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       RESOLUCION EXENTA SII N°175 DEL 25 DE NOVIEMBRE DEL 2009 
 “Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Las  facultades que se me confieren en el Artículo 3° y en las letras a), b), c), h)  y n) del Artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos,  contenida en el Art. 1° del DFL N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda; lo  establecido en el Artículo 6 letra A, N° 1 del Código Tributario, contenido en  el Artículo 1° del D.L. N° 830/74; lo dispuesto por esta Dirección mediante  Resoluciones Exentas Nos. 34 del 24 de Agosto de 2001, 45 del 19 de Noviembre  del mismo año y 173 del 31 de diciembre de 2008 y las necesidades del Servicio,  1º.   Que, por  medio de la Res. Ex. N° 34, de fecha 24/08/2001, se creó con dependencia  jerárquica de la Dirección Nacional, el Departamento Subdirección de  Fiscalización denominado “Dirección Grandes Contribuyentes”, fijándosele las  atribuciones, responsabilidades y obligaciones que en la misma resolución se  indican, señalando que para los efectos de la misma se entenderá por “Grandes  Contribuyentes”, cualquiera sea su capital, denominación, domicilio,  organización, monto de ventas o sector económico, aquel que conste en una  nómina que fijará el Director mediante resolución.   HA LUGAR a la solicitud de  incorporacióna  la Nómina de “Grandes Contribuyentes”, fijada mediante Resolución Exenta N° 45  del 19 de noviembre del año 2001, modificada y actualizada por la Resolución  Exenta N° 173 del 31 de diciembre del año 2008, a la sociedad que a  continuación se individualiza:  CONTRIBUYENTE   : ASOCIACIÓN    NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL La Dirección Regional  que a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, haya asumido la  fiscalización directa o el conocimiento de las peticiones administrativas, del  contribuyente incorporado a la Nómina, deberá continuar con los trámites y  diligencias propias de dicha fiscalización o solicitud hasta su debido término,  informando de ello a la "Dirección Grandes Contribuyentes", salvo que  el Director de la “Dirección Grandes Contribuyentes” estime necesario ejecutar  la revisión respectiva en aquella unidad.  La presente resolución regirá a contar de la fecha de su  notificación.  ANÓTESE Y NOTIFÍQUESE     RICARDO  ESCOBAR CALDERON Lo que transcribo a  Ud. para su conocimiento y demás fines.” BMA/OVL/IVN   |