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       RESOLUCION EXENTA SII N°167 DEL 11 DE NOVIEMBRE DEL 2009 
   “Hoy se ha   resuelto lo que sigue:  VISTOS: Las facultades que se   me confieren en el Artículo 3° y en las letras a), b), c), h) y n) del Artículo   7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Art. 1°   del DFL N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda; lo establecido en el Artículo 6   letra A, N° 1 del Código Tributario, contenido en el Artículo 1° del D.L. N°   830/74; lo dispuesto por esta Dirección mediante Resoluciones  Exentas Nos. 34   del 24 de Agosto de 2001, 45 del 19 de Noviembre del mismo año y 173 del 31 de   diciembre de 2008 y las necesidades del Servicio,  1º.   Que, por medio de la   Res. Ex. N° 34, de fecha 24/08/2001, se creó con dependencia jerárquica de la   Dirección Nacional, el Departamento Subdirección de Fiscalización denominado   “Dirección Grandes Contribuyentes”, fijándosele las atribuciones,   responsabilidades y obligaciones que en la misma resolución se indican,   señalando que para los efectos de la misma se entenderá por “Grandes   Contribuyentes”, cualquiera sea su capital, denominación, domicilio,   organización, monto de ventas o sector económico, aquel que conste en una nómina   que fijará el Director mediante resolución.  2º.   Que, por otra parte,   a través de la Res. Ex. N° 173 del 31 de diciembre de 2008, se fijó la Nómina de   “Grandes Contribuyentes” para los efectos señalados en dispositivo 3° de Res.   Ex. N° 34, ya citada, sobre la base de criterios de selección que en esta última   se indicaron. También se señala expresamente, que la Nómina se actualizará con   aquellos contribuyentes cuya inclusión o exclusión autorice el suscrito.   3º.   Que, la solicitud de   incorporación a la citada Nómina fue presentada con fecha 09 de septiembre del   año 2009, por don Nelson Exequiel García-Huidobro Sagredo R.U.T. N°   8.828.307-4,   apoderado del contribuyente que   más adelante se menciona y que el Informe de Inclusión de Nuevos Contribuyentes   N° 05 de fecha 22 de septiembre del año 2009 emitido por la Dirección Grandes   Contribuyentes, señala la procedencia de la inclusión en la Nómina de Grandes   Contribuyentes, toda vez que el contribuyente cumple con el criterio a) de la   Resolución Ex. N° 173 del 31 de  diciembre de 2008.   4º.   Que el N° 9 de la   Resolución Ex. N° 173 del 31 de diciembre de 2008 dispone: “9° Los   contribuyentes incluidos en la Nómina de Grandes Contribuyentes y que constan en   el Anexo A adjunto, podrán ser excluidos de la misma, previa solicitud fundada   presentada en la Dirección Nacional de este Servicio, dirigida al Subdirector de   Fiscalización .El mismo procedimiento, es decir, previa presentación de una   solicitud debidamente fundamentada, podrán seguir los contribuyentes que no   hayan sido incluidos por el Servicio, con el objeto de ser incorporados en la   Nómina de Grandes Contribuyentes. En ambos casos, será el Director quién   resolverá sobre la base del fundamento y los antecedentes que aporte el   solicitante, notificándole su decisión.".    RESUELVO:  HA   LUGAR a la solicitud de incorporación a   la Nómina de “Grandes Contribuyentes”, fijada mediante Resolución Exenta N° 45   del 19 de noviembre del año 2001, modificada y actualizada por la Resolución   Exenta N° 173 del 31 de diciembre del año 2008, a la sociedad que a continuación   se individualiza:  CONTRIBUYENTE:     NOVACEITES   S.A. La Dirección   Regional que a la fecha de   entrada en vigencia de esta resolución, haya asumido la fiscalización directa o   el conocimiento de las peticiones administrativas, del contribuyente incorporado   a la Nómina, deberá continuar con los trámites y diligencias propias de dicha   fiscalización o solicitud hasta su debido término, informando de ello a la   "Dirección Grandes Contribuyentes", salvo que el Director de la “Dirección   Grandes Contribuyentes” estime necesario ejecutar la revisión respectiva en   aquella unidad.  La presente   resolución regirá a contar de la fecha de su notificación.  ANÓTESE   Y NOTIFÍQUESE    (Fdo.)   RICARDO ESCOBAR CALDERON    Lo   que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines.” BMA/OVL/IVN  |