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RESOLUCION EXENTA SII N°115 DEL 27 DE SEPTIEMBRE DEL 2007
MATERIA : COMPLEMENTA RES. EX. SII N° 71, DE 9 DE JUNIO DE 2006, QUE AUTORIZÓ COMO EMISOR DE BOLETAS ELECTRÓNICAS Y BOLETAS NO AFECTAS O EXENTAS ELECTRÓNICAS A EMISOR ELECTRÓNICO QUE SE SEÑALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 1°, 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; lo establecido en la Ley N ° 19.799; en la Res. Ex. N° 9, de 2001; en la Res. Ex. N° 11, de 2003; en la Res. Ex. N° 18, de 2003; en la Res. Ex. SII N° 45, de 2003; en la Res. Ex. SII  N° 08, de 2004; en la Res. Ex. SII N° 71, de 2006; en la Res. Ex. SII N° 16, de 2007; en la Res. Ex. SII N° 57, de 2007; en la Res. Ex. SII N° 63, de 2007; en la Res. Ex. SII N° 98, de 2007; y

 

CONSIDERANDO:

Que, el contribuyente SODIMAC S.A., RUT N° 96.792.430-K, ha cumplido las exigencias dispuestas en la Res. Ex. SII N° 71, de 2006, que lo autorizó para participar en un plan piloto de emisión de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas, dirigido a emisores electrónicos que no tienen como giro principal la prestación de servicios periódicos.

Que, el mismo contribuyente ha solicitado la ampliación de la autorización referida respecto de otras sucursales de su dependencia al mencionado plan piloto de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas.

 

SE RESUELVE:

Autorízase a SODIMAC S.A., RUT N° 96.792.430-K, a emitir boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas.

La autorización otorgada en virtud de la presente resolución regirá a contar del mes de Septiembre de 2007, para todas las sucursales del contribuyente y, considerando que se enmarca dentro del plan piloto de boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas, deberá ceñirse estrictamente a lo establecido en los resolutivos Tercero a Decimocuarto de la Res. Ex. SII N° 71, de 2006, que autorizó al contribuyente antes señalado a emitir estos documentos en forma electrónica.

 

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO

 

JORGE TRUJILLO PUENTES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

 

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