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RESOLUCION EXENTA SIIPERS N°9382 DEL 30 DE JUNIO DEL 2009
MATERIA : LLÁMASE A CONCURSO INTERNO DE PROMOCIÓN PARA PROVEER 10 CARGOS DE LA PLANTA DE TÉCNICOS FISCALIZADORES GRADO 16.

Esta Dirección Nacional con fecha de hoy, ha dictado la siguiente Resolución: 

  

VISTOS: Lo estipulado en los Arts. 14 y 53, del D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 16 de marzo del 2005, que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo establecido en el D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija el Texto Refundido y Actualizado de las Plantas de Personal del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y promoción; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; y 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2, número 4, del D.F.L. N° 1, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 9 de julio de 2004, establece los requisitos para desempeñar los cargos de la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos,

 

Que se encuentran actualmente vacantes en este Servicio 10 cargos de Técnicos Fiscalizadores Grado 16°, que se deben proveer; y,

 

La necesidad del Servicio de Impuestos Internos de efectuar promociones del personal.  

 

RESUELVO: 

 

     Llamase a concurso interno de promoción para proveer 10 cargos de la planta de Técnicos Fiscalizadores grado dieciséis del Servicio de Impuestos Internos, para desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos.

 

2°     Sólo podrán postular al concurso a que se refiere el dispositivo anterior, los funcionarios de las plantas de Técnicos Fiscalizadores o Administrativos del Servicio de Impuestos Internos, que a la fecha de esta Resolución cumplan con los requisitos establecidos en el Art. 27, del Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo, en adelante, “Reglamento” y los establecidos en el N° 4 del Art. 2 del DFL N° 1 del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 9 de julio de 2004.

 

3°     Las postulaciones se realizarán en un Formulario especial que para estos efectos pondrá a disposición de los funcionarios el Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos.  

 

     La preparación y realización del concurso estará a cargo del Comité de Selección creado por Resolución Ex. SIIPERS N° 6715, de 28 de Agosto de 2004, y sus posteriores modificaciones.

 

5°     Todas las informaciones relacionadas con el concurso interno a que se refiere el dispositivo 1° de esta Resolución, se publicarán en Intranet, en la página “Concursos de Personal”. Sin perjuicio de lo anterior, el Subdirector de Recursos Humanos en la Dirección Nacional, el Director de Grandes Contribuyentes y los Directores Regionales en sus respectivas jurisdicciones deberán adoptar las medidas que correspondan para que esta Resolución se encuentre disponible y ubicada en lugares visibles en todas las dependencias de sus unidades.

 

6°     El Comité de Selección deberá adoptar las medidas conducentes para que en el concurso se cumplan todas y cada una de las disposiciones del D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda, de la Ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el D.F.L. N° 29, del 2004, del mismo Ministerio y del “Reglamento”. No obstante, podrá encargar el desarrollo de determinadas labores a las unidades o funcionarios del Servicio que para tal efecto designe, quienes estarán obligados a cumplir la misión encomendada por él.

 

7°     De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9° del “Reglamento” y para todos los efectos de este concurso, los plazos de días se suspenderán los sábado, domingo y festivos.

 

     El concurso interno llamado por el dispositivo 1° de esta Resolución se regirá por las siguientes bases: 

 

BASES CONCURSALES 

 

I.-      CARGOS VACANTES OBJETO DEL CONCURSO: 10 cargos grado 16° E.F., de la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos, contenidos en el D.F.L. N° 1 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido y actualizado de las plantas de personal del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y promoción.

 

Los funcionarios seleccionados, deberán desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos. 

 

II.-     REQUISITOS  DE  POSTULACIÓN
        

1)      Estar en posesión de los requisitos establecidos para el desempeño del cargo. Al efecto y conforme lo establece el Art. 2° N° 4, del D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda, alternativamente:

 

a)   Estar en posesión del título de contador general otorgado por un establecimiento de educación media técnico profesional del Estado o reconocido por éste; o título profesional o técnico otorgado en ambos casos, por una institución de educación superior del Estado o reconocido por éste, en las áreas de contabilidad, finanzas, administración y economía y pertenecer a la Planta de Administrativos de la institución, en la cual debe haberse desempeñado a lo menos durante 2 años, o

 

b)   Haber sido encasillado en los cargos de Técnicos Fiscalizadores, en conformidad a los requisitos señalados en los artículos transitorios de la Ley N° 19.224.

