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RESOLUCION EXENTA SII N°198 DEL 22 DE DICIEMBRE DEL 2009
MATERIA : MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N° 7.590, DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1999, EN LO RELACIONADO CON EL DEPARTAMENTO SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

                                                                             VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 3°, 7° y 9°, de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 15 de octubre de 1980, del Ministerio de Hacienda; lo establecido en la resolución exenta N° 7.590, de 15 de noviembre de 1999 y sus modificaciones posteriores; y,

                                                     CONSIDERANDO:

1°.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos citada en los vistos, la Dirección Nacional estará constituida por los Departamentos Subdirecciones y Departamentos que establezca el Director con sujeción a la planta del Servicio; y,

2°.- Que el interés constante de mejorar todos los procesos de fiscalización que este Servicio aplica, perfeccionando su calidad, hace necesario redefinir las facultades, atribuciones, responsabilidades y obligaciones de las jefaturas a cargo del Departamento Subdirección de Fiscalización,

RESUELVO:

PRIMERO: Sustitúyese el número 5 del dispositivo I de la Resolución exenta   7.590, de 15 de noviembre  de 1999, por el siguiente;

“En la Subdirección de Fiscalización, se establecen las siguientes atribuciones, responsabilidades y obligaciones del Subdirector respectivo:  

a.            Proponer al Director estrategias de asistencia para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias;

b.           Proponer al Director estrategias de control y de fiscalización de los impuestos y obligaciones tributarias que según la ley son de competencia de este Servicio;

c.            Proponer al Director el diseño, mejoras y reemplazos de modelos de cumplimiento, fiscalización, atención y asistencia de los impuestos y obligaciones tributarias;

d.            Coordinar con las Direcciones Regionales y Dirección de Grandes Contribuyentes la implementación de tales modelos;

e.            Proponer al Director el diseño, mejoras y reemplazos de los sistemas, operaciones y aplicaciones a través de los cuales se implementan y aplican por funcionarios del Servicio y contribuyentes los modelos de cumplimiento, fiscalización, atención y asistencia;

f.             Administrar la denominada “Operación Renta”;

g.            Administrar la denominada “Operación IVA”;

h.            Administrar el Sistema Ciclo de Vida del contribuyente;

i.             Administrar la operación asociada a los servicios de Atención y Asistencia al contribuyente.

j.             Preparar y proponer, a requerimiento del Director, respuestas a las consultas relacionadas con los procesos, sistemas, operaciones y aplicaciones relacionadas con las materias de fiscalización;

k.            Administrar las aplicaciones relacionadas con devoluciones de impuestos, tales como, IVA Exportador, conforme al Art. 36 del D.L. 825; IVA Activo fijo a que se refiere el Art. 27 bis del mismo; cambios de sujeto dispuestos en virtud del Art. 3°, del referido cuerpo legal y otras devoluciones propias de los impuestos que contiene la legislación tributaria, excluyendo el Impuesto Territorial.

l.             Administrar otras operaciones, sistemas y aplicaciones para el cumplimiento tributario de los impuestos cuya fiscalización entrega la ley al Servicio de Impuestos Internos y que no se encuentren administrados por otras Subdirecciones;

m.          Distribuir entre las Direcciones Regionales y Dirección de Grandes Contribuyentes en su caso, las funciones y cargas de trabajo derivadas de las operaciones, sistemas y aplicaciones de su competencia;

n.            Coordinar con las Direcciones Regionales la fiscalización directa de los contribuyentes, previo requerimiento del Director, notificar denuncios por infracciones a las leyes tributarias, proceder a citar a contribuyentes y otras personas en cuanto diga relación con la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias y liquidar y girar impuestos, reajustes, intereses y multas, todo ello sin perjuicio de las atribuciones que el Código Tributario y otras disposiciones legales confieren a los Directores Regionales;

o.           Elaborar y distribuir a las Direcciones Regionales programas Selectivos de Auditoría.  En el caso de la Dirección de Grandes Contribuyentes, estos programas serán preparados conjuntamente entre esta y la Subdirección;

p.           Elaborar y distribuir a las Direcciones Regionales las pautas y directrices para la preparación de Programas Emergentes de Auditoría.  En el caso de la Dirección de Grandes Contribuyentes, estas pautas y directrices serán preparados conjuntamente entre esta y la Subdirección;

q.            Captar y consolidar la información de los resultados y gestión obtenidos por las Direcciones Regionales y Dirección de Grandes Contribuyentes respecto de los Sistemas, Operaciones, Aplicaciones y Programas Emergentes o Selectivos de Auditoría para los efectos de otorgar a dichas unidades retroalimentación y herramientas de gestión y al Director y Subdirecciones información para la gestión general del Servicio;

r.             Mantener un registro actualizado y clasificado de los campos de información provenientes de los Sistemas, Operaciones y Aplicaciones con el objeto de optimizar su utilización;

s.            Efectuar la revisión y adaptación según corresponda, de Sistemas, Operaciones y Aplicaciones de acuerdo a las interpretaciones administrativas propuestas por la Subdirección Normativa;

t.             Controlar y revisar permanentemente la operatividad de las aplicaciones informáticas internas en que la Subdirección ejecute sus funciones a efectos de proponer actualizaciones o mejoras a la Subdirección de Informática;

u.            Controlar y revisar permanentemente la operatividad de usuario de las aplicaciones informáticas que ejecuten los Sistemas, Operaciones y Aplicaciones a efectos de solicitar actualizaciones o mejoras a la Subdirección de Informática que faciliten el trabajo regional;

v.            Proponer al Director pautas generales para la evaluación del cumplimiento de las funciones de las Direcciones Regionales y Dirección de Grandes Contribuyentes en materias de fiscalización;

w.           Proponer al Director el reordenamiento o reorganización de Departamentos y   Oficinas de la Subdirección para el mejor desempeño de esta;

x.            Sugerir al Director la definición de perfiles y competencias requeridas para los cargos de la Subdirección;

y.            Sugerir al Director pautas generales para la evaluación del cumplimiento de las funciones de la Subdirección y su personal;

z.            Proponer, en la oportunidad que el Director disponga, el presupuesto anual para la Subdirección y la ejecución del mismo; y,

aa.         Otras actividades que el Director estime de competencia de esta Subdirección.

SEGUNDO: Corresponderá al Subdirector de Fiscalización implementar las medidas que sean procedentes tendientes a organizar la Subdirección de Fiscalización de acuerdo a las atribuciones, obligaciones y responsabilidades que esta Resolución establece para dicha Subdirección.

 TERCERO: A contar de la fecha de vigencia de esta resolución déjase sin efecto toda norma que verse sobre la materia.

CUARTO: Esta resolución regirá a contar de la fecha de su publicación en extracto en el Diario Oficial.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO

(Fdo.) RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
     DIRECTOR

Lo que transcribo para su conocimiento y fines pertinentes,

Saluda a Ud.,

Distribución:
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-         Diario Oficial en extracto