“Hoy
se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Las facultades que se me confieren en el Art. 3° y en las letras a), b),
c), h) y n) del Art. 7 de
la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Art. 1° del DFL N° 7
de 1980 del Ministerio de Hacienda; lo establecido en el Art. 6° letra A,
N° 1 del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830 de
1974; lo dispuesto por esta Dirección mediante Res. Ex. Nos. 34, del 24
de Agosto de 2001, 45 del 19 de Noviembre del mismo año, 68 del 2 de
diciembre de 2003, y 39 del 22 de marzo de 2007, todas de este Servicio; y
las necesidades del Servicio,
CONSIDERANDO:
1º.
Que, por medio de
la Res. Ex. N
° 34, de fecha 24/08/2001, se creó con dependencia jerárquica de
la Dirección Nacional
, el Departamento Subdirección de Fiscalización denominado “Dirección
Grandes Contribuyentes”, fijándosele las atribuciones,
responsabilidades y obligaciones que en la misma resolución se indican,
señalando que para los efectos de la misma se entenderá por “Grandes
Contribuyentes”, cualquiera sea su capital, denominación, domicilio,
organización, monto de ventas o sector económico, aquel que conste en
una nómina que fijará el Director mediante resolución.
2º.
Que, por otra parte, a través de
la Res. Ex. N
° 45 de 19/11/2001, se fijó la Nómina de “Grandes Contribuyentes”
para los efectos señalados en dispositivo 3° de Res. Ex. N° 34, ya
citada, sobre la base de criterios de selección que en aquel documento se
indicaron. También se señala expresamente, que la Nómina se actualizará
con aquellos contribuyentes cuya inclusión o exclusión autorice el
suscrito.
3º.
Considerando además, la solicitud de incorporación a
la citada Nómina
, presentada con fecha 12/06/2008, por don Claudio Lizana Anguita, RUT
N° 7.037.826-4, en su calidad de representante legal de la empresa que más
adelante se menciona.
4º.
Que, de acuerdo a Informe de Inclusión de Nuevos Contribuyentes de fecha
07/07/2008 emitido por el funcionario de
la Dirección Grandes Contribuyentes
, se concluye “ Incluir en la nómina de Grandes Contribuyentes, toda
vez que el contribuyente cumple, al menos, con el criterio (b) de Capital
Propio Tributario Positivo en los últimos 3 años comerciales iguales o
superiores a 360.000 UTM.
RESUELVO:
HA
LUGAR a la solicitud de incorporación a la Nómina de “Grandes
Contribuyentes”, fijada mediante Res. Ex. N° 45 del 19/11/2001,
modificada por Res. Ex. N° 68 de 02/12/2003 y actualizada por
la Res. Ex. N
° 39 de 22/03/2007, a la sociedad que a continuación se individualiza:
INVERSIONES
ELÉCTRICAS DEL SUR DOS LIMITADA,
RUT N° 76.199.530-8
DOMICILIO MIRAFLORES 222 P 24, SANTIAGO.
Las
Direcciones Regionales que a la fecha de entrada en vigencia de esta
resolución, hayan asumido la fiscalización directa o el conocimiento de
las peticiones administrativas, de algunos de los contribuyentes
incorporados en la Nómina fijada en el dispositivo 1° de esta resolución,
deberán continuar con los trámites y diligencias propias de dicha
fiscalización o solicitud hasta su debido término, informando de ello a
la "Dirección Grandes
Contribuyentes", salvo que el Director de
la “Dirección Grandes
Contribuyentes” estime necesario ejecutar la revisión respectiva en
aquella unidad.
La
presente resolución regirá a contar de la fecha de su notificación.
ANÓTESE
Y NOTIFÍQUESE
(Fdo.)
RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
DIRECTOR
Lo
que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines.”
BSG/OVL/MPQV
Distribución:
- Contribuyente: Inversiones Eléctricas del Sur Dos Ltda.,
Rep. Legal : Claudio Lizana A.
- Secretaría Director SII
- Secretaría DGC
- Archivo Cenac (3)
- Internet
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