| Hoy se ha
      resuelto lo que sigue, VISTOS:
      Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario,
      contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos
      3° y 4°, de 
      la Ley
      sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L.
      825, de 1974; y   CONSIDERANDO: 1° Que,
      de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley
      sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974,
      
      la Dirección Nacional
      del Servicio de Impuestos Internos podrá autorizar el intercambio de
      mensajes mediante el uso de diferentes sistemas tecnológicos, en
      reemplazo de la emisión de Boletas, Facturas, Facturas de Compra, Guías
      de Despacho, Liquidaciones, Notas de Débito y Notas de Crédito. 2° Que,
      el Organismo Público que se detalla en el resolutivo primero, ha
      postulado como receptor de Documentos Tributarios Electrónicos y ha
      cumplido los requisitos establecidos en 
      la Res. Ex. SII
      N° 63, de Julio de 2004, para ser autorizados. 3° Que,
      en Res. Ex. SII N° 78, del 6 de Agosto de 2004, se ha delegado en el
      Subdirector de Fiscalización la facultad de autorizar a organismos públicos
      como receptores de documentos tributarios electrónicos.   SE RESUELVE:
       
       Primero:    
      Autorízase como receptor electrónico a contar del mes de Septiembre de
      2007, al siguiente Organismo Público: - MINISTERIO DE
      DEFENSA NACIONAL, REGIÓN MILITAR AUSTRAL     
      RUT 61.114.000-2
       
       Segundo:
         El Organismo Público autorizado, como receptor de Documentos
      Tributarios Electrónicos, deberá cumplir lo establecido en 
      la Resolución Ex. SII
      N° 63, de Julio de 2004.   Anótese, comuníquese y publíquese en
      extracto.   (Fdo.) JORGE TRUJILLO
      PUENTESSUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN
   Lo que transcribo a Ud.,
      para su conocimiento y demás fines   IBC/MPMDistribución:
 -   Internet
 -   Diario Oficial en extracto
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