RESOLUCION EXENTA SIIPERS N°9381 DEL 30 DE JUNIO DEL 2009
Esta
Dirección Nacional con fecha de hoy, ha dictado la siguiente Resolución:
VISTOS:
Lo estipulado en los Arts. 14 y 53, del D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 16 de marzo del 2005, que fijó el
Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto
Administrativo; lo establecido en el D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que Fija el Texto Refundido y Actualizado de las Plantas de Personal
del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y
promoción; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio
de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto
Administrativo; y
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 2, número 4, del D.F.L. N° 1, del Ministerio de Hacienda, publicado
en el Diario Oficial el 9 de julio de 2004, establece los requisitos para
desempeñar los cargos de la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de
Impuestos Internos, Que
se encuentran actualmente vacantes en este Servicio 12 cargos de Técnicos
Fiscalizadores Grado 15°, que se deben proveer; y,
La necesidad del Servicio de Impuestos Internos de efectuar
promociones del personal.
RESUELVO:
1°
Llamase a
concurso interno de promoción para proveer 12 cargos de la planta de
Técnicos Fiscalizadores grado quince del Servicio de Impuestos Internos,
para desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con el apoyo en la
administración, aplicación y fiscalización de los impuestos.
2°
Sólo podrán
postular al concurso a que se refiere el dispositivo anterior, los funcionarios
de las plantas de Técnicos Fiscalizadores o Administrativos del Servicio de
Impuestos Internos, que a la fecha de esta Resolución cumplan con los requisitos
establecidos en el Art. 27, del Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio
de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto
Administrativo, en adelante, “Reglamento” y los establecidos en el N° 4 del Art.
2 del DFL N° 1
del
Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 9 de julio de 2004.
3°
Las postulaciones
se realizarán en un Formulario especial que para estos efectos pondrá a
disposición de los funcionarios el Departamento de Formación y Desarrollo de la
Subdirección de Recursos Humanos.
4°
La preparación y realización del concurso estará a cargo del Comité de Selección
creado por Resolución Ex. SIIPERS N° 6715, de 28 de Agosto de 2004, y sus
posteriores modificaciones.
5°
Todas las
informaciones relacionadas con el concurso interno a que se refiere el
dispositivo 1° de esta Resolución, se publicarán en Intranet, en la página
“Concursos de Personal”. Sin perjuicio de lo anterior, el Subdirector de
Recursos Humanos en la Dirección Nacional, el Director de Grandes Contribuyentes
y los Directores Regionales en sus respectivas jurisdicciones deberán adoptar
las medidas que correspondan para que esta Resolución se encuentre disponible y
ubicada en lugares visibles en todas las dependencias de sus unidades.
6°
El Comité de
Selección deberá adoptar las medidas conducentes para que en el concurso se
cumplan todas y cada una de las disposiciones del D.F.L. N° 1, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, de la Ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado, fue fijado por el D.F.L. N° 29, del 2004, del mismo Ministerio y
del “Reglamento”. No obstante, podrá encargar el desarrollo de determinadas
labores a las unidades o funcionarios del Servicio que para tal efecto designe,
quienes estarán obligados a cumplir la misión encomendada por él.
7°
De acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 9° del “Reglamento” y para todos los efectos de este
concurso, los plazos de días se suspenderán los sábado, domingo y festivos.
8°
El concurso interno llamado por el dispositivo 1° de esta Resolución se regirá
por las siguientes bases:
BASES
CONCURSALES
I.- CARGOS
VACANTES OBJETO DEL CONCURSO: 12
cargos grado 15° E.F., de la planta de Técnicos Fiscalizadores del
Servicio de Impuestos Internos, contenidos en el D.F.L. N° 1 de 2004, del
Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido y actualizado de las plantas
de personal del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de
ingreso y promoción.
Los funcionarios
seleccionados, deberán desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con
el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos.
II.-
REQUISITOS DE POSTULACIÓN
1) Estar en posesión de los requisitos establecidos para el desempeño del
cargo. Al efecto y conforme lo establece el Art. 2° N° 4, del D.F.L. N° 1, de
2004, del Ministerio de Hacienda, alternativamente:
a) Estar en posesión del título de contador general otorgado por un
establecimiento de educación media técnico profesional del Estado o reconocido
por éste; o título profesional o técnico otorgado en ambos casos, por una
institución de educación superior del Estado o reconocido por éste, en las áreas
de contabilidad, finanzas, administración y economía y pertenecer a la Planta de
Administrativos de la institución, en la cual debe haberse desempeñado a lo
menos durante 2 años, o
b)
Haber sido encasillado en los cargos de Técnicos Fiscalizadores, en
conformidad a los requisitos señalados en los artículos transitorios de la Ley
N° 19.224.
