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RESOLUCION EXENTA SII N°82 DEL 03 DE JUNIO DEL 2009
MATERIA : DEROGA AUTORIZACIÓN OTORGADA PARA OPERAR COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SE SEÑALAN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII N° 86, de 1 de Septiembre de 2005; y 

CONSIDERANDO:           

Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974. 

Que, en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés fiscal. 

Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en el resolutivo indicado. 

Que, con el fin de incorporarse como usuarios del Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, los contribuyentes que se detallan en el único Dispositivo de esta resolución han solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir Documentos Tributarios Electrónicos, las que les fueron otorgadas a partir de Noviembre de 2005, Diciembre de 2005, Enero 2007 y Febrero 2007, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 122, de 10 de Noviembre de 2005, la Res. Ex. SII N° 135, de 09 de Diciembre de 2005, la Res. Ex. SII N° 17, de 19 de Enero de 2007, y la Res. Ex. SII N° 24, de 07 de Febrero de 2007, respectivamente. 

                                                                            SE RESUELVE: 

Derógase la autorización otorgada para operar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, la Res. Ex. SII N° 122, de 2005, la Res. Ex. SII N° 135, de 2005 y la Res. Ex. SII N° 17, de 2007, a los contribuyentes: 

- IMP. EXP. Y SERVICIOS DE MINERIA Y TRANSPORTE LIMITADA                      RUT N° 76.218.950-K
       - CONSTRUCTORA ROYAL HOUSE S.A.                                                             RUT N° 99.535.380-6
       - COUSIÑO ASOCIADOS LIMITADA                                                                     RUT N° 79.618.560-
0
       - SERVICIOS DE ASESORIAS TECNICAS E INDUSTRIALES LTDA                       RUT N° 77.666.120-1

 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto. 

 

(Fdo.) IVÁN BELTRAND CRUZ

  SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN 

         Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines 

 

RPA/HSS/OBA

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