RESOLUCION EXENTA SII N°65 DEL 08 DE MAYO DEL 2009
Hoy se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Las necesidades del Servicio; las facultades que se me confieren en el Artículo
3° y en las letras a), b), c), h) y n) del Artículo 7° de la Ley Orgánica del
Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo Primero del D.F.L. N°
7, de Hacienda, de 1980; lo establecido en el Artículo 6° letra A., N° 1° del
Código Tributario, contenido en el Artículo 1° del D.L. N° 830 de 1974; lo
dispuesto en la Resolución Ex. N° 7590, de 15.11.99; Resolución Ex. N° 34, de
24.08.2001; Resolución Ex. N° 1.039 de 30.09.2004; Resolución Ex. N° 44, de
31.03.2004, Resolución N° 13 de 25.01.2008, Resolución Ex. Nº 173 de 31.12.2008
todas de esta Dirección; lo establecido en el Artículo 1° del DFL N° 1, de
Hacienda, de 2004 y,
CONSIDERANDO:
1.° Que por Resolución Ex. N° 34,
de 24 de agosto de 2001, modificada por Resoluciones Exentas N° 44, de 31 de
marzo de 2004, N° 113, de 15 de Septiembre de 2006 y N° 13 de 25 de Enero de
2008, se creó el Departamento Subdirección de Fiscalización denominado
“Dirección Grandes Contribuyentes”, fijándole sus atribuciones,
responsabilidades y obligaciones, estableciendo, además, los Departamentos y
Oficinas de su dependencia y sus respectivas funciones.
2.° Que en
consideración al constante interés que este Servicio tiene en mejorar los
procesos de fiscalización y atención a los contribuyentes; dada la naturaleza y
complejidad de las atribuciones y funciones de la Dirección Grandes
Contribuyentes y de los Departamentos y Oficinas que la componen, se hace
necesario modificar las funciones de la Dirección de Grandes Contribuyentes,
incorporando a ella un Departamento enfocado al desarrollo de métodos y
procedimientos para el apoyo de la fiscalización de Grandes Contribuyentes, en
general como a los contribuyentes que realizan mayoritariamente operaciones de
comercio exterior.
PRIMERO
Agréguese en
el dispositivo 4° de la Resolución Ex. N° 34 de Agosto de 2001, la siguiente
letra g:
“g.
Departamento
de Apoyo a la Fiscalización y Comercio Exterior,
al que le corresponderán las siguientes funciones:
i) Funciones
de Apoyo a la Fiscalización:
ii) Funciones
de Comercio Exterior:
iii) Otras
actividades que el Jefe de la "Dirección Grandes Contribuyentes" estime de
competencia de este Departamento.”
SEGUNDO:
La presente
resolución regirá desde la publicación de su extracto en el Diario Oficial.
ANÓTESE, COMUNIQUESE
Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO
(Fdo.) RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
Lo
que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines que procedan.
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