En ambos
casos será requisito indispensable, además, haber aprobado el curso de
capacitación específico para el área, impartido por el Servicio de Impuestos
Internos.
2)
Haber sido
calificado en lista N° 1, de distinción, o en lista N° 2, buena, en el período
inmediatamente anterior, y 3)
Encontrarse
nombrado en calidad de titular, en un cargo de la Planta de Técnicos
Fiscalizadores o de la Planta de Administrativos del Servicio, en los tres
grados inferiores a los de las vacantes convocadas. En el evento que el número
de cargos provistos ubicados en grados inferiores de la Planta de Técnicos
Fiscalizadores sea menor a 20, podrán participar en el concurso los Técnicos
Fiscalizadores nombrados en esta planta, hasta en los cuatro grados inferiores a
aquél del cargo a proveer.
Serán inhábiles para ser promovidos a la vacante concursada los funcionarios
que:
a.- No
hubieren sido calificados en lista de distinción o buena en el período
inmediatamente anterior; b.- No
hubieren sido calificados durante dos períodos consecutivos; c.-
Hubieren sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en
los doce meses anteriores de producida la vacante, y d.-
Hubieren sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses
anteriores de producida la vacante.
III.-
CALENDARIO Y
ETAPAS DEL
CONCURSO
1.- Lugar y
Periodo de postulación:
Conforme a lo
dispuesto en el resolutivo 3°, los funcionarios interesados en participar en el
citado concurso de promoción interno deberán presentar sus postulaciones en el
formulario que para estos efectos pondrá a su disposición el Departamento de
Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos.
Dicho formulario
deberá presentarse en dos ejemplares, debiendo quedar en posesión del postulante
un ejemplar con el timbre de recepción del Departamento Regional de
Administración de las Direcciones Regionales o de la Oficina de Administración
de la Dirección de Grandes Contribuyentes, según sea la unidad donde se
desempeñe el postulante; los demás funcionarios de la Dirección Nacional deberán
presentarlos en el Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de
Recursos Humanos, ubicado en calle Almirante Lorenzo Gotuzo N° 124, piso 3,
Santiago, dentro de los doce días siguientes al de publicación de estas Bases.
Los postulantes
que presenten algún tipo de discapacidad, deberán informarlo al momento de
postular, para que de esta forma se puedan tomar todas las medidas pertinentes
para evitar cualquier dificultad o impedimento adicional en la aplicación de los
instrumentos de selección que se administrarán, de manera de garantizar la
igualdad de oportunidades en su postulación.
2.- Recepción y
revisión de postulaciones:
El Departamento de
Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos será el encargado
de reunir todas las postulaciones y remitirlas al Comité de Selección para
verificar si los postulantes cumplen con los requisitos de postulación exigidos
en estas Bases.
Para tal efecto,
el Comité de Selección podrá solicitar un informe previo al Departamento de
Gestión de las Personas de la referida Subdirección y al Departamento de
Fiscalía Administrativa de la Subdirección de Contraloría Interna.
El plazo para
llevar a efecto la tarea señalada será de siete días, contados desde la fecha de
finalización del plazo establecido en el título precedente.
3.-
Publicación de nómina de postulantes respecto de los requisitos:
Los
postulantes preseleccionados serán aquellos que hayan cumplido con los
requisitos de postulación establecidos en estas bases, lo que deberá ser
informado por el Comité de Selección.
La nómina que
de cuenta del resultado de esta postulación será publicada en la Intranet del
Servicio, indicando el número de RUT de los postulantes y su situación respecto
del cumplimiento de los requisitos de postulación.
Dicha publicación
será practicada dentro de los diez días siguientes al del cierre de las
postulaciones. .
