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RESOLUCION EXENTA SII N°48 DEL 28 DE ABRIL DEL 2006
MATERIA : AUTORIZA DELEGACIÓN DE FACULTAD PARA PERMITIR A LOS CONTRIBUYENTES EFECTUAR EL PAGO DIFERIDO DE IMPUESTOS QUE INDICA.

Hoy se ha resuelto lo siguiente:

VISTOS: Lo dispuesto en los Artículos 7, letras c), e i) y 20 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; N° 7 de la letra B del Artículo 6 del Código Tributario; en el Artículo 41 de la Ley N°. 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N° 1-19.653, del 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; las necesidades del Servicio; y

 

CONSIDERANDO :

1.- Que el artículo 72, de la Ley de Impuesto a la Renta, contenida en el Artículo 1 del Decreto Ley N° 824 de 1974, habilita a los contribuyentes a presentar su declaración, aún cuando no efectúen el pago inmediato.

2.-   Que  para  realizar  este  pago  en  forma  diferida, el Director Regional debe autorizarlo.

 

RESUELVO: 

Autorízase a los Directores Regionales a delegar en funcionarios de su dependencia, la facultad de autorizar, a los contribuyentes que lo soliciten, el pago diferido de los impuestos de la Ley de la Renta.

   Las resoluciones que se dicten en virtud de la autorización a que se refiere el ordinal 1°, deberán citar por su número y fecha la presente resolución y publicarse en extracto en el Diario Oficial.

Los delegados cumplirán su cometido al ingresar los antecedentes de los contribuyentes interesados a través de la aplicación “pago diferido” en intranet.

 

ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.

 

(FDO.) RICARDO ESCOBAR CALDERON
DIRECTOR

 

Lo que comunico a Ud., para su conocimiento y demás fines,

 

Saluda a Ud.,

 

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