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RESOLUCION EXENTA SII N°35 DEL 29 DE MARZO DEL 2006
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. 825, de 1974; y

 

CONSIDERANDO:

Que, en la Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974.

Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003.

Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003 para ser autorizados.

 

SE RESUELVE: 

Primero:     Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Abril del 2006 a los siguientes contribuyentes: 

- ASSA CHILE S.A. 

RUT 96.863.900-5

- CIA DE SEGUROS DE CREDITO CONTINENTAL S.A.

RUT 96.573.590-9

- COMERCIAL EFAL LTDA.

RUT 77.391.660-8

- COMERCIAL PATAGONIA S.A.

RUT 96.910.780-5

- COMERCIAL REDEV S.A.  

RUT 79.989.560-9

- COMERCIALIZADORA A SU HOGAR LTDA.

RUT 76.073.070-K

- COMERCIALIZADORA DE ARTICULOS DOMESTICOS 

RUT 78.025.530-7

- CRANE PLASTICS DE CHILE S.A. 

RUT 96.882.490-2

- CRITERIUM S.A.

RUT 96.992.560-5

- DAIHATSU CHILE S.A.

RUT 76.395.560-5

- DVMET S.A. 

RUT 96.982.440-K

- EDICION ELECTRONICA PROCOLOR LTDA.

RUT 77.616.550-6

- GARCIA IRUSTA Y COMPANIA LTDA.

RUT 77.745.220-7

- GRETA CHILE S.A. 

RUT 96.942.690-0

- INVERSIONES Y COMERCIAL CH LTDA.

RUT 91.498.000-3

- ISSA KHALILIYEH Y CIA LTDA.

RUT 80.497.400-8

- JIMENEZ CERASA S.A.

RUT 78.129.360-1

- MANUFACTURAS CANNON S.A.

RUT 80.404.100-1

- MANUFACTURAS DE TEJIDOS Y CONFECCIONES PILLIN LTDA.  

RUT 79.552.690-0

- MERCADO OLIVARES Y CIA. LTDA.

RUT 77.079.620-2

- MOLETTO HERMANOS S.A. MANUFACTURAS TEXTILES  

RUT 90.914.000-5

- ORDEN INTEGRACION S.A.

RUT 96.703.210-7

- ORDEN S.A. 

RUT 94.071.000-6

- PRODUCTORA DE EQUIPAMIENTOS Y SERVICIOS DHOMO LTDA.

RUT 78.175.280-0

- REFINING TECHNOLOGIES S.A.

RUT 96.872.140-2

- REIFSCHNEIDER S.A.

RUT 96.999.950-1

- REUTTER S.A.

RUT 81.210.400-4

- SERVICIOS GRAFICOS TEKNOCOPIADO LTDA.

RUT 78.332.220-K

- SERVICIOS INMOBILIARIOS Y DE INTERNET MICONSERJE S.A.  

RUT 77.757.520-1

- SOC INFORMATICA CASA GRANDE LTDA.

RUT 78.791.830-1  

- SOUTHERN BROTHERS S.A.

RUT 96.682.410-7

- TEXTIL Y COMERCIAL SANTA FE LTDA.

RUT 76.337.850-0

- UNIVAC S.A. 

RUT 76.456.700-5

- UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING S.A. 

RUT 78.375.190-9

- VEKA CHILE S.A.

RUT 96.949.370-5

- VIDEO CHILE S.A.

RUT 96.500.980-9

- VIRTUAL ANDES INTEGRACION S.A.

RUT 99.563.260-8

- VVD SOFTWARE S.A.

RUT 76.379.810-0

- ELESUR S.A.

RUT 96.800.570-7

- INVERSIONES ROLYEC S.A.

RUT 99.580.010-1

- CONUENIR ALARCON LTDA.

RUT 78.435.730-9

- TRAVELLER S.A.

RUT 94.861.000-0

En la Oficina Virtual del SII en Internet se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado a emitir en forma electrónica.

Segundo:   Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003, así como lo expresado en la declaración de cumplimiento de requisitos que han presentado ante este Servicio, de acuerdo a lo relacionado con:

  • Administración de perfiles de acceso de usuarios.

  • Gestión de Códigos de Autorización de Folios (almacenamiento y control de acceso).

  • Foliación Controlada (asignación única de cada folio autorizado por el SII).

  • Respaldo seguro de los documentos e información generada.

  • Envío de documentos al SII previo a su entrega al receptor del mismo, salvo excepción contemplada en el N° 10, del resolutivo Cuarto, de la Res. Ex. SII N° 45, del 2003.

  • Intercambio (envío y recepción) de documentos con otros contribuyentes.

  • Generación de respuestas y acuses de recibo de documentos tributarios electrónicos recibidos.

  • Generación, mantención y custodia de la Información Electrónica de Compras y Ventas, que incluye tanto los documentos electrónicos como los no electrónicos.

  • Envío mensual al SII, de los archivos de la Información Electrónica de Compras y Ventas.

  • Generación, mantención y custodia del Libro de Guías de Despacho Electrónicas, si procede.

  • Cuadratura de envíos aceptados, rechazados y aceptados con reparos del SII.

  • Administración de contingencias.  

 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

(Fdo.) BENJAMÍN SCHÜTZ GARCÍA
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN
 

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.  

 

IBC/MPM  
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