| 
      
       RESOLUCION EXENTA SII N°187 DEL 17 DE DICIEMBRE DEL 2009 
   Hoy
    se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo
    dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el
    Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución Ex. SII
  N°150 de diciembre de 2005; y, 1°    Que, en la Res. Ex. SII N° 121,
    del 7 de Octubre
    del 2008, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la
    facultad de autorizar
    a los contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de
    Contabilidad Electrónica. 2°    Que,
    los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero, han solicitado
    incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en la Res. Ex. SII N°150 de
    diciembre de 2005, a  partir del año 2009. 3° Que, los contribuyentes
    citados, cumplen con los requisitos establecidos en la referida Res. Ex.
    SII N° 150 de diciembre de 2005 y, han efectuado las pruebas requeridas por el
    SII para acogerse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica. SE RESUELVE: Primero:  Autorízase a proceder conforme al modelo de
    operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2009, a los siguientes
    contribuyentes: ENJOY CLUB SOCIEDAD ANONIMA                                                               RUT 76.417.950-1 Segundo:  Se otorgará además a los contribuyentes
    citados, Códigos de Autorización de Libros (CAL) tipo 2, para los libros
    Diario, Mayor y Balance, los que podrán ser endosados a otras empresas del
    mismo holding. Tercero:   Los contribuyentes autorizados
    deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII
    N° 150, de diciembre de 2005 y las modificaciones que a futuro se realicen en
    el modelo de operación de Contabilidad Electrónica. Cuarto:     Autorízase además a dichos
    contribuyentes a almacenar, para fines tributarios, los libros contables de años
    anteriores al año 2009 en el formato digital establecido por el Servicio, para
    lo cual deberán cumplir con lo establecido en el resolutivo segundo de la
    Resolución Ex. SII N° 150 de Diciembre de 2005. Anótese,
    comuníquese y publíquese en Internet. (Fdo.) IVÁN BELTRAND CRUZ Lo que
    transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. RPA/HSS/RCM Distribución:  |