En ambos casos será requisito indispensable, además, haber aprobado el curso de capacitación específico para el área, impartido por el Servicio de Impuestos Internos.

 

2)   Haber sido calificado en lista N° 1, de distinción, o en lista N° 2, buena, en el período inmediatamente anterior, y

 

3) Encontrarse nombrado en calidad de titular, en un cargo de la Planta de Técnicos Fiscalizadores o de la Planta de Administrativos del Servicio, en los tres grados inferiores a los de las vacantes convocadas. En el evento que el número de cargos provistos ubicados en grados inferiores de la Planta de Técnicos Fiscalizadores sea menor a 20, podrán participar en el concurso los Técnicos Fiscalizadores nombrados en esta planta, hasta en los cuatro grados inferiores a aquél del cargo a proveer.

 

Serán inhábiles para ser promovidos a la vacante concursada los funcionarios que:

 

a.-  No hubieren sido calificados en lista de distinción o buena en el período inmediatamente anterior;

b.-  No hubieren sido calificados durante dos períodos consecutivos;

c.-  Hubieren sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante, y

d.-  Hubieren sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante. 

 

III.-    CALENDARIO Y ETAPAS  DEL  CONCURSO 

 

1.- Lugar y Periodo de postulación:

 

Conforme a lo dispuesto en el resolutivo 3°, los funcionarios interesados en participar en el citado concurso de promoción interno deberán presentar sus postulaciones en el formulario que para estos efectos pondrá a su disposición el Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos.

 

Dicho formulario deberá presentarse en dos ejemplares, debiendo quedar en posesión del postulante un ejemplar con el timbre de recepción del Departamento Regional de Administración de las Direcciones Regionales o de la Oficina de Administración de la Dirección de Grandes Contribuyentes, según sea la unidad donde se desempeñe el postulante; los demás funcionarios de la Dirección Nacional deberán presentarlos en el Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos, ubicado en calle Almirante Lorenzo Gotuzo 124, piso 3, Santiago, dentro de los doce días siguientes al de publicación de estas Bases.

 

Los postulantes que presenten algún tipo de discapacidad, deberán informarlo al momento de postular, para que de esta forma se puedan tomar todas las medidas pertinentes para evitar cualquier dificultad o impedimento adicional en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán,  de manera de garantizar la igualdad de oportunidades en su postulación. 

 

2.- Recepción y revisión de postulaciones:

 

El Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos será el encargado de reunir todas las postulaciones y remitirlas al Comité de Selección para verificar si los postulantes cumplen con los requisitos de postulación exigidos en estas Bases.

 

Para tal efecto, el Comité de Selección podrá solicitar un informe previo al Departamento de Gestión de las Personas de la referida Subdirección y al Departamento de Fiscalía Administrativa de la Subdirección de Contraloría Interna.

 

El plazo para llevar a efecto la tarea señalada será de siete días, contados desde la fecha de finalización del plazo establecido en el título precedente. 

 

3.- Publicación de nómina de postulantes respecto de los requisitos:

 

Los postulantes preseleccionados serán aquellos que hayan cumplido con los requisitos de postulación establecidos en estas bases, lo que deberá ser informado por el Comité de Selección.

 

La nómina que de cuenta del resultado de esta postulación será publicada en la Intranet del Servicio, indicando el número de RUT de los postulantes y su situación respecto del cumplimiento de los requisitos de postulación.

 

Dicha publicación será practicada dentro de los diez días siguientes al del cierre de las  postulaciones.                          . 

 

4.- Modalidad del Concurso:

 

Los factores se evaluarán en forma sucesiva, en dos etapas. Accederán a la etapa siguiente sólo aquellos postulantes preseleccionados que obtengan los puntajes mínimos que se establecen para cada factor, de acuerdo a las siguientes normas:

 

Los puntajes de los factores y subfactores correspondientes a cada una de las etapas serán los que se asignen de conformidad a las tablas de valores contenidas en el Anexo N° 1 que se acompaña a estas Bases y que para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas. 

