Home | Resoluciones 2009 La presente resolución ha sido modificada por la resolución exenta N°129 del 03 de septiembre de 2009.

 

RESOLUCION EXENTA SII N°98 DEL 30 DE JUNIO DEL 2009
MATERIA : REORGANIZA LAS UNIDADES QUE CONFORMAN EL DEPARTAMENTO SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, ESTABLECE SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA Y CREA EL DEPARTAMENTO DE OPERACIONES

Hoy se ha resuelto lo que sigue: 

                                                                       VISTOS: Las necesidades del Servicio; lo preceptuado en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 1980; las facultades que se me confieren en las letras c) y ñ) del artículo 7° de este mismo texto legal; lo dispuesto en la Resolución  N° 379, de 4 de Diciembre de 1991, y sus modificaciones posteriores; en la Resolución  N°  349, de 31 de Diciembre de 1984, y sus modificaciones posteriores;  y lo establecido en la Resolución Ex. N° 7.590, de 15 de noviembre de 1999, de esta Dirección; y,  

                                                                       CONSIDERANDO: Que, es necesario velar por una eficiente administración en la adquisición de bienes y servicios en conformidad a la nueva normativa que regula la materia, la cual está contemplada en la Ley 19.886, sobre compras y contrataciones públicas; 

Que, asimismo, es necesario contar con una gestión que permita desarrollar y mantener la infraestructura del Servicio en niveles óptimos, para contribuir a mejorar la calidad de vida laboral de sus funcionarios y facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes que concurren a nuestras instalaciones; 

Que, dado lo anterior, es necesario adecuar la organización de la Subdirección de Administración, a fin de abordar con éxito y con el máximo de eficacia las labores propias de esa Subdirección; 

                                                                       RESUELVO: 

PRIMERO:   Sustitúyase el N° 1, de la letra A.- de la Resolución N° 379, de 4 de diciembre de 1991,  por lo siguiente: 

“1.- Departamento Subdirección de Administración: 

1.1.  Departamento de Adquisiciones y Gestión de Contratos 

1.2.  Departamento de Finanzas 

1.3.  Departamento de Operaciones 

1.4.  Sección de Comunicación y  Marketing  

SEGUNDO: Al Departamento de Adquisiciones y Gestión de Contratos le corresponden las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 

1.       Establecer las políticas, procedimientos y reglas que rigen la adquisición de bienes y servicios, en conformidad a la ley. 

2.       Llevar a cabo, en forma oportuna y eficiente, los procesos  de adquisiciones de bienes y servicios, para cumplir los requerimientos de los usuarios de la Dirección Nacional, dentro del marco presupuestario y normativo, preparando información respecto a precio-calidad de los productos, para la resolución de las instancias competentes de adjudicación. 

3.       Mantener archivos, registros e información de respaldo de los procesos de adquisiciones que se realicen, los cuales serán posteriormente enviados al Departamento de Finanzas, con la factura correspondiente, para su pago.  

4.       Procesar información y estadísticas que permitan gestionar los procesos de adquisiciones. 

5.       Gestionar administrativamente la ejecución de los contratos en lo relacionado con pagos, vencimientos y las modificaciones necesarias, retroalimentando a los usuarios administradores de los contratos, en las materias de competencia de este Departamento. 

6.       Materializar las relaciones contractuales con los proveedores, en términos formales y oficiales, a través de los medios establecidos para estos efectos. 

7.       Proveer la información relativa a adquisiciones, necesaria para dar cumplimiento a la Ley de Transparencia u otro requerimiento de información solicitado por la ciudadanía. 

8.       Coordinar, asistir y apoyar, cuando corresponda, a los Departamentos de Administración de las Direcciones Regionales, en materias propias de su competencia. 

9.       Cualquier otra tarea o función que, en el ámbito de su competencia, le encomienden el Subdirector de Administración o el Director. 

TERCERO: El Departamento de Adquisiciones y Gestión de Contratos tendrá las siguientes oficinas:

-    Oficina de Abastecimientos

-    Oficina de Licitaciones tecnología de información y Gestión de contratos

-    Oficina de otras licitaciones y gestión de proyectos 

CUARTO: Al Departamento de Finanzas le corresponden las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 

1.- Asesorar a las Subdirecciones, Departamentos y Direcciones Regionales en cualquier aspecto de índole Financiero-Contable y Presupuestario que tenga relación con la administración e inversión de los recursos económicos asignados al SII. 

2.- Proponer normas y procedimientos, con el fin de lograr una adecuada gestión financiera de la Institución, proyectando una estandarización en los procesos afines. 

3.- En base a la información recepcionada de otras áreas del Servicio, le corresponderá calcular y pagar las remuneraciones de los funcionarios de todo el país. 

4.- Llevar los registros financiero-contables, informando del avance de ejecución presupuestaria, con la finalidad de proporcionar información para toma de decisiones. 

5.- Controlar que la recepción de recursos económicos y pagos, se efectúen a través del Departamento de Finanzas. 

