RESOLUCION EXENTA SII N°69 DEL 08 DE JUNIO DEL 2007
Hoy
se ha resuelto lo que sigue: VISTOS:
Las
necesidades del Servicio y las facultades que me confieren las letras c)
y ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos
Internos, contenida en el DFL N° 7, de 1980, de Hacienda; y, CONSIDERANDO:
1° Que,
mediante Resolución Exenta N° 6.145 del 26 de diciembre de 1995, se
reguló la opción para que las personas jurídicas, en los trámites de
obtención del Rol Unico Tributario y/o declaración de Inicio de
Actividades o en los avisos de modificaciones a sus contratos sociales,
pudieran optar por sustituir la obligación de presentar las copias
autorizadas de las respectivas escrituras por la certificación
efectuada por el Notario o por el Oficial del Registro Civil que haya
autorizado la correspondiente escritura; 2° Que,
la Circular N°4, de fecha 10 de enero de 1995, que instruye sobre las
obligaciones de “Inscripción al Registro Rol Único Tributario” y
de dar el “Aviso de Iniciación de Actividades”, ha sido
recientemente objeto de actualización. 3° Que,
con el fin de armonizar las instrucciones existentes sobre la materia,
evitando posibles contradicciones.
SE
RESUELVE: Derógase,
a contar de esta fecha, Resolución Exenta N° 6.145, del 26 de
diciembre de 1995, de esta Dirección Nacional. Anótese,
comuníquese y publíquese en extracto.
(Fdo.) RICARDO ESCOBAR CALDERON
DIRECTOR
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. NMT/RPA DISTRIBUCION: |