“Hoy se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS: Las
facultades que se me confieren en el Artículo 3° y en las letras a), b), c), h)
y n) del Artículo 7 de
la
Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en
el Art. 1° del DFL N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda; lo establecido en
el Artículo 6 letra A, N° 1 del Código Tributario, contenido en el Artículo 1°
del D.L. N° 830/74; lo dispuesto por esta Dirección mediante Resoluciones Exentas
Nos. 34 del 24 de Agosto de 2001, 45 del 19 de Noviembre del mismo año y 211
del 31 de diciembre de 2009 y las necesidades del Servicio,
CONSIDERANDO:
1º. Que, por medio de
la Res. Ex. N° 34, de fecha
24/08/2001, se creó con dependencia jerárquica de
la Dirección Nacional,
el Departamento Subdirección de Fiscalización denominado “Dirección Grandes
Contribuyentes”, fijándosele las atribuciones, responsabilidades y obligaciones
que en la misma resolución se indican, señalando que para los efectos de la
misma se entenderá por “Grandes Contribuyentes”, cualquiera sea su capital,
denominación, domicilio, organización, monto de ventas o sector económico,
aquel que conste en una nómina que fijará el Director mediante resolución.
2º. Que, por otra parte, a través de
la Res. Ex. N° 211 del 31 de
diciembre de 2009, se fijó
la
Nómina de “Grandes Contribuyentes” para los efectos señalados
en dispositivo 3° de
la Res.
Ex. N° 34, ya citada, sobre la base de criterios de selección
que en esta última se indicaron. También se señala expresamente, que
la Nómina se actualizará con
aquellos contribuyentes cuya inclusión o exclusión autorice el suscrito.
3º. Que, la solicitud de incorporación a
la citada Nómina fue presentada con fecha 20 de enero del año 2010, por don Vlamir Domic Cárdenas, Rut N°
10.362.371-5, debidamente facultado para ello, conjuntamente con antecedentes
fundantes de su solicitud.
4°. Que se trata de un contribuyente que registra un ingreso anual superior a 360.000
UTM en los años comerciales 2007, 2008 y 2009, procediendo
por tanto la inclusión en
la Nómina de Grandes Contribuyentes, toda vez que el
contribuyente cumple con el criterio contenido en la letra a) del resolutivo N°
2, de
la Resolución Ex.
N° 211 del 31 de diciembre de 2009.
5º.
Que el N° 9 de
la
Resolución Ex. N° 211 del 31 de diciembre de 2009 dispone “9°.- Los contribuyentes
incluidos en
la Nómina
de Grandes Contribuyentes y que constan en el Anexo A adjunto, podrán ser
excluidos de la misma, previa solicitud fundada presentada en
la Dirección Nacional
de este Servicio, dirigida al Subdirector de Fiscalización.” Continúa señalando que “Así también, previa presentación debidamente fundamentada ante
la Dirección Grandes
Contribuyentes, los contribuyentes que no hayan sido incluidos por el Servicio,
podrán solicitar ser incorporados en
la Nómina de Grandes Contribuyentes. En ambos casos, será el Director quien
resolverá sobre la base del fundamento y los antecedentes que aporte el
solicitante, notificándole su decisión. “
RESUELVO:
HA LUGAR a la
solicitud de incorporación a
la Nómina
de “Grandes Contribuyentes”, fijada mediante Resolución Exenta N° 45 del 19 de
noviembre del año 2001, modificada y actualizada por
la Resolución Exenta
N° 211 del 31 de diciembre del año
2009, a la sociedad que a continuación se
individualiza:
CONTRIBUYENTE:
R.U.T. N°:
DOMICILIO: |
INVERSIONES
ALSACIA S.A.
99.577.400-3
SANTA
CLARA N°555, HUECHURABA.
REGIÓN
METROPOLITANA. |
La Dirección Regional que a la
fecha de entrada en vigencia de esta resolución, haya asumido la fiscalización
directa o el conocimiento de las peticiones administrativas, del contribuyente
incorporado a
la Nómina,
deberá continuar con los trámites y diligencias propias de dicha fiscalización
o solicitud hasta su debido término, informando de ello a la "Dirección
Grandes Contribuyentes", salvo que el Director de la “Dirección Grandes
Contribuyentes” estime necesario ejecutar la revisión respectiva en aquella
unidad.
La
presente resolución regirá a contar de la fecha de su notificación.
ANÓTESE Y NOTIFÍQUESE
(FDO.) PABLO GONZALEZ
SUAU
DIRECTOR (S)
Lo que transcribo a
Ud. para su conocimiento y demás fines.”
VVM/NLR/IVN
Distribución:
- Contribuyente: INVERSIONES ALSACIA S.A.
Rep.legal: Vlamir Domic Cárdenas, Rut N° 10.362.371-5
Santa Clara N° 555, Huechuraba,R.M.
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