6.- Participar en el proceso de formulación presupuestaria del SII y sus Departamentos, de acuerdo a la planificación y a las instrucciones que se impartan sobre la materia. 

7.- Efectuar pagos, transferencias electrónicas y documentos de respaldo emitidos por las diferentes contabilidades, en su condición de cuentadante. 

8.- Remitir Balances e Informes Mensuales de Cuenta de las Contabilidades, en las fechas dispuestas por la Contraloría General de la República y la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. 

9.- Cualquier otra tarea o función que, en el ámbito de su competencia, le encomienden el Subdirector de Administración o el Director. 

QUINTO: El Departamento de Finanzas tendrá las siguientes oficinas: 

-     Oficina de Remuneraciones

-     Oficina de Contabilidad

-     Oficina de Tesorería 

SEXTO: Al Departamento de Operaciones le corresponden las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 

1.-      Diseñar, ejecutar y mantener la infraestructura del Servicio. 

2.-      Representar a la Subdirección de Administración, en su relación con las otras oficinas del Servicio, y frente a otros organismos, en aquellos temas relacionados con la infraestructura del Servicio de Impuestos Internos. 

3.-      Establecer y supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el ámbito de la mantención. 

4.-      Establecer y supervisar la aplicación de todas las medidas que se adopten en materia de seguridad de las instalaciones del Servicio de Impuestos Internos. 

5.-      Velar por la apropiada integración de las distintas especialidades en los proyectos de infraestructura, en función de lograr eficiencia en la gestión de cada una de ellas. 

6.-      Diseñar de proyectos de infraestructura 

7.-      Ser contraparte técnica de los proyectos de Electricidad y Datos. 

8.-      Desde el punto de vista de infraestructura, mantener archivos y bodegas en el marco de la gestión documental. 

9.-      Prestar  apoyo logístico a los distintos proyectos que el Servicio decida realizar.  

10.-    Administrar la Oficina de Partes de la Dirección Nacional del Servicio. 

11.-    Cualquier otra tarea o función que, en el ámbito de su competencia, le encomienden el Subdirector de Administración o el Director  

SEPTIMO: El Departamento de Operaciones tendrá bajo su dependencia las siguientes oficinas: 

-    Oficina de Proyectos de Instalaciones

-    Oficina de Gestión de Proyectos de Infraestructura

-    Oficina de Gestión de Mantención 

OCTAVO: A la Sección de Comunicación  y Marketing le corresponden las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones: 

1.-       Velar porque las comunicaciones masivas que el Servicio realice sean oportunas y claras. Para ello, esta Sección tendrá la responsabilidad de visar las comunicaciones de naturaleza masiva que se implementen institucionalmente. 

2.-       Proponer, diseñar y ejecutar actividades de publicidad y marketing de temas que sean de interés para el Servicio, para un  área en particular del Servicio, o para los contribuyentes. 

3.-       Recopilar información acerca de las necesidades del contribuyente para adaptar las comunicaciones y proponer mejoras a los productos y servicios. 

4.-       Promover la Imagen Corporativa del Servicio y velar por el correcto uso de la marca. 

5.-       Proponer, diseñar y ejecutar estrategias y actividades de comunicación interna, de temas que sean de interés para el Servicio o, para un área en particular del Servicio. 

6.-       Fomentar la educación ciudadana para crear una adecuada conciencia y compromiso tributario. 

7.-       Administrar el sitio Web del SII  y velar por la calidad editorial de éste; esto es, que cuente con información oportuna, actualizada, correcta y clara para que sea útil a los usuarios.

8.-       Proponer y realizar el diseño del sitio web del SII, tanto de Internet como Intranet, incluyendo estructura, contenidos y navegación. 

9.-       Administrar el canal corporativo de TV. 

10.-     Cualquier otra tarea o función que, en el ámbito de su competencia, le encomienden el Subdirector de Administración o el Director. 

NOVENO: La  Sección de Comunicaciones y Marketing tendrá las siguientes oficinas:

-     Oficina de Marketing, Productos y Educación

-     Oficina de Marketing Institucional y Eventos

-     Oficina de Soporte y Medición                                                     

DÉCIMO: Toda referencia al Departamento de Servicios, creado por Resolución Exenta SII  N° 379, de 4 de diciembre de 1991, dependiente del Departamento Subdirección de Administración, deberá entenderse efectuada al Departamento de Adquisiciones y Gestión de Contratos, continuador del  anterior. 

UNDÉCIMO: Déjese sin efecto lo dispuesto en la Resolución  N° 349, de 1984, en todo lo que se oponga al presente acto administrativo. 

 

            ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL 

                                                          

                                                           JUAN ALBERTO ROJAS BARRANTI
                                                                             DIRECTOR  (S)

 

             Lo que transcribo para su conocimiento y demás fines,

 Saluda a Ud.,

 Distribución:
-   A Internet
-   Al Boletín
-   Al Diario Oficial en extracto