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       RESOLUCION EXENTA SII N°109 DEL 28 DE JULIO DEL 2009 
 
Hoy se ha resuelto lo 
que sigue:  
VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 6°, letra B, N° 7 del D.L. 
N° 830 sobre Código Tributario; en el artículo 20 de la Ley Orgánica del 
Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con 
Fuerza de Ley N°7, del Ministerio de Hacienda; el artículo 41 de la Ley N° 
18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, y   
CONSIDERANDO:   
1º.     
Que por Resolución 
Exenta N° 968 del 11 de marzo de 1992, publicada en el Diario Oficial del 16 del 
mismo mes y año, se autorizó a los Directores Regionales para delegar 
determinadas atribuciones en los funcionarios que la Resolución mencionada 
señala;  
2º.     
Que por razones de 
buen servicio es necesario ampliar la autorización de las facultades que los 
Directores Regionales pueden delegar a los Jefes de Departamentos Regionales de 
Avaluaciones respectivos, y  
3º.     
La necesidad de 
agilizar la resolución de las presentaciones efectuadas por los contribuyentes a 
través del formulario 2827.  
SE RESUELVE:  
1º.     
Agrégase en la Resolución Exenta N° 968, del 11 de marzo de 1992, en el 
dispositivo Primero, Párrafo I, el siguiente punto I.3.4:     
"I.3.4 Resolver 
solicitudes de Reconsideración Administrativa, presentadas por los 
contribuyentes a través del formulario N° 2827.”.    
2º.     
Autorízase a los Directores Regionales, para delegar mediante resolución, en los 
Jefes de Grupos del área Avaluaciones y en los Jefes de Grupos encargados de los 
convenios de cooperación entre el Servicio de Impuestos Internos y las 
municipalidades, en sus respectivas jurisdicciones, la función de resolver 
solicitudes de Reconsideración Administrativa presentadas por los contribuyentes 
a través del formulario N° 2827; lo anterior sin perjuicio de las facultades 
delegadas en los Jefes de Departamento de Avaluaciones.   
  ANÓTESE, 
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL.  (Fdo.) 
RICARDO ESCOBAR CALDERÓN  
Lo que transcribo a 
Ud., para su conocimiento y demás fines.   |