| 
      
       RESOLUCION EXENTA SIIPERS N°9381 DEL 30 DE JUNIO DEL 2009 
 
Esta 
Dirección Nacional con fecha de hoy, ha dictado la siguiente Resolución:  
  
VISTOS: 
Lo estipulado en los Arts. 14 y 53, del D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de 
Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 16 de marzo del 2005, que fijó el 
Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto 
Administrativo; lo establecido en el D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de 
Hacienda, que Fija el Texto Refundido y Actualizado de las Plantas de Personal 
del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y 
promoción; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio 
de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto 
Administrativo; y  
  
  
CONSIDERANDO: 
  Que 
el artículo 2, número 4, del D.F.L. N° 1, del Ministerio de Hacienda, publicado 
en el Diario Oficial el 9 de julio de 2004, establece los requisitos para 
desempeñar los cargos de la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de 
Impuestos Internos,     Que 
se encuentran actualmente vacantes en este Servicio 12 cargos de Técnicos 
Fiscalizadores Grado 15°, que se deben proveer; y,   
La necesidad del Servicio de Impuestos Internos de efectuar 
promociones del personal.    
  
RESUELVO:  
  
1°    
Llamase a 
concurso interno de promoción para proveer 12 cargos de la planta de 
Técnicos Fiscalizadores grado quince del Servicio de Impuestos Internos, 
para desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con el apoyo en la 
administración, aplicación y fiscalización de los impuestos. 
  
2°     
 
Sólo podrán 
postular al concurso a que se refiere el dispositivo anterior, los funcionarios 
de las plantas de Técnicos Fiscalizadores o Administrativos del Servicio de 
Impuestos Internos, que a la fecha de esta Resolución cumplan con los requisitos 
establecidos en el Art. 27, del Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio 
de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto 
Administrativo, en adelante, “Reglamento” y los establecidos en el N° 4 del Art. 
2 del DFL N° 1  
del 
Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 9 de julio de 2004. 
  
3°     
 
Las postulaciones 
se realizarán en un Formulario especial que para estos efectos pondrá a 
disposición de los funcionarios el Departamento de Formación y Desarrollo de la 
Subdirección de Recursos Humanos.   
  
4°     
La preparación y realización del concurso estará a cargo del Comité de Selección 
creado por Resolución Ex. SIIPERS N° 6715, de 28 de Agosto de 2004, y sus 
posteriores modificaciones. 
  
5°     
 
Todas las 
informaciones relacionadas con el concurso interno a que se refiere el 
dispositivo 1° de esta Resolución, se publicarán en Intranet, en la página 
“Concursos de Personal”. Sin perjuicio de lo anterior, el Subdirector de 
Recursos Humanos en la Dirección Nacional, el Director de Grandes Contribuyentes 
y los Directores Regionales en sus respectivas jurisdicciones deberán adoptar 
las medidas que correspondan para que esta Resolución se encuentre disponible y 
ubicada en lugares visibles en todas las dependencias de sus unidades. 
  
6°     
 
El Comité de 
Selección deberá adoptar las medidas conducentes para que en el concurso se 
cumplan todas y cada una de las disposiciones del D.F.L. N° 1, de 2004, del 
Ministerio de Hacienda, de la Ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y 
sistematizado, fue fijado por el D.F.L. N° 29, del 2004, del mismo Ministerio y 
del “Reglamento”. No obstante, podrá encargar el desarrollo de determinadas 
labores a las unidades o funcionarios del Servicio que para tal efecto designe, 
quienes estarán obligados a cumplir la misión encomendada por él. 
  
7°     
 
De acuerdo a lo 
dispuesto en el artículo 9° del “Reglamento” y para todos los efectos de este 
concurso, los plazos de días se suspenderán los sábado, domingo y festivos. 
  
8°     
El concurso interno llamado por el dispositivo 1° de esta Resolución se regirá 
por las siguientes bases: 
  
  BASES 
CONCURSALES  
  
I.-      CARGOS 
VACANTES OBJETO DEL CONCURSO: 12 
cargos grado 15° E.F., de la planta de Técnicos Fiscalizadores del 
Servicio de Impuestos Internos, contenidos en el D.F.L. N° 1 de 2004, del 
Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido y actualizado de las plantas 
de personal del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de 
ingreso y promoción. 
  
Los funcionarios 
seleccionados, deberán desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con 
el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos. 
  
