Hoy se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el art. 41, de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del estado; en la letra i) del artículo
7º de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en
el artículo 1° del D.F.L. Nº 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; en
el artículo 6°, letra A) Nº 3 del Código Tributario, contenido en artículo
1° del Decreto Ley Nº 830
CONSIDERANDO:
1° Que,
la letra i) del artículo 7º de la Ley Orgánica del Servicio de
Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. Nº 7 de
1980, del Ministerio de Hacienda y el artículo 6°, letra A) Nº 3 del Código
Tributario, contenido en artículo 1° del Decreto Ley Nº 830, de 1974,
facultan al Director del Servicio para autorizar a los Subdirectores para
resolver determinadas materias o para hacer uso de alguna de sus
atribuciones;
2° Que,
por Resolución EX. SII N°150 de diciembre de 2005, el Servicio estableció
las normas y procedimientos de operación de la Contabilidad Electrónica;
3° La
necesidad de agilizar la resolución de las solicitudes de incorporación,
efectuadas por los contribuyentes;
RESUELVO:
1°
Delégase en el Subdirector de Fiscalización, la facultad de autorizar a
los contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de
Contabilidad Electrónica.
2°
Las resoluciones que se dicten en virtud de la facultad que se delega en
este acto, deberán citar por su número y fecha la presente resolución.
Anótese, Comuníquese
y Publíquese en Internet
(Fdo) RICARDO ESCOBAR
CALDERON
DIRECTOR
Lo que transcribo a Ud.,
para su conocimiento y demás fines.
Distribución:
- Internet
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