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RESOLUCION EXENTA SII N°32 DEL 06 DE MARZO DEL 2009
MATERIA : DEROGA AUTORIZACIÓN OTORGADA PARA OPERAR COMO EMISOR DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SE SEÑALA.

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la  Res. Ex. SII N° 86, de 01 de Septiembre de 2005

CONSIDERANDO:           

Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974. 

Que, en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés fiscal. 

Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en el resolutivo indicado. 

 Que, los contribuyentes que se detallan en el único Dispositivo de esta resolución han solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir Documentos Tributarios Electrónicos por los motivos señalados en sus presentaciones, la que les fue otorgada: a partir de Septiembre de 2006 para el contribuyente RUT N° 96.960.800-6, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 109, de 06 de Septiembre de 2006; y a partir de Enero de 2008 para el contribuyente RUT N° 78.165.960-6, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 1° de Septiembre de 2005.  

                                                                            SE RESUELVE: 

Derógase la autorización otorgada para operar como emisor de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, y la Res. Ex. SII N° 86, de 2005, a los siguientes contribuyentes:

       - ENERGAS S A.                                                                              RUT N° 96.960.800-6
       - PEREZ Y HOLZAPFEL LTDA                                                           RUT N° 78.165.960-6
 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.
 

 IVAN BELTRAND CRUZ

  SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN 

         Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

 

RPA/HSS/CPG

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