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RESOLUCION EXENTA SII N°143 DEL 04 DE NOVIEMBRE DEL 2008
MATERIA : DEROGA AUTORIZACIÓN OTORGADA PARA OPERAR COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SE SEÑALAN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII N° 86, de 1 de Septiembre de 2005; y

 

CONSIDERANDO:

1° Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974.

2° Que, en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés fiscal.

3° Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en el resolutivo indicado.

4° Que, los contribuyentes que se detallan en el único Resolutivo de esta resolución han solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir Documentos Tributarios Electrónicos, la cual les fue otorgada a partir de Diciembre de 2005 para el contribuyente RUT N° 78.858.470-9, a partir de Julio de 2006 para el contribuyente RUT N° 05.276.661-3, a partir de Noviembre de 2006 para el contribuyente RUT N° 09.781.516-K, a partir de Septiembre de 2007 para el contribuyente RUT N° 76.909.900-K, a partir de Octubre de 2007 para los contribuyentes RUT N° 76.510.420-3 y RUT N° 08.612.970-1, a partir de Diciembre de 2007 para el contribuyente RUT N° 78.006.840-K, a partir de Marzo de 2008 para el contribuyente RUT N° 9.716.955-1, y a partir de Mayo de 2008 para el contribuyente RUT N° 96.990.210-9, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005.

 

SE RESUELVE:

Derógase la autorización otorgada para operar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005, a los siguientes contribuyentes:

- CHILE T V CABLE S A   RUT N° 96.990.210-9
- CONSULTORA IBEROAMERICANA DE COMERCIO LIMITADA   RUT N° 78.858.470-9
- GABRIEL GUILLERMO MERINO CORIA   RUT N° 09.716.955-1
- JESICA BEBERLY ZAMBRANO PENA   RUT N° 08.612.970-1
- JUDIT SZANTHO PONGRACZ   RUT N° 05.276.661-3
- PORTOPRINT CHILE SA   RUT N° 76.909.900-K
- PUNTO TICKET SA   RUT N° 76.510.420-3
- SUSANA BENITO F Y CIA LTDA   RUT N° 78.006.840-K
- VICTOR BERNARDO LORCA NAVARRETE   RUT N° 09.781.516-K

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

(Fdo.) JORGE TRUJILLO PUENTES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

 

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