 

PRIMERA ETAPA: “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y “Evaluación del Desempeño”  

 

En esta etapa se evaluarán los factores “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y “Evaluación del Desempeño”, de acuerdo a las siguientes definiciones y normas: 

 

1.      Factor Aptitud para el Cargo: Este factor comprende el conjunto de competencias, capacidades, formación sistemática e idoneidad que se establecen como convenientes y aconsejables, de acuerdo a las exigencias propias del cargo al que se postula y del ejercicio de las funciones que éste tendrá asignadas. Esta aptitud se evaluará a través de una Prueba Técnica que se regirá por las normas que se encuentran contenidas en el Anexo N° 2 que se acompaña a estas bases y que para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas.

 

Conforme a lo que establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 25 %, equivalente a un puntaje que fluctuará entre 0 y 25 puntos según Tabla “Aptitud para el Cargo” de Anexo N° 1.

 

El puntaje mínimo aceptado para pasar a la etapa siguiente será el equivalente al 50% de respuestas correctas en la Prueba Técnica.

  

2.      Factor Experiencia Calificada: Este factor comprende el desempeño de cargos cuyas funciones sean afines o se justifiquen como precedente útil al desempeño del cargo que se concursa.

 

Conforme a lo que establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 25 %, que equivale a un puntaje máximo de 25 puntos, según Tabla “2”.- Factor “Experiencia Calificada” de Anexo N° “1”.

 

Dentro de este factor, se considerarán los siguientes tres subfactores, a saber:

 

2.1 Subfactor Antigüedad en el grado: Tiempo de permanencia (en años y fracción) en el mismo grado. Su ponderación será un 20% del factor, equivalente a un puntaje entre 0 y 5 puntos de la referida Tabla.

2.2 Subfactor Grado de origen: Proximidad al grado al que está postulando el funcionario. Su ponderación será un 50% del factor, equivalente a un puntaje entre 0 y 12,5 puntos de la mencionada Tabla.

2.3 Subfactor Planta de origen: Afinidad con la planta a la que está postulando el funcionario, en la que deberá desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos. Su ponderación será un 30% del factor, equivalente a un puntaje que podrá fluctuar entre 5 y 7,5 puntos en la antedicha Tabla.

 

El puntaje mínimo de este factor será de 10 puntos.  

 

3.            Factor Evaluación del Desempeño: Este factor corresponde a la última calificación obtenida por el postulante, según el procedimiento establecido en el Párrafo 4 del Título II del Estatuto Administrativo.

Conforme a lo que establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 25 %, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos. 

 

Este puntaje se aplicará directamente sobre la nota de evaluación del desempeño del escalafón vigente en el año 2009. El puntaje se expresará con tres decimales, aproximando el cuarto decimal igual o superior a 5, al entero del tercer decimal.

 

El puntaje mínimo de este factor será de 11,500 puntos. 

 

Selección de postulantes que pasan a la Segunda Etapa

 

Para determinar los postulantes que participarán de la segunda etapa, el Comité de Selección confeccionará una nómina que contendrá el puntaje total obtenido por cada postulante, el que será el resultado de la suma de los tres factores señalados en la Primera Etapa. Dicho puntaje será ordenado en forma descendente.

 

El puntaje mínimo aceptado para pasar a la segunda etapa será de 34,000 puntos, que corresponderá a la suma de los puntajes de los tres factores que comprenden la primera etapa.

 

No obstante lo anterior, sólo pasarán a la segunda etapa los 20 postulantes que, habiendo cumplido con los puntajes mínimos establecidos para cada factor de la primera etapa, hayan obtenido los puntajes más altos en la sumatoria de los tres factores  de dicha etapa.

 

En caso de producirse empate, entre dos o más postulantes, en el menor puntaje considerado para pasar a la etapa siguiente, se considerará el puntaje superior en el Factor Experiencia Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor Aptitud para el Cargo y si aún persiste el empate se aplicará el factor Evaluación del Desempeño. Hecho lo anterior y de persistir la igualdad, se seleccionarán estos últimos  postulantes con dicho puntaje, para la segunda etapa.

