| “Hoy
      se ha resuelto lo que sigue:” VISTOS:
      Las facultades que se me confieren en el Art. 3° y en las letras a), b),
      c), h) y n) del Art. 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos
      Internos, contenida en el Art. 1° del DFL N° 7 de 1980 del Ministerio de
      Hacienda; lo establecido en el Art. 6° letra A, N° 1 del Código
      Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830 de 1974; lo
      dispuesto por esta Dirección mediante Res. Ex. Nos. 34, del 24 de Agosto
      de 2001, 45 del 19 de Noviembre del mismo año, 68 del 2 de diciembre de
      2003, y 39 del 22 de marzo de 2007, todas de este Servicio; y las
      necesidades del Servicio,   CONSIDERANDO:
      
       1º.   
      Que, por medio de la Res. Ex. N° 34, de fecha 24/08/2001, se creó con
      dependencia jerárquica de la Dirección Nacional, el Departamento
      Subdirección de Fiscalización denominado “Dirección Grandes
      Contribuyentes”, fijándosele las atribuciones, responsabilidades y
      obligaciones que en la misma resolución se indican, señalando que para
      los efectos de la misma se entenderá por “Grandes Contribuyentes”,
      cualquiera sea su capital, denominación, domicilio, organización, monto
      de ventas o sector económico, aquel que conste en una nómina que fijará
      el Director mediante resolución. 2º.   
      Que, por otra parte, a través de la Res. Ex. N° 45 de 19/11/2001, se fijó
      
      la Nómina
      de “Grandes Contribuyentes” para los efectos señalados en dispositivo
      3° de Res. Ex. N° 34, ya citada, sobre la base de criterios de selección
      que en aquel documento se indicaron. También se señala expresamente, que
      la Nómina se actualizará con aquellos contribuyentes cuya inclusión o
      exclusión autorice el suscrito.  3º.   
      Considerando además, la solicitud de incorporación a la citada Nómina,
      presentada con fecha 25/09/2007, por don Néstor Gutiérrez Rojas, RUT N°
      12.418.879-2,  en su calidad de mandatario de la empresa que más
      adelante se menciona, según Poder de fecha 12/07/2007, otorgado en 
      la Notaría
      de doña Nancy De la Fuente, Repertorio 4284-2006.  4º.   
      Que, de acuerdo a Informe de Inclusión de Nuevos Contribuyentes de fecha
      27/09/2007 emitido por el funcionario de la Dirección Grandes
      Contribuyentes, se concluye “Incluir en 
      la Nómina
      de Grandes Contribuyentes, toda vez que el contribuyente cumple con el
      criterio (b) Capital Propio Tributario en los últimos 3 años comerciales
      iguales o superiores a 360.000 UTM. Sin perjuicio a lo anterior, en atención
      al resolutivo 9° de Res. 39/2007 que establece “...previa presentación
      de una solicitud debidamente fundamentada, podrán seguir los
      contribuyentes que no hayan sido incluidos por el Servicio, con el objeto
      de ser incorporados en 
      la Nómina
      de Grandes Contribuyentes.... será el Director quién resolverá
      sobre la base del fundamento y los antecedentes que aporte el solicitante,
      notificándole su decisión” se entiende es facultad del Director tomar
      esta decisión.”   RESUELVO: HA
      LUGAR a la solicitud de incorporación a 
      la Nómina
      de “Grandes Contribuyentes”, fijada mediante Res. Ex. N° 45 del
      19/11/2001, modificada por Res. Ex. N° 68 de 02/12/2003 y actualizada por
      
      la Res. Ex.
      N° 39 de 22/03/2007, a la sociedad que a continuación se individualiza:
       CONTRIBUYENTE:
      INVERSIONES VITAL S.A.,RUT: 96.759.500-4
 DOMICILIO: Huérfanos 1052, piso 4°, Santiago, Región Metropolitana.
 Las Direcciones
      Regionales que a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución,
      hayan asumido la fiscalización directa o el conocimiento de las
      peticiones administrativas, de algunos de los contribuyentes incorporados
      en 
      la Nómina
      fijada en el dispositivo 1° de esta resolución, deberán continuar con
      los trámites y diligencias propias de dicha fiscalización o solicitud
      hasta su debido término, informando de ello a la "Dirección Grandes
      Contribuyentes", salvo que el Director de la “Dirección Grandes
      Contribuyentes” estime necesario ejecutar la revisión respectiva en
      aquella unidad. La presente
      resolución regirá a contar de la fecha de su notificación.     ANÓTESE Y
      NOTIFÍQUESE   (Fdo.) RICARDO ESCOBAR
      CALDERONDIRECTOR
   Lo que transcribo a Ud. para
      su conocimiento y demás fines.”   BSG/MLD/MPQVDistribución:
 -   Contribuyente:
      Inversiones Vital S.A.
 Rep.: Néstor Gutiérrez R.
 -   Secretaría Director SII
 -   Secretaría DGC
 -   Archivo Cenac (3)
 -   Internet
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