| RESOLUCION EXENTA SII N°19 DEL 24 DE ENERO DEL 2007 
 Hoy
        se ha resuelto lo que sigue: VISTOS:
        Lo dispuesto en el Art. 6°,
        Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el Art.
        1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la
        Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1°
        del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre
        de 2003; la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII
        N° 79, de 01 de Agosto de 2005; y  1°
        Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en
        el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso
        tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
        contenida en el D.L. 825,
        de 1974.  2°
        Que, en virtud de dicha facultad,
        este Servicio puede autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos,
        exigiendo el cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar
        debidamente el interés fiscal.  3°
        Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las
        autorizaciones otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el
        resolutivo Duodécimo de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en
        otras situaciones no contempladas en el resolutivo indicado.  4°
        Que, el
        contribuyente que se detalla en el único Resolutivo de esta resolución,
        ha solicitado a este Servicio, la derogación de su autorización para
        emitir Documentos Tributarios Electrónicos, otorgada mediante la Res.
        Ex. SII N° 79, de 01 de Agosto de 2005, con el fin de incorporarse al
        Sistema de Facturación Electrónica Portal MIPYME, dispuesto por este
        Servicio en su Oficina Virtual en Internet, www.sii.cl.                                                 
                               
             SE
        RESUELVE:  Derógase
        la autorización otorgada para operar como emisor de Documentos
        Tributarios electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex.
        SII N° 45, de 2003 y la Res. Ex. SII N° 79, de 2005, al siguiente
        contribuyente:   -
          JEJ
        CAPACITACION LIMITADA,        
                               
                    RUT
        76.264.870-9   Anótese,
        comuníquese y publíquese en extracto.   (Fdo.)
        JORGE TRUJILLO PUENTES  
        SUBDIRECTOR
        DE FISCALIZACIÓN          
        Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines   IBC/MPM |