 

Previo al inicio de la Segunda Etapa, la nómina con los postulantes preseleccionados en la primera etapa deberá constar en Acta del Comité de Selección debidamente refrendada por los integrantes de éste. Dicha nómina se publicará en Intranet  con a lo menos dos días de anticipación, al inicio del curso de “Marco Jurídico”.  

 

SEGUNDA ETAPA: “Capacitación Pertinente

 

En esta etapa se evaluará el factor “Capacitación Pertinente”, de acuerdo a las siguientes normas:

 

Capacitación Pertinente: Este factor será evaluado mediante la realización y evaluación de un Curso de “Marco Jurídico” impartido por el SII cuyos aspectos que dicen relación con el mismo, consta en el Anexo N° 3 que se acompaña a estas bases y que para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas.

 

Conforme a lo que establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 25 %, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos según lo indicado en el punto de “Capacitación Pertinente” del Anexo N° 1.

 

El puntaje mínimo aceptado para esta etapa será el equivalente al 50% de las respuestas correctas en la Prueba Técnica del curso de “Marco Jurídico”. 

 

DETERMINACIÓN DE POSTULANTES QUE OCUPARÁN LOS CARGOS VACANTES 

 

Con el objeto de establecer los postulantes que ocuparán los cargos vacantes en el grado 16° de la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos, el Comité de Selección determinará el puntaje total final obtenido por cada postulante que, habiendo pasado a la Segunda etapa, obtuvo al menos el puntaje mínimo establecido en el factor “Capacitación Pertinente” de esta última etapa. El puntaje total final corresponderá a la suma de los cuatro factores evaluados en cada una de las etapas previas, es decir, “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada”, “Evaluación del Desempeño” y “Capacitación Pertinente”.

 

Posteriormente, el mismo Comité confeccionará una lista ordenada en forma descendente de acuerdo al puntaje total final obtenido por cada postulante, informará en su oportunidad el resultado del concurso y comunicará al Director del Servicio el nombre de los funcionarios que hayan obtenido los mayores puntajes, de conformidad a lo establecido en el Art. 40 del “Reglamento”.

 

Para establecer el orden descendente de la lista a que se refiere el párrafo anterior, en caso de producirse empate entre dos o más postulantes, en el puntaje total final, se considerará el puntaje superior en el Factor Experiencia Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor Aptitud para el Cargo, si aún persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor Evaluación del Desempeño, si aún persiste se aplicará la mayor antigüedad en el Servicio, sin importar el escalafón en el que haya desempeñado sus funciones el postulante. En el evento que se mantenga la igualdad, corresponderá al comité de selección determinar el orden de prelación entre los postulantes empatados.

 

Los puntajes se expresaran con tres decimales, aproximando el cuarto decimal igual o superior a 5, al entero del tercer decimal.


El Director del Servicio o su delegado, notificará personalmente o por carta certificada al funcionario seleccionado, quien deberá manifestar su aceptación al cargo. Si así no lo hiciere, el Director nombrará al funcionario con el segundo mayor puntaje y así sucesivamente hasta completar los postulantes que hubieren alcanzado los puntajes de aprobación, de conformidad a lo establecido en el Art. 41 del “Reglamento”.  

 

5.- Publicación de resultados oficiales del concurso

 

La nómina que dé cuenta del resultado del concurso será publicada en la Intranet del Servicio, indicando el nombre de los funcionarios que ocuparán en calidad de titular los cargos vacantes. Dicha nómina se publicará dentro de los 10 días siguientes a la notificación realizada, conforme a lo establecido en el Art. 41 del “Reglamento”.  

 

Anótese, comuníquese a los posibles interesados por correo electrónico y publíquese en la Intranet del Servicio.