4.- Modalidad
del Concurso:
Los factores se
evaluarán en forma sucesiva, en dos etapas. Accederán a la etapa siguiente sólo
aquellos postulantes preseleccionados que obtengan los puntajes mínimos que se
establecen para cada factor, de acuerdo a las siguientes normas:
Los puntajes de los factores y subfactores correspondientes a
cada una de las etapas serán los que se asignen de conformidad a las tablas de
valores contenidas en el Anexo N° 1 que se acompaña
a estas Bases y que para todos los efectos, se entiende como parte integrante de
las mismas.
PRIMERA ETAPA:
“Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y “Evaluación
del Desempeño”
En esta etapa se
evaluarán los factores “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y
“Evaluación del Desempeño”, de acuerdo a las siguientes definiciones y normas:
1.
Factor Aptitud para el Cargo:
Este factor comprende el conjunto de competencias, capacidades, formación
sistemática e idoneidad que se establecen como convenientes y aconsejables, de
acuerdo a las exigencias propias del cargo al que se postula y del ejercicio de
las funciones que éste tendrá asignadas. Esta aptitud se evaluará a través de
una Prueba Técnica que se regirá por las normas que
se encuentran contenidas en el Anexo N° 2 que se acompaña a estas bases y que
para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas.
Conforme a lo que
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de
25 %, equivalente a un puntaje que fluctuará entre 0 y 25 puntos según Tabla
“Aptitud para el Cargo” de Anexo N° 1.
El puntaje mínimo
aceptado para pasar a la etapa siguiente será el equivalente al 50% de
respuestas correctas en la Prueba Técnica.
2.
Factor Experiencia Calificada:
Este factor comprende el desempeño de cargos cuyas funciones sean afines o se
justifiquen como precedente útil al desempeño del cargo que se concursa.
Conforme a lo que
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de
25 %, que equivale a un puntaje máximo de 25 puntos, según Tabla “2”.- Factor
“Experiencia Calificada” de Anexo N° “1”.
Dentro de este
factor, se considerarán los siguientes tres subfactores, a saber:
2.1
Subfactor Antigüedad en el grado: Tiempo de permanencia
(en años y fracción) en el mismo grado. Su ponderación será un 20% del factor,
equivalente a un puntaje entre 0 y 5 puntos de la referida Tabla. 2.2
Subfactor Grado de origen:
Proximidad al grado al que está postulando el funcionario. Su ponderación será
un 50% del factor, equivalente a un puntaje entre 0 y 12,5 puntos de la
mencionada Tabla. 2.3
Subfactor Planta de origen: Afinidad con la planta a la que está postulando
el funcionario, en la que deberá desarrollar labores propias del cargo,
relacionadas con el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de
los impuestos. Su ponderación será
un 30% del factor, equivalente a un puntaje que podrá fluctuar entre 5 y 7,5
puntos en la antedicha Tabla.
El puntaje mínimo
de este factor será de 10 puntos.
3.
Factor Evaluación
del Desempeño:
Este factor corresponde a la última calificación obtenida por el postulante, según el
procedimiento establecido en el Párrafo 4 del Título II del Estatuto
Administrativo.
Conforme a lo que
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de
25 %, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos.
Este puntaje se
aplicará directamente sobre la nota de evaluación del desempeño del escalafón
vigente en el año 2009. El puntaje se expresará con tres decimales, aproximando
el cuarto decimal igual o superior a 5, al entero del tercer decimal.
El puntaje mínimo
de este factor será de 11,500 puntos.
Selección de postulantes que pasan a la Segunda
Etapa
Para determinar los postulantes que participarán de la segunda
etapa, el Comité de Selección confeccionará una nómina que contendrá el puntaje
total obtenido por cada postulante, el que será el resultado de la suma de los
tres factores señalados en la Primera Etapa. Dicho puntaje será ordenado en
forma descendente.
El puntaje mínimo aceptado para pasar a la segunda etapa será de
34,000 puntos, que corresponderá a la suma de los puntajes de los tres
factores que comprenden la primera etapa.
No obstante lo
anterior, sólo pasarán a la segunda etapa los 24 postulantes que,
habiendo cumplido con los puntajes mínimos establecidos para cada factor de la
primera etapa, hayan obtenido los puntajes más altos en la sumatoria de los tres
factores de dicha etapa.
En caso de
producirse empate, entre dos o más postulantes, en el menor puntaje considerado
para pasar a la etapa siguiente, se considerará el puntaje superior en el Factor
Experiencia Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio
respecto del Factor Aptitud para el Cargo y si aún persiste el empate se
aplicará el factor Evaluación del Desempeño. Hecho lo anterior y de persistir la
igualdad, se seleccionarán estos últimos postulantes con dicho puntaje, para la
segunda etapa.
