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RESOLUCION EXENTA SII N°55 DEL 02 DE MAYO DEL 2008
MATERIA : DEROGA AUTORIZACIÓN OTORGADA PARA OPERAR COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SE SEÑALAN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII N° 115, de 31 de Octubre de 2005; la Res. Ex. SII N° 129, de 30 de Octubre de 2006; la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de Septiembre de 2005; y

 

CONSIDERANDO:

1° Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. N° 825, de 1974.

2° Que, en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés fiscal.

3° Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en el resolutivo indicado.

4° Que, los contribuyentes que se detallan en el único Resolutivo de esta resolución han solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir Documentos Tributarios Electrónicos, la cual les fue otorgada a partir de Noviembre de 2005, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 115, de 31 de Octubre de 2005, para el contribuyente RUT 77.520.290-4; a partir de Noviembre de 2006 según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 129, de 30 de Octubre de 2006, para el contribuyente RUT 76.603.810-7; y a partir de Diciembre de 2006 según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de Septiembre de 2005, para el contribuyente RUT 13.239.671-K.

 

SE RESUELVE:  

Derógase la autorización otorgada para operar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, la Res. Ex. SII N° 115, de 31 de Octubre de 2005, la Res. Ex. SII N° 129, de 30 de Octubre de 2006 y la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de Septiembre de 2005, a los siguientes contribuyentes:

- ANACONDAWEB S.A.   RUT 77.520.290-4
- NEXSIS SERVICIOS DE CAPACITACIÓN LIMITADA   RUT 76.603.810-7
- KARLA LORENA DIAZ CORVALÁN   RUT 13.239.671-K

 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

(Fdo.) NELSON MUÑOZ TORRES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN (S)

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

 

MSB/MPM/CPG
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