| “Hoy
      se ha resuelto lo que sigue: VISTOS:
      Las facultades que se me confieren en el Art. 3° y en las letras a), b),
      c), h) y n) del Art. 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos
      Internos, contenida en el Art. 1° del DFL N° 7 de 1980 del Ministerio de
      Hacienda; lo establecido en el Art. 6° letra A, N° 1 del Código
      Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830 de 1974; lo
      dispuesto por esta Dirección mediante Res. Ex. Nos. 34, del 24 de Agosto
      de 2001, 45 del 19 de Noviembre del mismo año, 68 del 2 de diciembre de
      2003, y 39 del 22 de marzo de 2007, todas de este Servicio; y las
      necesidades del Servicio,   CONSIDERANDO:
       1º.   
      Que, por medio de la Res. Ex. N° 34, de fecha 24/08/2001, se creó con
      dependencia jerárquica de la Dirección Nacional, el Departamento
      Subdirección de Fiscalización denominado “Dirección Grandes
      Contribuyentes”, fijándosele las atribuciones, responsabilidades y
      obligaciones que en la misma resolución se indican, señalando que para
      los efectos de la misma se entenderá por “Grandes Contribuyentes”,
      cualquiera sea su capital, denominación, domicilio, organización, monto
      de ventas o sector económico, aquel que conste en una nómina que fijará
      el Director mediante resolución. 2º.   
      Que, por otra parte, a través de la Res. Ex. N° 45 de 19/11/2001, se fijó
      la Nómina de “Grandes Contribuyentes” para los efectos señalados en
      dispositivo 3° de Res. Ex. N° 34, ya citada, sobre la base de criterios
      de selección que en aquel documento se indicaron. También se señala
      expresamente, que la Nómina se actualizará con aquellos contribuyentes
      cuya inclusión o exclusión autorice el suscrito.  3º.   
      Considerando además, la solicitud de incorporación a la citada Nómina,
      presentada con fecha 31/10/2007, por don Carlos Caruz Middleton, RUT N°
      4.335.906-1, en su calidad de representante legal de la empresa que más
      adelante se menciona.  4º.   
      Que, de acuerdo a Informe de Inclusión de Nuevos Contribuyentes de fecha
      08/11/2007 emitido por el funcionario de la Dirección Grandes
      Contribuyentes, se concluye “Incluir en la Nómina de Grandes
      Contribuyentes, toda vez que el contribuyente cumple al menos con los
      criterios (b) Capital Propio Tributario Positivo en los últimos 3 años
      comerciales iguales o superiores a 360.000 UTM.    RESUELVO: HA
      LUGAR a la solicitud de incorporación a la Nómina de “Grandes
      Contribuyentes”, fijada mediante Res. Ex. N° 45 del 19/11/2001,
      modificada por Res. Ex. N° 68 de 02/12/2003 y actualizada por la Res. Ex.
      N° 39 de 22/03/2007, a la sociedad que a continuación se individualiza:
       CONTRIBUYENTE:
      CAISSE NATIONALE DE CREDIT AGRICOLE (hoy Credit Agricole S.A.)RUT: 59.019.260-0
 DOMICILIO: ALFÉREZ REAL 1160, OFICINA 21, PROVIDENCIA, SANTIAGO
 Las Direcciones Regionales que a la fecha
      de entrada en vigencia de esta resolución, hayan asumido la fiscalización
      directa o el conocimiento de las peticiones administrativas, de algunos de
      los contribuyentes incorporados en la Nómina fijada en el dispositivo 1°
      de esta resolución, deberán continuar con los trámites y diligencias
      propias de dicha fiscalización o solicitud hasta su debido término,
      informando de ello a la "Dirección Grandes Contribuyentes",
      salvo que el Director de la “Dirección Grandes Contribuyentes” estime
      necesario ejecutar la revisión respectiva en aquella unidad. La presente resolución regirá a contar de
      la fecha de su notificación.     ANÓTESE Y NOTIFÍQUESE   (Fdo.)RICARDO ESCOBAR
      CALDERONDIRECTOR
   Lo que transcribo a Ud. para
      su conocimiento y demás fines.”   BSG/MLD/MPQVDistribución:
 -   Contribuyente: Caisse Nationale de Credit Agricole (hoy
      Credit Agricole S.A.),
 Rep.  legal.: Carlos Caruz M.
 -   Secretaría Director SII
 -   Secretaría DGC
 -   Archivo Cenac (3)
 -   Internet
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