RESOLUCION EXENTA SII N°34 DEL 19 DE MARZO DEL 2009
Hoy
se ha resuelto lo que sigue: VISTOS:
Las necesidades del Servicio y las facultades que se
me confieren en las letras a), c) y ñ) del artículo 7° de CONSIDERANDO: 1°.-
Que,
por Resolución Ex. N° 19, del 07 de Mayo de 2001, que eliminó 2°.-
Que,
mediante Resolución Ex. N° 173, de 31 de Diciembre de 2008, que actualiza,
sistematiza y refunde la nómina de Grandes Contribuyentes, pasaron a formar
parte de dicha nómina, los contribuyentes que hayan declarado exportaciones por
un monto promedio anual igual o superior a 300.000 UTM, en cada uno de los últimos
tres años tributarios, así como también aquellos con domicilio en 3°.-
Que,
para el cumplimiento de las funciones propias de este Servicio, es necesario
agilizar y optimizar la atención a los contribuyentes, y con ello velar por una
eficiente administración de los impuestos. SE
RESUELVE: 1°
Elimínanse,
a contar del 01 de Abril de 2009, las Oficinas de Fiscalización de Comercio
Exterior dependientes de las Direcciones Regionales Metropolitanas Santiago
Centro, Santiago Poniente, Santiago Oriente y Santiago Sur, con sede
en las dependencias de 2°
A partir de
la fecha indicada en el resolutivo anterior, la fiscalización de las
solicitudes de devolución de IVA, que tramiten ante el Servicio los
exportadores con domicilio en ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO. (Fdo.)
RICARDO ESCOBAR CALDERÓN Lo
que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. Saluda
a Ud. |