  
II.-     
REQUISITOS  DE  POSTULACIÓN  
         
 
 
1)   Estar en posesión de los requisitos establecidos para el desempeño del 
cargo. Al efecto y conforme lo establece el Art. 2° N° 4, del D.F.L. N° 1, de 
2004, del Ministerio de Hacienda, alternativamente: 
  
a)   Estar en posesión del título de contador general otorgado por un 
establecimiento de educación media técnico profesional del Estado o reconocido 
por éste; o título profesional o técnico otorgado en ambos casos, por una 
institución de educación superior del Estado o reconocido por éste, en las áreas 
de contabilidad, finanzas, administración y economía y pertenecer a la Planta de 
Administrativos de la institución, en la cual debe haberse desempeñado a lo 
menos durante 2 años, o 
  
b)  
Haber sido encasillado en los cargos de Técnicos Fiscalizadores, en 
conformidad a los requisitos señalados en los artículos transitorios de la Ley 
N° 19.224. 
En ambos 
casos será requisito indispensable, además, haber aprobado el curso de 
capacitación específico para el área, impartido por el Servicio de Impuestos 
Internos. 
  
2)   
 
Haber sido 
calificado en lista N° 1, de distinción, o en lista N° 2, buena, en el período 
inmediatamente anterior, y   3)  
Encontrarse 
nombrado en calidad de titular, en un cargo de la Planta de Técnicos 
Fiscalizadores o de la Planta de Administrativos del Servicio, en los tres 
grados inferiores a los de las vacantes convocadas. En el evento que el número 
de cargos provistos ubicados en grados inferiores de la Planta de Técnicos 
Fiscalizadores sea menor a 20, podrán participar en el concurso los Técnicos 
Fiscalizadores nombrados en esta planta, hasta en los cuatro grados inferiores a 
aquél del cargo a proveer. 
  
Serán inhábiles para ser promovidos a la vacante concursada los funcionarios 
que: 
  a.-  No 
hubieren sido calificados en lista de distinción o buena en el período 
inmediatamente anterior; b.-  No 
hubieren sido calificados durante dos períodos consecutivos; c.-  
Hubieren sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en 
los doce meses anteriores de producida la vacante, y d.-  
Hubieren sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses 
anteriores de producida la vacante. 
  
  
III.-    
CALENDARIO Y  
ETAPAS  DEL  
CONCURSO  
  
1.- Lugar y 
Periodo de postulación: 
  
Conforme a lo 
dispuesto en el resolutivo 3°, los funcionarios interesados en participar en el 
citado concurso de promoción interno deberán presentar sus postulaciones en el 
formulario que para estos efectos pondrá a su disposición el Departamento de 
Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos. 
  
Dicho formulario 
deberá presentarse en dos ejemplares, debiendo quedar en posesión del postulante 
un ejemplar con el timbre de recepción del Departamento Regional de 
Administración de las Direcciones Regionales o de la Oficina de Administración 
de la Dirección de Grandes Contribuyentes, según sea la unidad donde se 
desempeñe el postulante; los demás funcionarios de la Dirección Nacional deberán 
presentarlos en el Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de 
Recursos Humanos, ubicado en calle Almirante Lorenzo Gotuzo N° 124, piso 3, 
Santiago, dentro de los doce días siguientes al de publicación de estas Bases. 
  
Los postulantes 
que presenten algún tipo de discapacidad, deberán informarlo al momento de 
postular, para que de esta forma se puedan tomar todas las medidas pertinentes 
para evitar cualquier dificultad o impedimento adicional en la aplicación de los 
instrumentos de selección que se administrarán,  de manera de garantizar la 
igualdad de oportunidades en su postulación.  
  
2.- Recepción y 
revisión de postulaciones: 
  
El Departamento de 
Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos será el encargado 
de reunir todas las postulaciones y remitirlas al Comité de Selección para 
verificar si los postulantes cumplen con los requisitos de postulación exigidos 
en estas Bases. 
  
Para tal efecto, 
el Comité de Selección podrá solicitar un informe previo al Departamento de 
Gestión de las Personas de la referida Subdirección y al Departamento de 
Fiscalía Administrativa de la Subdirección de Contraloría Interna. 
  
El plazo para 
llevar a efecto la tarea señalada será de siete días, contados desde la fecha de 
finalización del plazo establecido en el título precedente.    
3.- 
Publicación de nómina de postulantes respecto de los requisitos: 
  
Los 
postulantes preseleccionados serán aquellos que hayan cumplido con los 
requisitos de postulación establecidos en estas bases, lo que deberá ser 
informado por el Comité de Selección. 
  
La nómina que 
de cuenta del resultado de esta postulación será publicada en la Intranet del 
Servicio, indicando el número de RUT de los postulantes y su situación respecto 
del cumplimiento de los requisitos de postulación. 
  
Dicha publicación 
será practicada dentro de los diez días siguientes al del cierre de las  
postulaciones.                          . 
  
