RESOLUCION EXENTA SII N°90 DEL 17 DE JUNIO DEL 2009
Hoy se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos
Internos, contenida en el D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; las
facultades que se me confieren en las letras a) c), i) y ñ) del artículo 7° del
mismo cuerpo legal; lo preceptuado en las Resoluciones N°s 379, 7.589 y 7.590,
de 4 de diciembre de 1991 y 15 de noviembre de 1999, respectivamente, y en
Resolución Ex. N°. 2.500 de 27 de abril de 1998; y
CONSIDERANDO:
1.
Que, de acuerdo a lo que disponen las letras a), c) ,i) y ñ) del
artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, al Director
le corresponde organizar, dirigir, planificar y coordinar el funcionamiento del
Servicio, dictar las órdenes que estime necesarias o convenientes para la más
expedita marcha del mismo, pudiendo además fijar y modificar la organización
interna de las unidades del Servicio, cambiando sus dependencias, atribuciones y
obligaciones.
2.
Que, resulta necesario establecer de un modo más orgánico las
dependencias jerárquicas, así como las atribuciones y obligaciones de los
departamentos y oficina que conforman el Departamento Subdirección de
Avaluaciones y,
3.
Las necesidades del Servicio,
SE RESUELVE:
1º.
Sustitúyese el N° 2 de
la letra A de la Resolución N° 379, de 4 de diciembre de 1991 por el siguiente:
“6.- Departamento Subdirección de Avaluaciones: 2.1.
Departamento de Catastro y Tasaciones; 2.2.
Departamento de Operaciones de Avaluaciones, y
2.3.
Oficina de Normas y
Casos Especiales”.
2º.
Al Departamento de
Catastro y Tasaciones le corresponderán las siguientes funciones:
a)
Diseñar la metodología
técnica, ejecutar y dirigir los procesos de reavalúos de bienes raíces de todo
el país.
b)
Diseñar la metodología
técnica y ejecutar el proceso de tasación anual de vehículos livianos y pesados.
c)
Diseñar, aplicar y
controlar planes de fiscalización del catastro fiscal de los bienes raíces.
d)
Coordinar con los
municipios el funcionamiento de las Oficinas de Convenio Municipal.
e)
Coordinar con el
Departamento Subdirección de Estudios las respuestas a peticiones de información
provenientes de entidades externas al Servicio de Impuestos Internos,
relacionadas con el Impuesto Territorial.
3º.
Al Departamento de
Operaciones de Avaluaciones le corresponderán las siguientes funciones:
a)
Proponer a la
Subdirección de Informática el diseño y desarrollo de sistemas informáticos
necesarios para el cumplimiento de las funciones de la Subdirección de
Avaluaciones.
b) Supervisar el correcto
funcionamiento de los sistemas de información relacionados con las atribuciones
de la Subdirección de Avaluaciones.
c)
Coordinar con otras
áreas del Servicio y con organismos externos a esta entidad, la captura,
intercambio y entrega de información relacionada con el catastro de los bienes
raíces.
d)
Efectuar el control
documental del sistema de información del impuesto territorial, coordinando las
tareas de impresión y distribución encargadas a proveedores externos del
Servicio.
4º.
A la Oficina de Normas y
Casos Especiales le corresponderán las siguientes funciones:
a)
Proponer y desarrollar
proyectos y actualizaciones de normativa para la aplicación del impuesto
territorial en coordinación con los Departamentos Subdirección Normativa y
Subdirección Jurídica.
b)
Analizar casos
especiales, referidos al impuesto territorial, que requieran un pronunciamiento
del Director para su resolución.
c)
Gestionar la resolución
y la respuesta a las peticiones referidas al impuesto territorial que se
presenten ante la Dirección Nacional.
d) Coordinar con el
Departamento de Auditoría Interna las medidas necesarias para supervigilar la
correcta aplicación de la normativa sobre impuesto territorial. Deróganse las
Resoluciones N° 2500, de 1998 y N° 7589 de 1999.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN
EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL.
(Fdo.)
RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
Lo que transcribo a Ud., para su
conocimiento y demás fines.
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