RESOLUCION EXENTA SII N°82 DEL 03 DE JUNIO DEL 2009
Hoy se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto
en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el
Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N°
825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex.
SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII N° 86, de 1 de Septiembre de
2005; y
1°
Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el
Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del
Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L.
825, de 1974.
2°
Que, en virtud de dicha
facultad, este Servicio puede
autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el
cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés
fiscal.
3°
Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones
otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de
la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en
el resolutivo indicado.
4°
Que, con el fin de incorporarse como
usuarios del Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, los
contribuyentes que se detallan en el único Dispositivo de esta resolución han
solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir
Documentos Tributarios Electrónicos, las que les fueron otorgadas a partir de
Noviembre de 2005, Diciembre de 2005, Enero 2007 y Febrero 2007, según lo
dispuesto en la Res. Ex. SII N° 122, de 10 de Noviembre de 2005, la Res. Ex. SII
N° 135, de 09 de Diciembre de 2005, la Res. Ex. SII N° 17, de 19 de Enero de
2007, y la Res. Ex. SII N° 24, de 07 de Febrero de 2007, respectivamente.
SE
RESUELVE:
Derógase la autorización otorgada
para operar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a
lo establecido en la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, la Res. Ex. SII N° 122, de
2005, la Res. Ex. SII N° 135, de 2005 y la Res. Ex. SII N° 17, de 2007, a los
contribuyentes:
- IMP. EXP. Y SERVICIOS DE MINERIA Y
TRANSPORTE LIMITADA RUT N° 76.218.950-K
Anótese, comuníquese y publíquese
en extracto.
(Fdo.) IVÁN BELTRAND CRUZ
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN
Lo que transcribo a Ud.,
para su conocimiento y demás fines
RPA/HSS/OBA
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