  
4.- Modalidad 
del Concurso: 
  
Los factores se 
evaluarán en forma sucesiva, en dos etapas. Accederán a la etapa siguiente sólo 
aquellos postulantes preseleccionados que obtengan los puntajes mínimos que se 
establecen para cada factor, de acuerdo a las siguientes normas: 
  
Los puntajes de los factores y subfactores correspondientes a 
cada una de las etapas serán los que se asignen de conformidad a las tablas de 
valores contenidas en el Anexo N° 1 que se acompaña 
a estas Bases y que para todos los efectos, se entiende como parte integrante de 
las mismas.   
  
PRIMERA ETAPA: 
“Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y “Evaluación 
del Desempeño”   
  
En esta etapa se 
evaluarán los factores “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y 
“Evaluación del Desempeño”, de acuerdo a las siguientes definiciones y normas:  
  
1.      
 
Factor Aptitud para el Cargo: 
Este factor comprende el conjunto de competencias, capacidades, formación 
sistemática e idoneidad que se establecen como convenientes y aconsejables, de 
acuerdo a las exigencias propias del cargo al que se postula y del ejercicio de 
las funciones que éste tendrá asignadas. Esta aptitud se evaluará a través de 
una Prueba Técnica que se regirá por las normas que 
se encuentran contenidas en el Anexo N° 2 que se acompaña a estas bases y que 
para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas. 
  
Conforme a lo que 
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 
25 %, equivalente a un puntaje que fluctuará entre 0 y 25 puntos según Tabla 
“Aptitud para el Cargo” de Anexo N° 1. 
  
El puntaje mínimo 
aceptado para pasar a la etapa siguiente será el equivalente al 50% de 
respuestas correctas en la Prueba Técnica.  
  
2.      
 
Factor Experiencia Calificada: 
Este factor comprende el desempeño de cargos cuyas funciones sean afines o se 
justifiquen como precedente útil al desempeño del cargo que se concursa. 
  
Conforme a lo que 
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 
25 %, que equivale a un puntaje máximo de 25 puntos, según Tabla “2”.- Factor 
“Experiencia Calificada” de Anexo N° “1”. 
  
Dentro de este 
factor, se considerarán los siguientes tres subfactores, a saber: 
  2.1 
Subfactor Antigüedad en el grado: Tiempo de permanencia 
(en años y fracción) en el mismo grado. Su ponderación será un 20% del factor, 
equivalente a un puntaje entre 0 y 5 puntos de la referida Tabla. 2.2 
Subfactor Grado de origen: 
Proximidad al grado al que está postulando el funcionario. Su ponderación será 
un 50% del factor, equivalente a un puntaje entre 0 y 12,5 puntos de la 
mencionada Tabla. 2.3 
Subfactor Planta de origen: Afinidad con la planta a la que está postulando 
el funcionario, en la que deberá desarrollar labores propias del cargo, 
relacionadas con el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de 
los impuestos. Su ponderación será 
un 30% del factor, equivalente a un puntaje que podrá fluctuar entre 5 y 7,5 
puntos en la antedicha Tabla.   
El puntaje mínimo 
de este factor será de 10 puntos.   
  
  
3.           
Factor Evaluación 
del Desempeño: 
Este factor corresponde a la última calificación obtenida por el postulante, según el 
procedimiento establecido en el Párrafo 4 del Título II del Estatuto 
Administrativo.  
 
  
Conforme a lo que 
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 
25 %, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos.    
  
Este puntaje se 
aplicará directamente sobre la nota de evaluación del desempeño del escalafón 
vigente en el año 2009. El puntaje se expresará con tres decimales, aproximando 
el cuarto decimal igual o superior a 5, al entero del tercer decimal. 
  
El puntaje mínimo 
de este factor será de 11,500 puntos.   
  Selección de postulantes que pasan a la Segunda 
Etapa 
  
Para determinar los postulantes que participarán de la segunda 
etapa, el Comité de Selección confeccionará una nómina que contendrá el puntaje 
total obtenido por cada postulante, el que será el resultado de la suma de los 
tres factores señalados en la Primera Etapa. Dicho puntaje será ordenado en 
forma descendente. 
  
El puntaje mínimo aceptado para pasar a la segunda etapa será de
34,000 puntos, que corresponderá a la suma de los puntajes de los tres 
factores que comprenden la primera etapa. 
  
No obstante lo 
anterior, sólo pasarán a la segunda etapa los 24 postulantes que, 
habiendo cumplido con los puntajes mínimos establecidos para cada factor de la 
primera etapa, hayan obtenido los puntajes más altos en la sumatoria de los tres 
factores  de dicha etapa. 
  