 

JUAN ALBERTO ROJAS BARRANTI
DIRECTOR (s)

Lo que transcribo a usted para su conocimiento,

Saluda Atentamente,

Distribución:
- Intranet

Esta Dirección Nacional con fecha de hoy, ha dictado la siguiente Resolución: 

 

VISTOS: Lo estipulado en los Arts. 14 y 53, del D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 16 de marzo del 2005, que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo establecido en el D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija el Texto Refundido y Actualizado de las Plantas de Personal del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y promoción; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; y 

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2, número 4, del D.F.L. N° 1, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 9 de julio de 2004, establece los requisitos para desempeñar los cargos de la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos,

 

Que se encuentran actualmente vacantes en este Servicio 12 cargos de Técnicos Fiscalizadores Grado 15°, que se deben proveer; y,

 

La necesidad del Servicio de Impuestos Internos de efectuar promociones del personal.

 

 

RESUELVO: 

 

     Llamase a concurso interno de promoción para proveer 12 cargos de la planta de Técnicos Fiscalizadores grado quince del Servicio de Impuestos Internos, para desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos.

 

2°     Sólo podrán postular al concurso a que se refiere el dispositivo anterior, los funcionarios de las plantas de Técnicos Fiscalizadores o Administrativos del Servicio de Impuestos Internos, que a la fecha de esta Resolución cumplan con los requisitos establecidos en el Art. 27, del Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo, en adelante, “Reglamento” y los establecidos en el N° 4 del Art. 2 del DFL N° 1 del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 9 de julio de 2004.

 

3°     Las postulaciones se realizarán en un Formulario especial que para estos efectos pondrá a disposición de los funcionarios el Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos.  

 

     La preparación y realización del concurso estará a cargo del Comité de Selección creado por Resolución Ex. SIIPERS N° 6715, de 28 de Agosto de 2004, y sus posteriores modificaciones.

 

5°     Todas las informaciones relacionadas con el concurso interno a que se refiere el dispositivo 1° de esta Resolución, se publicarán en Intranet, en la página “Concursos de Personal”. Sin perjuicio de lo anterior, el Subdirector de Recursos Humanos en la Dirección Nacional, el Director de Grandes Contribuyentes y los Directores Regionales en sus respectivas jurisdicciones deberán adoptar las medidas que correspondan para que esta Resolución se encuentre disponible y ubicada en lugares visibles en todas las dependencias de sus unidades.

 

6°     El Comité de Selección deberá adoptar las medidas conducentes para que en el concurso se cumplan todas y cada una de las disposiciones del D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda, de la Ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el D.F.L. N° 29, del 2004, del mismo Ministerio y del “Reglamento”. No obstante, podrá encargar el desarrollo de determinadas labores a las unidades o funcionarios del Servicio que para tal efecto designe, quienes estarán obligados a cumplir la misión encomendada por él.

 

7°     De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9° del “Reglamento” y para todos los efectos de este concurso, los plazos de días se suspenderán los sábado, domingo y festivos.

 

     El concurso interno llamado por el dispositivo 1° de esta Resolución se regirá por las siguientes bases:

 

 

BASES CONCURSALES 

 

I.-      CARGOS VACANTES OBJETO DEL CONCURSO: 12 cargos grado 15° E.F., de la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos, contenidos en el D.F.L. N° 1 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido y actualizado de las plantas de personal del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y promoción.

 

Los funcionarios seleccionados, deberán desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos.

 

 

II.-     REQUISITOS  DE  POSTULACIÓN 

        

1)   Estar en posesión de los requisitos establecidos para el desempeño del cargo. Al efecto y conforme lo establece el Art. 2° N° 4, del D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda, alternativamente:

 

a)   Estar en posesión del título de contador general otorgado por un establecimiento de educación media técnico profesional del Estado o reconocido por éste; o título profesional o técnico otorgado en ambos casos, por una institución de educación superior del Estado o reconocido por éste, en las áreas de contabilidad, finanzas, administración y economía y pertenecer a la Planta de Administrativos de la institución, en la cual debe haberse desempeñado a lo menos durante 2 años, o

 

b)   Haber sido encasillado en los cargos de Técnicos Fiscalizadores, en conformidad a los requisitos señalados en los artículos transitorios de la Ley N° 19.224.

En ambos casos será requisito indispensable, además, haber aprobado el curso de capacitación específico para el área, impartido por el Servicio de Impuestos Internos.