Previo al inicio
de la Segunda Etapa, la nómina con los postulantes preseleccionados en la
primera etapa deberá constar en Acta del Comité de Selección debidamente
refrendada por los integrantes de éste. Dicha nómina se publicará en Intranet
con a lo menos dos días de anticipación, al inicio del curso de “Marco
Jurídico”.
SEGUNDA ETAPA: “Capacitación
Pertinente”
En esta etapa se
evaluará el factor “Capacitación Pertinente”, de acuerdo a las siguientes
normas:
Capacitación
Pertinente:
Este factor será evaluado mediante la realización y evaluación de un Curso de
“Marco Jurídico” impartido por el SII cuyos aspectos que dicen relación con el
mismo, consta en el Anexo N° 3 que se acompaña a estas bases y que para todos
los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas.
Conforme a lo que
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de
25 %, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos según lo indicado
en el punto “Capacitación Pertinente” del Anexo N° 1.
El puntaje mínimo
aceptado para esta etapa será el equivalente al 50% de las respuestas correctas
en la Prueba Técnica del curso de “Marco Jurídico”.
DETERMINACIÓN DE
POSTULANTES QUE OCUPARÁN LOS CARGOS VACANTES
Con el objeto de
establecer los postulantes que ocuparán los cargos vacantes en el grado 15° de
la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos, el
Comité de Selección determinará el puntaje total final obtenido por cada
postulante que, habiendo pasado a la Segunda etapa, obtuvo al menos el puntaje
mínimo establecido en el factor “Capacitación Pertinente” de esta última etapa.
El puntaje total final corresponderá a la suma de los cuatro factores evaluados
en cada una de las etapas previas, es decir, “Aptitud para el Cargo”,
“Experiencia Calificada”, “Evaluación del Desempeño” y “Capacitación
Pertinente”.
Posteriormente, el
mismo Comité confeccionará una lista ordenada en forma descendente de acuerdo al
puntaje total final obtenido por cada postulante, informará en su oportunidad el
resultado del concurso y comunicará al Director del Servicio el nombre de los
funcionarios que hayan obtenido los mayores puntajes, de conformidad a lo
establecido en el Art. 40 del “Reglamento”.
Para establecer el
orden descendente de la lista a que se refiere el párrafo anterior, en caso de
producirse empate entre dos o más postulantes, en el puntaje
total final, se considerará el puntaje superior en el Factor Experiencia
Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor
Aptitud para el Cargo, si aún persiste el empate se aplicará igual criterio
respecto del Factor Evaluación del Desempeño, si aún persiste se aplicará la
mayor antigüedad en el Servicio, sin importar el escalafón en el que haya
desempeñado sus funciones el postulante. En el evento que se mantenga la
igualdad, corresponderá al comité de selección determinar el orden de prelación
entre los postulantes empatados.
Los puntajes se
expresaran con tres decimales, aproximando el cuarto decimal igual o superior a
5, al entero del tercer decimal.
El Director del
Servicio o su delegado, notificará personalmente o por carta certificada al
funcionario seleccionado, quien deberá manifestar su aceptación al cargo. Si así
no lo hiciere, el Director nombrará al funcionario con el segundo mayor puntaje
y así sucesivamente hasta completar los postulantes que hubieren alcanzado los
puntajes de aprobación, de conformidad a lo establecido en el Art. 41 del
“Reglamento”.
La nómina que
dé cuenta del resultado del concurso será publicada en la Intranet del Servicio,
indicando el nombre de los funcionarios que ocuparán en calidad de titular los
cargos vacantes. Dicha nómina se publicará dentro de los 10 días siguientes a la
notificación realizada, conforme a
lo establecido en
el Art. 41 del “Reglamento”.
Anótese,
comuníquese a los posibles interesados por correo electrónico y publíquese en la
Intranet del Servicio.
JUAN ALBERTO ROJAS BARRANTI
DIRECTOR (s) Lo que
transcribo a usted para su conocimiento,
Saluda Atentamente,
Distribución: Anexos: Anexo N° 1: Factores y subfactores de selección Anexo N° 2: Prueba técnica Anexo N° 3: Curso de Marco Jurídico |