RESOLUCION EXENTA SII N°175 DEL 25 DE NOVIEMBRE DEL 2009
“Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Las facultades que se me confieren en el Artículo 3° y en las letras a), b), c), h) y n) del Artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Art. 1° del DFL N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda; lo establecido en el Artículo 6 letra A, N° 1 del Código Tributario, contenido en el Artículo 1° del D.L. N° 830/74; lo dispuesto por esta Dirección mediante Resoluciones Exentas Nos. 34 del 24 de Agosto de 2001, 45 del 19 de Noviembre del mismo año y 173 del 31 de diciembre de 2008 y las necesidades del Servicio, 1º. Que, por medio de la Res. Ex. N° 34, de fecha 24/08/2001, se creó con dependencia jerárquica de la Dirección Nacional, el Departamento Subdirección de Fiscalización denominado “Dirección Grandes Contribuyentes”, fijándosele las atribuciones, responsabilidades y obligaciones que en la misma resolución se indican, señalando que para los efectos de la misma se entenderá por “Grandes Contribuyentes”, cualquiera sea su capital, denominación, domicilio, organización, monto de ventas o sector económico, aquel que conste en una nómina que fijará el Director mediante resolución. HA LUGAR a la solicitud de incorporacióna la Nómina de “Grandes Contribuyentes”, fijada mediante Resolución Exenta N° 45 del 19 de noviembre del año 2001, modificada y actualizada por la Resolución Exenta N° 173 del 31 de diciembre del año 2008, a la sociedad que a continuación se individualiza: CONTRIBUYENTE : ASOCIACIÓN NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL La Dirección Regional que a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, haya asumido la fiscalización directa o el conocimiento de las peticiones administrativas, del contribuyente incorporado a la Nómina, deberá continuar con los trámites y diligencias propias de dicha fiscalización o solicitud hasta su debido término, informando de ello a la "Dirección Grandes Contribuyentes", salvo que el Director de la “Dirección Grandes Contribuyentes” estime necesario ejecutar la revisión respectiva en aquella unidad. La presente resolución regirá a contar de la fecha de su notificación. ANÓTESE Y NOTIFÍQUESE RICARDO ESCOBAR CALDERON Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines.” BMA/OVL/IVN |