| RESOLUCION EXENTA SII N°72 DEL 15 DE JUNIO DEL 2007 
         Hoy
        se ha resuelto lo que sigue:     
           SANTIAGO,  VISTOS:
        Lo
        dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario,
        contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974;  en la Resolución
        Ex. SII N°150 de diciembre de 2005 y,  1°Que,
        los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero, han
        solicitado incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica
        establecido en la Res. Ex. SII N°150 de diciembre de 2005, a partir del
        año 2007. 2°
        Que,  los
        contribuyentes citados son emisores de documentos tributarios electrónicos,
        cumplen los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N° 150
        de diciembre de 2005 y, declaran contar con CAL(Códigos de Autorización
        de Libros) para los Libros Contables Electrónicos, esto último a través
        del endoso a efectuar por Transtecnia S.A. RUT 79.907.790-6.                                                 
                               
             SE
        RESUELVE:  Primero: 
              Autorízase a
        proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica,
        a partir del año 2007, a los siguientes contribuyentes: Chilquinta
            Energía S.A. RUT 96813520-1 Energas
            S.A. RUT 96.960.800-6 Segundo 
             Los
        contribuyentes autorizados deberán cumplir lo establecido en la
        Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005 y las modificaciones
        que a futuro se realicen en el modelo de operación de Contabilidad
        Electrónica. Tercero: 
               Autorízase además a dichos
        contribuyentes para almacenar, para fines tributarios, los libros
        contables de años anteriores al año 2007 en el formato digital
        establecido por el Servicio, para lo cual deberán cumplir con lo
        establecido en el resolutivo segundo de Resolución Ex. SII N° 150 de
        Diciembre de 2005. Anótese,
        Comuníquese y Publíquese en Internet (Fdo)
        RICARDO ESCOBAR CALDERON Lo
        que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines    Distribución: |