 

2)   Haber sido calificado en lista N° 1, de distinción, o en lista N° 2, buena, en el período inmediatamente anterior, y

 

3)   Encontrarse nombrado en calidad de titular, en un cargo de la Planta de Técnicos Fiscalizadores o de la Planta de Administrativos del Servicio, en los tres grados inferiores a los de las vacantes convocadas. En el evento que el número de cargos provistos ubicados en grados inferiores de la Planta de Técnicos Fiscalizadores sea menor a 20, podrán participar en el concurso los Técnicos Fiscalizadores nombrados en esta planta, hasta en los cuatro grados inferiores a aquél del cargo a proveer.

 

Serán inhábiles para ser promovidos a la vacante concursada los funcionarios que:

 

a.-  No hubieren sido calificados en lista de distinción o buena en el período inmediatamente anterior;

b.-  No hubieren sido calificados durante dos períodos consecutivos;

c.-  Hubieren sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante, y

d.-  Hubieren sido sancionados con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante.

 

 

III.-    CALENDARIO Y ETAPAS  DEL  CONCURSO 

 

1.- Lugar y Periodo de postulación:

 

Conforme a lo dispuesto en el resolutivo 3°, los funcionarios interesados en participar en el citado concurso de promoción interno deberán presentar sus postulaciones en el formulario que para estos efectos pondrá a su disposición el Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos.

 

Dicho formulario deberá presentarse en dos ejemplares, debiendo quedar en posesión del postulante un ejemplar con el timbre de recepción del Departamento Regional de Administración de las Direcciones Regionales o de la Oficina de Administración de la Dirección de Grandes Contribuyentes, según sea la unidad donde se desempeñe el postulante; los demás funcionarios de la Dirección Nacional deberán presentarlos en el Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos, ubicado en calle Almirante Lorenzo Gotuzo N° 124, piso 3, Santiago, dentro de los doce días siguientes al de publicación de estas Bases.

 

Los postulantes que presenten algún tipo de discapacidad, deberán informarlo al momento de postular, para que de esta forma se puedan tomar todas las medidas pertinentes para evitar cualquier dificultad o impedimento adicional en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán,  de manera de garantizar la igualdad de oportunidades en su postulación. 

 

2.- Recepción y revisión de postulaciones:

 

El Departamento de Formación y Desarrollo de la Subdirección de Recursos Humanos será el encargado de reunir todas las postulaciones y remitirlas al Comité de Selección para verificar si los postulantes cumplen con los requisitos de postulación exigidos en estas Bases.

 

Para tal efecto, el Comité de Selección podrá solicitar un informe previo al Departamento de Gestión de las Personas de la referida Subdirección y al Departamento de Fiscalía Administrativa de la Subdirección de Contraloría Interna.

 

El plazo para llevar a efecto la tarea señalada será de siete días, contados desde la fecha de finalización del plazo establecido en el título precedente. 

 

3.- Publicación de nómina de postulantes respecto de los requisitos:

 

Los postulantes preseleccionados serán aquellos que hayan cumplido con los requisitos de postulación establecidos en estas bases, lo que deberá ser informado por el Comité de Selección.

 

La nómina que de cuenta del resultado de esta postulación será publicada en la Intranet del Servicio, indicando el número de RUT de los postulantes y su situación respecto del cumplimiento de los requisitos de postulación.

 

Dicha publicación será practicada dentro de los diez días siguientes al del cierre de las  postulaciones.                          .

 

 

4.- Modalidad del Concurso:

 

Los factores se evaluarán en forma sucesiva, en dos etapas. Accederán a la etapa siguiente sólo aquellos postulantes preseleccionados que obtengan los puntajes mínimos que se establecen para cada factor, de acuerdo a las siguientes normas:

 

Los puntajes de los factores y subfactores correspondientes a cada una de las etapas serán los que se asignen de conformidad a las tablas de valores contenidas en el Anexo N° 1 que se acompaña a estas Bases y que para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas.  

 

PRIMERA ETAPA: “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y “Evaluación del Desempeño”  

 

En esta etapa se evaluarán los factores “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada” y “Evaluación del Desempeño”, de acuerdo a las siguientes definiciones y normas: 

 

1.      Factor Aptitud para el Cargo: Este factor comprende el conjunto de competencias, capacidades, formación sistemática e idoneidad que se establecen como convenientes y aconsejables, de acuerdo a las exigencias propias del cargo al que se postula y del ejercicio de las funciones que éste tendrá asignadas. Esta aptitud se evaluará a través de una Prueba Técnica que se regirá por las normas que se encuentran contenidas en el Anexo N° 2 que se acompaña a estas bases y que para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas.

