RESOLUCION EXENTA SII N°173 DEL 24 DE NOVIEMBRE DEL 2009
Hoy
se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo
dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el
Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución Ex. SII
N°150, de diciembre de 2005; y, 1° Que, en la Res. Ex. SII N° 121,
del 7 de Octubre del 2008, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la
facultad de autorizar
a los contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de
Contabilidad Electrónica. 2° Que,
los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero, han solicitado
incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en
3° Que, los contribuyentes citados, cumplen los requisitos establecidos en
SE RESUELVE: Primero: Autorízase a proceder conforme al modelo de
operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año
SOC
PROCESADORA DE ALIMENTOS Y BANQUETERIA LIMITADA RUT
79.711.550-9 Segundo: Los contribuyentes autorizados
deberán cumplir lo establecido en
Tercero: Autorízase además a dichos
contribuyentes para almacenar, con fines tributarios, los libros contables de
años anteriores al año 2009 en el formato digital establecido por el Servicio,
para lo cual deberá cumplir con lo establecido en el resolutivo segundo de la
Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005. Anótese,
comuníquese y publíquese en Internet. (Fdo.) IVÁN BELTRAND CRUZ Lo
que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. RPA/HSS/RCM Distribución: |