Home | Resoluciones 2009

RESOLUCION EXENTA SII N°47 DEL 08 DE ABRIL DEL 2009
MATERIA : AUTORIZA A PROCEDER CONFORME AL MODELO DE OPERACIÓN DE CONTABILIDAD ELECTRÓNICA A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALAN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue: 

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución Ex. SII N°150 de diciembre de 2005; y,

 

CONSIDERANDO:

    Que, en la Res. Ex. SII N° 121, del 7 de Octubre del 2008, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad de autorizar a los contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de Contabilidad Electrónica.

2°    Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero, han solicitado incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en la Res. Ex. SII N°150 de diciembre de 2005, a partir del año 2009.

3°    Que, los contribuyentes citados son emisores de documentos tributarios electrónicos, cumplen los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N° 150 de diciembre de 2005 y, declaran contar con CAL (Códigos de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos, esto último a través del endoso a efectuar por Onvision S.A. RUT 76.372.100-0.

 

SE RESUELVE:

 

Primero:   Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2009, a los siguientes contribuyentes:

CONSTRUMART S.A.                                                                                          RUT 96.928.510-K

CANPLAST SUD S.A.                                                                                          RUT 76.014.173-9

POLYGAL SUD S.A.                                                                                            RUT 76.833.610-5

 

Segundo:  Los contribuyentes autorizados deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005 y las modificaciones que a futuro se realicen en el modelo de operación de Contabilidad Electrónica.

 

Tercero:   Autorízase además a dichos contribuyentes para almacenar, para fines tributarios, los libros contables de años anteriores al año 2009 en el formato digital establecido por el Servicio, para lo cual deberá cumplir con lo establecido en el resolutivo segundo de la Resolución Ex. SII N° 150 de Diciembre de 2005.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en Internet. 

(Fdo.) IVÁN BELTRAND CRUZ
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN
 

  Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

 

RPA/HSS/RCM
Distribución:

Internet