En caso de 
producirse empate, entre dos o más postulantes, en el menor puntaje considerado 
para pasar a la etapa siguiente, se considerará el puntaje superior en el Factor 
Experiencia Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio 
respecto del Factor Aptitud para el Cargo y si aún persiste el empate se 
aplicará el factor Evaluación del Desempeño. Hecho lo anterior y de persistir la 
igualdad, se seleccionarán estos últimos  postulantes con dicho puntaje, para la 
segunda etapa. 
  
Previo al inicio 
de la Segunda Etapa, la nómina con los postulantes preseleccionados en la 
primera etapa deberá constar en Acta del Comité de Selección debidamente 
refrendada por los integrantes de éste. Dicha nómina se publicará en Intranet  
con a lo menos dos días de anticipación, al inicio del curso de “Marco 
Jurídico”. 
  
  
SEGUNDA ETAPA: “Capacitación 
Pertinente” 
  
En esta etapa se 
evaluará el factor “Capacitación Pertinente”, de acuerdo a las siguientes 
normas: 
  
Capacitación 
Pertinente: 
Este factor será evaluado mediante la realización y evaluación de un Curso de 
“Marco Jurídico” impartido por el SII cuyos aspectos que dicen relación con el 
mismo, consta en el Anexo N° 3 que se acompaña a estas bases y que para todos 
los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas. 
  
Conforme a lo que 
establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 
25 %, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos según lo indicado 
en el punto  “Capacitación Pertinente” del Anexo N° 1. 
  
El puntaje mínimo 
aceptado para esta etapa será el equivalente al 50% de las respuestas correctas 
en la Prueba Técnica del curso de “Marco Jurídico”.  
  
  
DETERMINACIÓN DE 
POSTULANTES QUE OCUPARÁN LOS CARGOS VACANTES  
  
Con el objeto de 
establecer los postulantes que ocuparán los cargos vacantes en el grado 15° de 
la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos, el 
Comité de Selección determinará el puntaje total final obtenido por cada 
postulante que, habiendo pasado a la Segunda etapa, obtuvo al menos el puntaje 
mínimo establecido en el factor “Capacitación Pertinente” de esta última etapa. 
El puntaje total final corresponderá a la suma de los cuatro factores evaluados 
en cada una de las etapas previas, es decir, “Aptitud para el Cargo”, 
“Experiencia Calificada”, “Evaluación del Desempeño” y “Capacitación 
Pertinente”.   
  
Posteriormente, el 
mismo Comité confeccionará una lista ordenada en forma descendente de acuerdo al 
puntaje total final obtenido por cada postulante, informará en su oportunidad el 
resultado del concurso y comunicará al Director del Servicio el nombre de los 
funcionarios que hayan obtenido los mayores puntajes, de conformidad a lo 
establecido en el Art. 40 del “Reglamento”.   
  
Para establecer el 
orden descendente de la lista a que se refiere el párrafo anterior, en caso de 
producirse empate entre dos o más postulantes, en el puntaje 
total final, se considerará el puntaje superior en el Factor Experiencia 
Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor 
Aptitud para el Cargo, si aún persiste el empate se aplicará igual criterio 
respecto del Factor Evaluación del Desempeño, si aún persiste se aplicará la 
mayor antigüedad en el Servicio, sin importar el escalafón en el que haya 
desempeñado sus funciones el postulante. En el evento que se mantenga la 
igualdad, corresponderá al comité de selección determinar el orden de prelación 
entre los postulantes empatados. 
  
Los puntajes se 
expresaran con tres decimales, aproximando el cuarto decimal igual o superior a 
5, al entero del tercer decimal. 
  
El Director del 
Servicio o su delegado, notificará personalmente o por carta certificada al 
funcionario seleccionado, quien deberá manifestar su aceptación al cargo. Si así 
no lo hiciere, el Director nombrará al funcionario con el segundo mayor puntaje 
y así sucesivamente hasta completar los postulantes que hubieren alcanzado los 
puntajes de aprobación, de conformidad a lo establecido en el Art. 41 del 
“Reglamento”.       
La nómina que 
dé cuenta del resultado del concurso será publicada en la Intranet del Servicio, 
indicando el nombre de los funcionarios que ocuparán en calidad de titular los 
cargos vacantes. Dicha nómina se publicará dentro de los 10 días siguientes a la 
notificación realizada, conforme a  
lo establecido en 
el Art. 41 del “Reglamento”.   
  
Anótese, 
comuníquese a los posibles interesados por correo electrónico y publíquese en la 
Intranet del Servicio.  
  
  
                          
                       JUAN ALBERTO ROJAS BARRANTI 
                                                               DIRECTOR (s) Lo que 
transcribo a usted para su conocimiento, 
Saluda Atentamente,  
Distribución: Anexos: Anexo N° 1: Factores y subfactores de selección Anexo N° 2: Prueba técnica Anexo N° 3: Curso de Marco Jurídico  |