Hoy
se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Las
facultades que se me confieren en el Art. 3° y en las letras a), b), c),
h) y n) del Art. 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos,
contenida en el Art. 1° del DFL N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda;
lo establecido en el Art. 6° letra A, N° 1 del Código Tributario,
contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830 de 1974; lo dispuesto por esta
Dirección mediante Res. Ex. Nos. 34, del 24 de Agosto de 2001, 45 del 19
de Noviembre del mismo año, 68
del 2 de diciembre de 2003, y actualizada por la Res. Ex. N° 92 de 1° de
agosto de 2006, todas de este
Servicio; y las necesidades del Servicio
CONSIDERANDO:
1º.
Que, por medio de
la Res. Ex. N° 34, de fecha 24/08/2001, se creó con dependencia jerárquica
de la Dirección Nacional, el Departamento Subdirección de Fiscalización
denominado “Dirección Grandes Contribuyentes”, fijándosele las
atribuciones, responsabilidades y obligaciones que en la misma resolución
se indican, señalando que para los efectos de la misma se entenderá por
“Grandes Contribuyentes”, cualquiera sea su capital, denominación,
domicilio, organización, monto de ventas o sector económico, aquel que
conste en una nómina que fijará el Director mediante resolución.
2º.
Que, por otra parte, a través de la Res. Ex. N° 45 de 19/11/2001,
se fijó la Nómina de
“Grandes Contribuyentes” para los efectos señalados en dispositivo 3°
de Res. Ex. N° 34, ya citada, sobre la base de criterios de selección
que en aquel documento se indicaron. También se señala expresamente, que
la Nómina se actualizará con aquellos contribuyentes cuya inclusión o
exclusión autorice el suscrito.
3º.
Considerando además, la solicitud de incorporación a la citada Nómina,
presentada con fecha 19/12/2006, por don Sebastián Somerville Barbosa,
RUT N° 9.980.165-4,
en
su calidad de representante legal de la compañía que más adelante se
menciona.
4º.
Que, de acuerdo a Informe Inclusión
Nuevos Contribuyentes de fecha 09/01/2007 emitido por
funcionario de la Dirección Grandes Contribuyentes, se concluye,
“Es interesante desde el punto de vista del trabajo de fiscalización,
en cuanto a que esta empresa posee una pérdida acumulada por un monto
importante. En consideración a que, es posible incluir a contribuyentes
que cumplen el criterio de Ingresos (o Ventas) o Capital Efectivo
(excluyente), entre otros criterios y, en este caso cumple el criterio de
Capital Efectivo por la relevancia de este contribuyente y a fin de
facilitar su cumplimiento tributario, se recomienda su inclusión a la Nómina
de la DGC”.
RESUELVO:
1.
Incorporase
a
la Nómina de “Grandes Contribuyentes”, fijada mediante Res. Ex. N°
45 del 19/11/2001, modificada por Res. Ex. N° 68 de 02/12/2003 y
actualizada por la Res. Ex. N° 92 de 01/08/2006, a la sociedad que a
continuación se individualiza:
CONTRIBUYENTE:
EQUIFIN,
RUT N° 59.024.460-0
DOMICILIO
CASA MATRIZ: Avda.
El Bosque Norte N° 177, Oficina 1401, comuna de Las Condes, Santiago,
Región Metropolitana.
2.
Los procesos
de fiscalización que se encuentren en curso a la fecha de publicación de
esta resolución y que se refieran al contribuyente individualizado en el
resolutorio anterior, de esta resolución, deberán ser conocidos por la
Dirección Grandes Contribuyentes.
3.
La presente
resolución regirá a contar de la fecha de su notificación.
ANÓTESE Y NOTIFÍQUESE
(Fdo.)
RICARDO ESCOBAR CALDERON
DIRECTOR
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines.
Saluda a Ud.,
SG/MLD/VZS/MPQV
Distribución:
- Contribuyente: Equifin
Rep. Legal: Sebastián Somerville Barbosa
- Secretaría Director SII
- Secretaría DGC
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