| Hoy se ha
      resuelto lo que sigue: VISTOS:
      Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código
      Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art.
      56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios,
      contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N°
      45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de
      2004; la Res. Ex. SII N° 79, de 01 de Agosto de 2005; y   CONSIDERANDO: 1° Que,
      por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el
      Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso
      tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
      contenida en el D.L. 825, de 1974. 2° Que,
      en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la emisión
      Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el cumplimiento de
      requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés fiscal. 3° Que,
      asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones
      otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo
      de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no
      contempladas en el resolutivo indicado. 4° Que,
      el contribuyente que se detalla en el único Resolutivo de esta resolución,
      ha solicitado a este Servicio, la derogación de su autorización para
      emitir Documentos Tributarios Electrónicos, otorgada mediante la Res. Ex.
      SII N° 38, de 22 de Marzo de 2007, con el fin de incorporarse al Sistema
      de Facturación Electrónica Portal MIPYME, dispuesto por este Servicio en
      su Oficina Virtual en Internet, www.sii.cl.   SE RESUELVE: 
      
       Derógase
      la autorización otorgada para operar como emisor de Documentos
      Tributarios electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex. SII
      N° 45, de 2003 y la Res. Ex. SII N° 38 de 2007, al siguiente
      contribuyente: 
      
       -
        MORALES Y COMPAÑIA LIMITADA,                                            
      RUT 76.496.480-2 
      
        
      
       Anótese,
      comuníquese y publíquese en extracto.   (Fdo.)
      JORGE TRUJILLO PUENTESSUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN
   Lo
      que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines   IBC/MPM/MLSDistribución:
 -   Internet
 -   Diario Oficial en extracto
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