| 
      
       RESOLUCION EXENTA SII N°82 DEL 03 DE JUNIO DEL 2009 
 
Hoy se ha resuelto lo que sigue: 
 
VISTOS: 
Lo dispuesto 
en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el 
Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley 
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 
825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex. 
SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII N° 86, de 1 de Septiembre de 
2005; y  
1° 
Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el 
Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del 
Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L.
825, de 1974.  
2° 
Que, en virtud de dicha 
facultad, este Servicio puede 
autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el 
cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés 
fiscal.  
3° 
Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones 
otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de 
la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en 
el resolutivo indicado.  
4°  
Que, con el fin de incorporarse como 
usuarios del Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, los 
contribuyentes que se detallan en el único Dispositivo de esta resolución han 
solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir 
Documentos Tributarios Electrónicos, las que les fueron otorgadas a partir de 
Noviembre de 2005, Diciembre de 2005, Enero 2007 y Febrero 2007, según lo 
dispuesto en la Res. Ex. SII N° 122, de 10 de Noviembre de 2005, la Res. Ex. SII 
N° 135, de 09 de Diciembre de 2005, la Res. Ex. SII N° 17, de 19 de Enero de 
2007, y la Res. Ex. SII N° 24, de 07 de Febrero de 2007, respectivamente.  
                                                                            SE 
RESUELVE:  
Derógase la autorización otorgada 
para operar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a 
lo establecido en la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, la Res. Ex. SII N° 122, de 
2005, la Res. Ex. SII N° 135, de 2005 y la Res. Ex. SII N° 17, de 2007, a los 
contribuyentes:   
- IMP. EXP. Y SERVICIOS DE MINERIA Y 
TRANSPORTE LIMITADA                      RUT N° 76.218.950-K 
Anótese, comuníquese y publíquese 
en extracto.  
  
(Fdo.) IVÁN BELTRAND CRUZ 
  SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN  
         Lo que transcribo a Ud., 
para su conocimiento y demás fines  
  
RPA/HSS/OBA 
Distribución:  |