT 77.755.610-K

- COOP. DE CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA CHILLÁN LTDA.

  RUT 80.237.700-2

- FUNDICION LAS ROSAS S.A.

  RUT 95.065.000-1

- GERARDO SERGIO VALLE CLAVERO

  RUT 07.274.237-0

- HECTOR GUTIERREZ VENEGAS

  RUT 09.291.617-0

- IMOLA S.A.

  RUT 76.502.190-1

- INDUSTRIAL Y COMERCIAL LAMPA S.A.

  RUT 96.961.000-0

- INSTITUTO BIOQUIMICO BETA S.A.

  RUT 91.039.000-7

- JAIME CELUME Y CIA. LTDA.

  RUT 79.653.750-7

- JUAN FRANCISCO VALDIVIA RIQUELME

  RUT 04.312.909-0

- LOGISTICA S.A.

  RUT 96.708.670-3

- LUIS ARMANDO CLAVIJO GATICA

  RUT 10.567.849-5

- LUZ ANDREA BLANCH BERRIOS

  RUT 11.472.230-8

- MILY INTERNATIONAL S.A.

  RUT 96.815.540-7

- MUSIC WORLD AUDIOVISION LTDA.

  RUT 78.542.080-2

- SANTANDER SANTIAGO S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS

  RUT 96.667.040-1

- SINCLAIR KNIGHT MERZ MINMETAL S.A.

  RUT 76.334.600-5

- TECNOVINI S.A.

  RUT 96.885.710-K

- UNIVERSIDAD DE TALCA

  RUT 70.885.500-6

- MERSUD COMERCIAL INDUSTRIAL LTDA.

  RUT 83.491.800-5

En la Oficina Virtual del SII en Internet se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado a emitir en forma electrónica. 

Segundo:    Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003, así como lo expresado en la declaración de cumplimiento de requisitos que han presentado ante este Servicio, de acuerdo a lo relacionado con: 

  • Administración de perfiles de acceso de usuarios.

  • Gestión de Códigos de Autorización de Folios (almacenamiento y control de acceso).

  • Foliación Controlada (asignación única de cada folio autorizado por el SII).

  • Respaldo seguro de los documentos e información generada.

  • Envío de documentos al SII previo a su entrega al receptor del mismo, salvo excepción contemplada en el N° 10, del resolutivo Cuarto, de la Res. Ex. SII N° 45, del 2003.

  • Intercambio (envío y recepción) de documentos con otros contribuyentes.

  • Generación de respuestas y acuses de recibo de documentos tributarios electrónicos recibidos.

  • Generación, mantención y custodia de la Información Electrónica de Compras y Ventas, que incluye tanto los documentos electrónicos como los no electrónicos.

  • Envío mensual al SII, de los archivos de la Información Electrónica de Compras y Ventas.

  • Generación, mantención y custodia del Libro de Guías de Despacho Electrónicas, si procede.

  • Cuadratura de envíos aceptados, rechazados y aceptados con reparos del SII.

  • Administración de contingencias. 

 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

(Fdo.) JORGE TRUJILLO PUENTES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

 

IBC/MPM
Distribución:
-   Internet
-   Diario Oficial en extracto