RESOLUCION EXENTA SII N°11551 DEL 03 DE AGOSTO DEL 2009
Hoy se ha resuelto
lo que sigue:
VISTOS:
Lo estipulado en los Arts. 14 y 53, del D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 16 de marzo del 2005, que fijó el
Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto
Administrativo; lo establecido en el D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que Fija el Texto Refundido y Actualizado de las Plantas de Personal
del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y
promoción; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio
de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto
Administrativo; y
CONSIDERANDO:
Que el
artículo 2, número 3, del D.F.L. N° 1, del Ministerio de Hacienda, publicado en
el Diario Oficial el 9 de julio de 2004, establece los requisitos de ingreso y
promoción a la planta de Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos;
Que se
encuentran actualmente vacantes en este Servicio 1 cargo de la Planta de
Fiscalizadores, Grado 11°, que se deben proveer; y,
La necesidad del Servicio de Impuestos Internos de efectuar promociones
del personal.
RESUELVO:
1°
Llamase a
concurso interno de promoción para proveer
1
cargo de la planta de Fiscalizadores grado once del Servicio de Impuestos
Internos, para desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con la
administración, aplicación y fiscalización de los impuestos.
2°
Sólo podrán
postular al concurso a que se refiere el dispositivo anterior, los funcionarios
de planta del Servicio de Impuestos Internos que a la fecha de esta Resolución
cumplan con los requisitos establecidos en el Art. 27, del Decreto Supremo N°
69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre
Concursos del Estatuto Administrativo, en adelante, “Reglamento”.
3°
Las postulaciones
se realizarán en un Formulario especial que para estos efectos pondrá a
disposición de los funcionarios el Departamento de Formación y Desarrollo de la
Subdirección de Recursos Humanos.
4°
La preparación y realización del concurso estará a cargo del Comité de Selección
creado por Resolución Ex. SIIPERS N° 6715, de 28 de Agosto de 2004, y sus
posteriores modificaciones.
5°
Todas las
informaciones relacionadas con el concurso interno a que se refiere el
dispositivo 1° de esta Resolución, se publicarán en Intranet, en la página
“Concursos de Personal”. Sin perjuicio de lo anterior, el Subdirector de
Recursos Humanos en la Dirección Nacional, el Director de Grandes Contribuyentes
y los Directores Regionales en sus respectivas jurisdicciones deberán adoptar
las medidas que correspondan para que esta Resolución se encuentre disponible y
ubicada en lugares visibles en todas las dependencias de sus unidades.
6°
El Comité de
Selección deberá adoptar las medidas conducentes para que en el concurso se
cumplan todas y cada una de las disposiciones del D.F.L. N° 1, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, de la Ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado, fue fijado por el D.F.L. N° 29, del 2004, del mismo Ministerio y
del “Reglamento”. No obstante, podrá encargar el desarrollo de determinadas
labores a las unidades o funcionarios del Servicio que para tal efecto designe,
quienes estarán obligados a cumplir la misión encomendada por él.
7°
De acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 9° del “Reglamento” y para todos los efectos de este
concurso, los plazos de días se suspenderán los sábado, domingo y festivos.
8°
El concurso
interno llamado por el dispositivo 1° de esta Resolución se regirá por las
siguientes bases:
BASES
CONCURSALES
I.- CARGOS
VACANTES OBJETO DEL CONCURSO: 1
cargo grado 11° E.F., de la planta de Fiscalizadores del Servicio de Impuestos
Internos, contenidos en el D.F.L. N° 1 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que
fija el texto refundido y actualizado de las plantas de personal del Servicio de
Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y promoción.
Los funcionarios
seleccionados, deberán desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con
la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos.
II.-
REQUISITOS DE POSTULACIÓN
1)
Estar en posesión de los requisitos establecidos para el desempeño del
cargo. Al efecto y conforme lo establece el Art. 2° N° 3, del D.F.L. N° 1, de
2004, del Ministerio de Hacienda, alternativamente:
a) Encontrarse
en posesión del título profesional universitario de Ingeniero Civil, Ingeniero
Forestal, Ingeniero Agrónomo, Arquitecto, Constructor Civil, Ingeniero
Comercial, Contador Auditor o Administrador Público, o,
b)
Estar en posesión
del Título de Contador General y haber estado ocupando al 11 de Febrero de 1991
un cargo de Fiscalizador, en calidad de titular, en el Servicio Impuestos
Internos.
