| RESOLUCION EXENTA SII N°24 DEL 07 DE FEBRERO DEL 2007 
 Hoy
        se ha resuelto lo que sigue: VISTOS:
        Lo
        dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario,
        contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56,
        incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios,
        contenida en el Art. 1° del D.L. 825, de 1974; y  1°
        Que, en la Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del 2004, se ha delegado
        en
        el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso
        tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
        contenida en el D.L. 825,
        de 1974.  2°
        Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el
        considerando precedente, esta
        facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de
        Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades
        del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulación
        y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo
        segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003.   3°
        Que, los
        contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han postulado
        como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los
        requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del
        2003 para ser autorizados.                                                 
                               
             SE
        RESUELVE:  Primero:     Autorízanse como emisores electrónicos a
        contar del mes de Febrero del año 2007 a los siguientes contribuyentes:  - AMECO
              CHILE S.A. RUT
              96.862.140-8 - CONSTRUCTORA
              ALTAYO HERMANOS LTDA. RUT
              79.588.240-5 - DARTEL
              S.A. RUT
              96.806.110-0 - FAM
              AMERICA LATINA MAQUINARIAS LTDA. RUT
              77.683.790-3 - LUISA
              ROJAS Y CIA LTDA RUT
              78.777.600-0 - OBRAS
              Y DECORACIONES LTDA. RUT
              77.091.810-3 - SMB
              FACTORING S.A. RUT
              99.513.410-1 - SOC
              DE SERVICIOS Y ASESORIAS COMPUTACIONALES SERGIO GARCIA CIA LTDA. RUT
              77.473.680-8 - SOCIEDAD
              CERVECERA BEACHA LTDA. RUT
              76.097.190-1 - SERVICIOS
              DE ASESORIAS TECNICAS E INDUSTRIALES LTDA. RUT
              77.666.120-1 - BBVA
              SEGUROS DE VIDA S.A. RUT
              96.933.770-3 - HIDROELECTRICA
              CACHAPOAL S.A. RUT
              99.551.030-8 - PACIFIC
              HYDRO CHILE S.A. RUT
              96.990.040-8 - UNISUR
              ALIMENTOS LTDA. RUT
              77.647.040-6 En
        la Oficina Virtual del SII en Internet se podrá consultar los
        documentos que cada contribuyente está autorizado a emitir en forma
        electrónica. Segundo:
           Los contribuyentes
        autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido
        en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003, así como lo
        expresado en la declaración de cumplimiento de requisitos que han
        presentado ante este Servicio, de acuerdo a lo relacionado con: Administración de perfiles de acceso
        de usuarios. Gestión de Códigos de Autorización
        de Folios (almacenamiento y control de acceso). Foliación Controlada (asignación única
        de cada folio autorizado por el SII). Respaldo seguro de los documentos e
        información generada. Envío de documentos al SII previo a su
        entrega al receptor del mismo, salvo excepción contemplada en el N°
        10, del resolutivo Cuarto, de la Res. Ex. SII N° 45, del 2003. Intercambio (envío y recepción) de
        documentos con otros contribuyentes. Generación de respuestas y acuses de
        recibo de documentos tributarios electrónicos recibidos. Generación, mantención y custodia de
        la Información Electrónica de Compras y Ventas, que incluye tanto los
        documentos electrónicos como los no electrónicos. Envío mensual al SII, de los archivos
        de la Información Electrónica de Compras y Ventas.  Generación, mantención y custodia del
        Libro de Guías de Despacho Electrónicas, si procede. Cuadratura de envíos aceptados,
        rechazados y aceptados con reparos del SII. Administración de contingencias.                       
        (Fdo.) JORGE TRUJILLO PUENTES            
        SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN      
        Lo que
        transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.   IBC/MPM Distribución: |