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RESOLUCION EXENTA SII N°82 DEL 03 DE JUNIO DEL 2009
MATERIA : DEROGA AUTORIZACIÓN OTORGADA PARA OPERAR COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SE SEÑALAN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII N° 86, de 1 de Septiembre de 2005; y 

CONSIDERANDO:           

1° Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974. 

2° Que, en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés fiscal. 

3° Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en el resolutivo indicado. 

4° Que, con el fin de incorporarse como usuarios del Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, los contribuyentes que se detallan en el único Dispositivo de esta resolución han solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir Documentos Tributarios Electrónicos, las que les fueron otorgadas a partir de Noviembre de 2005, Diciembre de 2005, Enero 2007 y Febrero 2007, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 122, de 10 de Noviembre de 2005, la Res. Ex. SII N° 135, de 09 de Diciembre de 2005, la Res. Ex. SII N° 17, de 19 de Enero de 2007, y la Res. Ex. SII N° 24, de 07 de Febrero de 2007, respectivamente. 

                                                                            SE RESUELVE: 

Derógase la autorización otorgada para operar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, la Res. Ex. SII N° 122, de 2005, la Res. Ex. SII N° 135, de 2005 y la Res. Ex. SII N° 17, de 2007, a los contribuyentes: 

- IMP. EXP. Y SERVICIOS DE MINERIA Y TRANSPORTE LIMITADA                      RUT N° 76.218.950-K
       - CONSTRUCTORA ROYAL HOUSE S.A.                                                             RUT N° 99.535.380-6
       - COUSIÑO ASOCIADOS LIMITADA                                                                     RUT N° 79.618.560-
0
       - SERVICIOS DE ASESORIAS TECNICAS E INDUSTRIALES LTDA                       RUT N° 77.666.120-1

 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto. 

 

(Fdo.) IVÁN BELTRAND CRUZ

  SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN 

         Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines 

 

RPA/HSS/OBA

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