2)
Haber sido
calificados en lista N° 1, de distinción, o en lista N° 2, buena, en el período
inmediatamente anterior, y
3)
Encontrarse
nombrados en calidad de titular, en un cargo de las plantas del Servicio de
Impuestos Internos, en los tres grados inferiores al de las vacantes convocadas.
En el evento que el número de cargos provistos ubicados en grados inferiores de
la Planta de Fiscalizadores del Servicio sea menor a 20, podrán participar en el
concurso los fiscalizadores nombrados en dicha planta hasta en los cuatro grados
inferiores a aquel del cargo a proveer.
Serán inhábiles
para ser promovidos a la vacante concursada los funcionarios que:
a.- No hubieren
sido calificados en lista de distinción o buena en el período inmediatamente
anterior;
b.- No hubieren
sido calificados durante dos períodos consecutivos;
c.- Hubieren sido
objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses
anteriores de producida la vacante, y
d.- Hubieren sido
sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de
producida la vacante.
III.-
CALENDARIO Y
ETAPAS DEL
CONCURSO
1.- Lugar y
Periodo de postulación:
Conforme a lo
dispuesto en el resolutivo 3°, los funcionarios interesados en participar en el
citado concurso de promoción interno deberán presentar sus postulaciones en el
formulario que para estos efectos pondrá a su disposición el Departamento de
Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos.
Dicho formulario
deberá presentarse en el Departamento Regional de Administración de las
Direcciones Regionales o en la Oficina de Administración de la Dirección de
Grandes Contribuyentes, según sea la unidad donde se desempeñe el postulante.
Los demás funcionarios de la Dirección Nacional deberán presentarlo en el
Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos,
ubicado en calle Almirante Lorenzo Gotuzzo N° 124, tercer piso, Santiago, dentro
de los doce días siguientes al de publicación de estas Bases.
Los postulantes
que presenten algún tipo de discapacidad, deberán informarlo al momento de
postular, para que de esta forma se puedan tomar todas las medidas pertinentes
para evitar cualquier dificultad o impedimento adicional en la aplicación de los
instrumentos de selección que se administrarán, de manera de garantizar la
igualdad de oportunidades en su postulación.
2.- Recepción y
revisión de postulaciones:
El Departamento de
Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos será el encargado
de reunir todas las postulaciones y remitirlas al Comité de Selección para
verificar si los postulantes cumplen con los requisitos de postulación exigidos
en estas Bases.
Para tal efecto,
el Comité de Selección podrá solicitar un informe previo al Departamento de
Gestión de las Personas de la referida Subdirección y al Departamento de
Fiscalía Administrativa de la Subdirección Contraloría Interna.
El plazo para
llevar a efecto la tarea señalada será de tres días, contados desde la fecha de
finalización del plazo establecido en el título precedente.
3.- Publicación de nómina de postulantes
respecto de los requisitos:
Los
postulantes preseleccionados serán aquellos que hayan cumplido con los
requisitos de postulación establecidos en estas bases, lo que deberá ser
informado por el Comité de Selección.
La nómina que
de cuenta del resultado de esta postulación será publicada en la Intranet del
Servicio, indicando el número de RUT de los postulantes y su situación respecto
del cumplimiento de los requisitos de postulación.
Dicha publicación
será practicada dentro de los diez días siguientes al del cierre de las
postulaciones.
4.- Modalidad
del Concurso:
Los factores se
evaluarán en forma sucesiva, en dos etapas. Accederán a la etapa siguiente sólo
aquellos postulantes preseleccionados que obtengan los puntajes mínimos que se
establecen para cada factor, de acuerdo a las siguientes normas:
Los puntajes de los factores y
subfactores correspondientes a cada una de las etapas serán los que se asignen
de conformidad a las tablas de valores contenidas en el Anexo N° 1
que se acompaña a estas Bases y que para todos los efectos, se entiende como
parte integrante de las mismas.