 

Conforme a lo que establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 25 %, equivalente a un puntaje que fluctuará entre 0 y 25 puntos según Tabla “Aptitud para el Cargo” de Anexo N° 1.

 

El puntaje mínimo aceptado para pasar a la etapa siguiente será el equivalente al 50% de respuestas correctas en la Prueba Técnica. 

 

2.      Factor Experiencia Calificada: Este factor comprende el desempeño de cargos cuyas funciones sean afines o se justifiquen como precedente útil al desempeño del cargo que se concursa.

 

Conforme a lo que establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 25 %, que equivale a un puntaje máximo de 25 puntos, según Tabla “2”.- Factor “Experiencia Calificada” de Anexo N° “1”.

 

Dentro de este factor, se considerarán los siguientes tres subfactores, a saber:

 

2.1 Subfactor Antigüedad en el grado: Tiempo de permanencia (en años y fracción) en el mismo grado. Su ponderación será un 20% del factor, equivalente a un puntaje entre 0 y 5 puntos de la referida Tabla.

2.2 Subfactor Grado de origen: Proximidad al grado al que está postulando el funcionario. Su ponderación será un 50% del factor, equivalente a un puntaje entre 0 y 12,5 puntos de la mencionada Tabla.

2.3 Subfactor Planta de origen: Afinidad con la planta a la que está postulando el funcionario, en la que deberá desarrollar labores propias del cargo, relacionadas con el apoyo en la administración, aplicación y fiscalización de los impuestos. Su ponderación será un 30% del factor, equivalente a un puntaje que podrá fluctuar entre 5 y 7,5 puntos en la antedicha Tabla.

 

El puntaje mínimo de este factor será de 10 puntos.

 

 

3.            Factor Evaluación del Desempeño: Este factor corresponde a la última calificación obtenida por el postulante, según el procedimiento establecido en el Párrafo 4 del Título II del Estatuto Administrativo.

 

Conforme a lo que establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 25 %, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos. 

 

Este puntaje se aplicará directamente sobre la nota de evaluación del desempeño del escalafón vigente en el año 2009. El puntaje se expresará con tres decimales, aproximando el cuarto decimal igual o superior a 5, al entero del tercer decimal.

 

El puntaje mínimo de este factor será de 11,500 puntos.  

 

Selección de postulantes que pasan a la Segunda Etapa

 

Para determinar los postulantes que participarán de la segunda etapa, el Comité de Selección confeccionará una nómina que contendrá el puntaje total obtenido por cada postulante, el que será el resultado de la suma de los tres factores señalados en la Primera Etapa. Dicho puntaje será ordenado en forma descendente.

 

El puntaje mínimo aceptado para pasar a la segunda etapa será de 34,000 puntos, que corresponderá a la suma de los puntajes de los tres factores que comprenden la primera etapa.

 

No obstante lo anterior, sólo pasarán a la segunda etapa los 24 postulantes que, habiendo cumplido con los puntajes mínimos establecidos para cada factor de la primera etapa, hayan obtenido los puntajes más altos en la sumatoria de los tres factores  de dicha etapa.

 

En caso de producirse empate, entre dos o más postulantes, en el menor puntaje considerado para pasar a la etapa siguiente, se considerará el puntaje superior en el Factor Experiencia Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor Aptitud para el Cargo y si aún persiste el empate se aplicará el factor Evaluación del Desempeño. Hecho lo anterior y de persistir la igualdad, se seleccionarán estos últimos  postulantes con dicho puntaje, para la segunda etapa.

 

Previo al inicio de la Segunda Etapa, la nómina con los postulantes preseleccionados en la primera etapa deberá constar en Acta del Comité de Selección debidamente refrendada por los integrantes de éste. Dicha nómina se publicará en Intranet  con a lo menos dos días de anticipación, al inicio del curso de “Marco Jurídico”.

