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      se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: 
      Lo dispuesto en el artículo 7° letra q) de la Ley Orgánica del Servicio
      de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 de
      1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo  23 inciso 2° de la
      Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, el artículo 19 de la Ley N°
      19.880, sobre Procedimientos Administrativos; y    CONSIDERANDO: 1°
      Que, los roles de reemplazos y suplementarios del segundo semestre de
      2007, con  vencimiento al 31 de diciembre de 2007, se encuentran
      emitidos y consideran las modificaciones establecidas en resoluciones
      notificadas hasta el 31 de octubre del presente año. 2°
      Que, el inciso segundo del artículo 23 de la Ley N° 17.235, faculta al
      Director del SII para dividir en parcialidades los impuestos incluidos en
      los roles suplementarios.  3°
      Que, se ha diseñado por este Servicio una aplicación computacional,
      disponible en la Oficina Virtual y en todas las unidades del SII, que
      permite solicitar la  división del pago en parcialidades de los
      impuestos incluidos en los roles suplementarios del segundo semestre de
      2007.    SE
      RESUELVE: 1°
      Autorízase la división del pago de los impuestos incluidos en roles
      suplementarios, correspondientes al segundo semestre del año 2007, a los
      contribuyentes que soliciten dicho beneficio a través del sitio web de
      este Servicio www.sii.cl, en el link
      “Facilidades de Pago Cuotas Suplementarias”, a fin de que sean pagados
      conjuntamente con las cuotas de contribuciones de bienes raíces futuras,
      en un plazo máximo de 2 años. Para tales fines, se emitirá a los
      contribuyentes, a través de dicha aplicación, un comprobante que
      contendrá las cuotas parciales que se concedan y sus correspondientes
      fechas de vencimiento. 2°
      La división de pago otorgada en conformidad a lo señalado en el
      resolutivo N° 1 se extenderá respecto de eventuales nuevas cuotas
      relativas a roles suplementarios que correspondan a todos o algunos de los
      períodos por los cuales se solicitó el pago en parcialidades, respetándose
      las fechas de vencimiento establecidas en el “Comprobante de Cobro
      Diferido de Suplementarios”.   ANÓTESE, COMUNÍQUESE
      y PUBLÍQUESE   RICARDO ESCOBAR CALDERÓNDIRECTOR
   Lo que transcribo a Ud. para
      su conocimiento y demás fines.   SECRETARIA GENERAL   Distribución:-   Boletín
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