PRIMERA ETAPA:
“Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y “Evaluación
del Desempeño”
En esta etapa se
evaluarán los factores “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y
“Evaluación del Desempeño”, de acuerdo a las siguientes definiciones y normas:
1.
Factor Aptitud
para el Cargo:
Este factor comprende el conjunto de competencias, capacidades, formación
sistemática e idoneidad que se establecen como convenientes y aconsejables, de
acuerdo a las exigencias propias del cargo al que se postula y del ejercicio de
las funciones que éste tendrá asignadas. Esta aptitud se evaluará a través de
una Prueba Técnica que se regirá por las normas que
se encuentran contenidas en el Anexo N° 2 que se acompaña a estas bases y que
para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas.
El puntaje mínimo
aceptado para pasar a la etapa siguiente será el equivalente al 50% de
respuestas correctas en la Prueba Técnica.
Conforme a lo que
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de
25%, equivalente a un puntaje que fluctuará entre 0 y 25 puntos según Tabla
“Aptitud para el Cargo” de Anexo N° 1.
2. Factor
Experiencia Calificada:
Este factor comprende el desempeño de cargos cuyas funciones sean afines o se
justifiquen como precedente útil al desempeño del cargo que se concursa.
Dentro de este
factor, se considerarán los siguientes tres subfactores, a saber:
2.1
Subfactor Antigüedad en el grado:
Tiempo de permanencia (en años y fracción) en el mismo grado. Su ponderación
será un 20% del factor, equivalente a un puntaje entre 0 y 5 puntos de la
referida Tabla.
2.2
Subfactor
Grado de origen:
Proximidad al grado al que está postulando el funcionario. Su ponderación será
un 50% del factor, equivalente a un puntaje entre 0 y 12,5 puntos de la
mencionada Tabla. Para estos efectos el grado a considerar será el que el
funcionario esté ocupando a la fecha del llamado a concurso.
2.3
Subfactor
Planta de origen:
Afinidad con la planta a la que está postulando el funcionario. Su ponderación
será un 30% del factor, equivalente a un puntaje que podrá fluctuar entre 0 y
7,5 puntos en la antedicha Tabla.
El puntaje mínimo de
este factor será de 7 puntos.
3.
Factor
Evaluación del Desempeño:
Este factor corresponde a la última calificación obtenida por el postulante,
publicada en el escalafón
vigente a la fecha de publicación de estas bases concursales,
según el procedimiento establecido en el Párrafo 4 del Título II del Estatuto
Administrativo.
Conforme a lo que
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de
25%.
El puntaje mínimo de
este factor será de 11,5 puntos.
Selección de postulantes
que pasan a la Segunda Etapa
Para determinar los postulantes que
participarán de la segunda etapa, el Comité de Selección confeccionará una
nómina que contendrá el puntaje total obtenido por cada postulante, el que será
el resultado de la suma de los tres factores señalados en la Primera Etapa.
Dicho puntaje será ordenado en forma descendente, con tres decimales,
aproximando el cuarto decimal igual o superior a 5, al entero del tercer
decimal.
El puntaje mínimo aceptado para pasar a
la segunda etapa será de 31,000 puntos, que corresponderá a la suma de
los puntajes de los tres factores que comprenden la primera etapa.
No obstante lo
anterior, sólo pasarán a la segunda etapa los 2 postulantes que, habiendo
cumplido con los puntajes mínimos establecidos para cada factor de la primera
etapa, hayan obtenido los puntajes más altos en la sumatoria de los tres
factores de dicha etapa.
En caso de
producirse empate, entre dos o más postulantes, en el menor puntaje considerado
para pasar a la etapa siguiente, se considerará el puntaje superior en el Factor
Experiencia Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio
respecto del Factor Aptitud para el Cargo y si aún persiste el empate se
aplicará el factor Evaluación del Desempeño. De persistir la igualdad, se
seleccionarán todos los postulantes con dicho puntaje, para la segunda etapa.