 

 

SEGUNDA ETAPA: “Capacitación Pertinente

 

En esta etapa se evaluará el factor “Capacitación Pertinente”, de acuerdo a las siguientes normas:

 

Capacitación Pertinente: Este factor será evaluado mediante la realización y evaluación de un Curso de “Marco Jurídico” impartido por el SII cuyos aspectos que dicen relación con el mismo, consta en el Anexo N° 3 que se acompaña a estas bases y que para todos los efectos, se entiende como parte integrante de las mismas.

 

Conforme a lo que establece el artículo 36 del “Reglamento”, este factor tendrá una ponderación de 25 %, equivalente a un puntaje que fluctúa entre 0 y 25 puntos según lo indicado en el punto  “Capacitación Pertinente” del Anexo N° 1.

 

El puntaje mínimo aceptado para esta etapa será el equivalente al 50% de las respuestas correctas en la Prueba Técnica del curso de “Marco Jurídico”. 

 

 

DETERMINACIÓN DE POSTULANTES QUE OCUPARÁN LOS CARGOS VACANTES 

 

Con el objeto de establecer los postulantes que ocuparán los cargos vacantes en el grado 15° de la planta de Técnicos Fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos, el Comité de Selección determinará el puntaje total final obtenido por cada postulante que, habiendo pasado a la Segunda etapa, obtuvo al menos el puntaje mínimo establecido en el factor “Capacitación Pertinente” de esta última etapa. El puntaje total final corresponderá a la suma de los cuatro factores evaluados en cada una de las etapas previas, es decir, “Aptitud para el Cargo”, “Experiencia Calificada”, “Evaluación del Desempeño” y “Capacitación Pertinente”.

 

Posteriormente, el mismo Comité confeccionará una lista ordenada en forma descendente de acuerdo al puntaje total final obtenido por cada postulante, informará en su oportunidad el resultado del concurso y comunicará al Director del Servicio el nombre de los funcionarios que hayan obtenido los mayores puntajes, de conformidad a lo establecido en el Art. 40 del “Reglamento”.

 

Para establecer el orden descendente de la lista a que se refiere el párrafo anterior, en caso de producirse empate entre dos o más postulantes, en el puntaje total final, se considerará el puntaje superior en el Factor Experiencia Calificada. Si persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor Aptitud para el Cargo, si aún persiste el empate se aplicará igual criterio respecto del Factor Evaluación del Desempeño, si aún persiste se aplicará la mayor antigüedad en el Servicio, sin importar el escalafón en el que haya desempeñado sus funciones el postulante. En el evento que se mantenga la igualdad, corresponderá al comité de selección determinar el orden de prelación entre los postulantes empatados.

 

Los puntajes se expresaran con tres decimales, aproximando el cuarto decimal igual o superior a 5, al entero del tercer decimal.

 

El Director del Servicio o su delegado, notificará personalmente o por carta certificada al funcionario seleccionado, quien deberá manifestar su aceptación al cargo. Si así no lo hiciere, el Director nombrará al funcionario con el segundo mayor puntaje y así sucesivamente hasta completar los postulantes que hubieren alcanzado los puntajes de aprobación, de conformidad a lo establecido en el Art. 41 del “Reglamento”.  

 

 

5.- Publicación de resultados oficiales del concurso

 

La nómina que dé cuenta del resultado del concurso será publicada en la Intranet del Servicio, indicando el nombre de los funcionarios que ocuparán en calidad de titular los cargos vacantes. Dicha nómina se publicará dentro de los 10 días siguientes a la notificación realizada, conforme a lo establecido en el Art. 41 del “Reglamento”.  

 

Anótese, comuníquese a los posibles interesados por correo electrónico y publíquese en la Intranet del Servicio. 

 

 

                                                JUAN ALBERTO ROJAS BARRANTI

                                                               DIRECTOR (s)

Lo que transcribo a usted para su conocimiento,

Saluda Atentamente, 

Distribución:

- Intranet
 

Anexos:

Anexo N° 1: Factores y subfactores de selección

Anexo N° 2: Prueba técnica

Anexo N° 3: Curso de Marco Jurídico