RESOLUCION EXENTA SII N°109 DEL 28 DE JULIO DEL 2009
Hoy se ha resuelto lo
que sigue:
VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 6°, letra B, N° 7 del D.L.
N° 830 sobre Código Tributario; en el artículo 20 de la Ley Orgánica del
Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con
Fuerza de Ley N°7, del Ministerio de Hacienda; el artículo 41 de la Ley N°
18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, y
CONSIDERANDO:
1º.
Que por Resolución
Exenta N° 968 del 11 de marzo de 1992, publicada en el Diario Oficial del 16 del
mismo mes y año, se autorizó a los Directores Regionales para delegar
determinadas atribuciones en los funcionarios que la Resolución mencionada
señala;
2º.
Que por razones de
buen servicio es necesario ampliar la autorización de las facultades que los
Directores Regionales pueden delegar a los Jefes de Departamentos Regionales de
Avaluaciones respectivos, y
3º.
La necesidad de
agilizar la resolución de las presentaciones efectuadas por los contribuyentes a
través del formulario 2827.
SE RESUELVE:
1º.
Agrégase en la Resolución Exenta N° 968, del 11 de marzo de 1992, en el
dispositivo Primero, Párrafo I, el siguiente punto I.3.4:
"I.3.4 Resolver
solicitudes de Reconsideración Administrativa, presentadas por los
contribuyentes a través del formulario N° 2827.”.
2º.
Autorízase a los Directores Regionales, para delegar mediante resolución, en los
Jefes de Grupos del área Avaluaciones y en los Jefes de Grupos encargados de los
convenios de cooperación entre el Servicio de Impuestos Internos y las
municipalidades, en sus respectivas jurisdicciones, la función de resolver
solicitudes de Reconsideración Administrativa presentadas por los contribuyentes
a través del formulario N° 2827; lo anterior sin perjuicio de las facultades
delegadas en los Jefes de Departamento de Avaluaciones.
ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL. (Fdo.)
RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
Lo que transcribo a
Ud., para su conocimiento y demás fines. |