Previo al inicio
de la Segunda Etapa, la nómina con los postulantes preseleccionados en la
primera etapa deberá constar en Acta del Comité de Selección debidamente
refrendada por los integrantes de éste. Dicha nómina se publicará en Intranet
con a lo menos dos días de anticipación, al inicio del curso de “Impuesto
Territorial, tasación de bienes raíces y normas relacionadas”.
SEGUNDA ETAPA: “Capacitación
Pertinente”
En esta etapa se
evaluará el factor “Capacitación Pertinente”, de acuerdo a las siguientes
normas:
Capacitación
Pertinente:
Este factor será evaluado mediante la realización y evaluación de un Curso de
“Impuesto Territorial, tasación de bienes raíces y normas relacionadas”
impartido por el SII cuyos aspectos que dicen relación con el mismo, consta en
el Anexo N° 3 que se acompaña a estas bases y que para todos los efectos, se
entiende como parte integrante de las mismas.
Conforme a lo que
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de
25%, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos según Tabla
“Capacitación Pertinente” del Anexo N° 1.
El puntaje mínimo
aceptado para esta etapa será el equivalente al 50% de las respuestas correctas
en la Prueba Técnica del Curso de “Impuesto Territorial, tasación de bienes
raíces y normas relacionadas”.
DETERMINACIÓN DE
POSTULANTES QUE OCUPARÁN LOS CARGOS VACANTES
Con el objeto de
establecer los postulantes que ocuparán los cargos vacantes en el grado 11° de
la planta de Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos, el Comité de
Selección determinará el puntaje total final obtenido por cada postulante que,
habiendo pasado a la Segunda etapa, obtuvo al menos el puntaje mínimo
establecido en el factor “Capacitación Pertinente” de esta última etapa. El
puntaje total final corresponderá a la suma de los cuatro factores evaluados en
cada una de las etapas previas, es decir, “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia
Calificada”, “Evaluación del Desempeño” y “Capacitación Pertinente”.
Posteriormente, el
mismo Comité confeccionará una lista ordenada en forma descendente de acuerdo al
puntaje total final obtenido por cada postulante, informará en su oportunidad,
el resultado del concurso y comunicará al Director del Servicio el nombre de los
funcionarios que hayan obtenido los mayores puntajes, de conformidad a lo
establecido en el Art. 40 del “Reglamento”.
Para establecer el
orden descendente de la lista a que se refiere el párrafo anterior, en caso de
producirse empate entre dos o más postulantes, en el puntaje total final, se
considerará el puntaje superior en el Factor Experiencia Calificada. Si persiste
el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor Aptitud para el Cargo,
si aún persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor
Evaluación del Desempeño, si aún persiste se aplicará la mayor antigüedad en el
Servicio, sin importar el escalafón en el que haya desempeñado sus funciones el
postulante. En el evento que se mantenga la igualdad, corresponderá al comité de
selección determinar el orden de prelación entre los postulantes empatados.
Los puntajes se
expresarán con tres decimales, aproximando el cuarto decimal igual o superior a
5, al entero del tercer decimal.
El Director del
Servicio notificará personalmente o por carta certificada al funcionario
seleccionado, quien deberá manifestar su aceptación al cargo. Si así no lo
hiciere, el Director nombrará al funcionario con el segundo mayor puntaje y así
sucesivamente hasta completar los postulantes que hubieren alcanzado los
puntajes de aprobación, de conformidad a lo establecido en el Art. 41 del
“Reglamento”.
La nómina que
dé cuenta del resultado del concurso será publicada en la Intranet del Servicio,
indicando el nombre de los funcionarios que ocuparán en calidad de titular los
cargos vacantes. Dicha nómina se publicará dentro de los 10 días siguientes a la
notificación realizada, conforme a
lo establecido en
el Art. 41 del “Reglamento”.
Anótese,
comuníquese y publíquese en el sitio web del Servicio en Intranet e Internet
RICARDO ESCOBAR CALDERON
Lo que transcribo
a usted para su conocimiento,
Saluda
Atentamente,
Distribución: Anexos: Anexo N°1:
Factores y subfactores de selección Anexo N°2:
Prueba técnica Anexo N°3:
Curso de “Impuesto
Territorial, tasación de bienes raíces y normas relacionadas”
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