RESOLUCION EXENTA SII N°64 DEL 08 DE MAYO DEL 2009
“Hoy se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Las facultades
que se me confieren en el Artículo 3° y en las letras a), b), c), h) y n) del
Art. 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el
Art. 1° del DFL N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda; lo establecido en el
Art. 6° letra A, N° 1 del Código Tributario (contenido en el Artículo 1° del
D.L. N° 830/74); lo dispuesto por esta Dirección mediante Res. Ex. Nos. 34 del
24 de Agosto de 2001, 45 del 19 de Noviembre del mismo año y 173 del 31 de
diciembre de 2008 y las necesidades del Servicio,
CONSIDERANDO:
1º.
Que,
por medio de la Res. Ex. N° 34, de fecha 24/08/2001, se creó con dependencia
jerárquica de la Dirección Nacional, el Departamento Subdirección de
Fiscalización denominado “Dirección Grandes Contribuyentes”, fijándosele las
atribuciones, responsabilidades y obligaciones que en la misma resolución se
indican, señalando que para los efectos de la misma se entenderá por “Grandes
Contribuyentes”, cualquiera sea su capital, denominación, domicilio,
organización, monto de ventas o sector económico, aquel que conste en una nómina
que fijará el Director mediante resolución.
2º.
Que, por otra parte, a través de la Res. Ex. N° 173 del 31 de diciembre
de 2008,
se
fijó la Nómina de “Grandes Contribuyentes” para los efectos señalados en
dispositivo 3° de Resolución Ex. N° 34, ya citada, sobre la base de criterios
de selección que en esta última se indicaron. También se señala expresamente,
que la Nómina se actualizará con aquellos contribuyentes cuya inclusión o
exclusión autorice el suscrito.
3º.
Considerando además, la solicitud de incorporación a la citada Nómina,
presentada con fecha 27 de abril del año 2009, por don Carlos Rodrigo Pares
Contreras R.U.T. N° 7.658.620-9,
representante legal del contribuyente que más adelante se menciona.
4º.
Que, de acuerdo a Informe de Inclusión de Nuevos Contribuyentes N° 2 de
fecha 21 de abril del año 2009 emitido por la Dirección Grandes Contribuyentes,
se concluye “Incluir en la Nómina de Grandes Contribuyentes, toda vez que el
contribuyente cumple con el criterio (b), esto es, aquellos contribuyentes que
posean un Capital Propio Tributario en los términos señalados en el Nº 1 del
Artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, igual o superior a 360.000 UTM
en los últimos tres años tributarios.
RESUELVO:
HA LUGAR
a la solicitud de incorporación
a la Nómina de “Grandes Contribuyentes”, fijada mediante Resolución Exenta N° 45
del 19/11/2001, modificada y actualizada por la Resolución Exenta N° 173 de
31/12/2008, a la sociedad que a continuación se individualiza:
CONTRIBUYENTE :
COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS S.A.
La Dirección
Regional que a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, haya asumido
la fiscalización directa o el conocimiento de las peticiones administrativas,
del contribuyente incorporado a la Nómina, deberá continuar con los trámites y
diligencias propias de dicha fiscalización o solicitud hasta su debido término,
informando de ello a la "Dirección Grandes Contribuyentes", salvo que el
Director de la “Dirección Grandes Contribuyentes” estime necesario ejecutar la
revisión respectiva en aquella unidad.
La presente
resolución regirá a contar de la fecha de su notificación.
ANÓTESE Y NOTIFÍQUESE
(Fdo.) RICARDO ESCOBAR CALDERON
Lo que transcribo
a Ud. para su conocimiento y demás fines.”
BMA/OVL/AGG
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