RESOLUCION EXENTA SII N°45 DEL 01 DE MARZO DEL 2010
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en las letras c), j)
y ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos,
contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de
Hacienda; lo establecido en los artículos 41 y 59 de la Ley N° 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto
refundido coordinado y sistematizado se contiene en el Decreto con Fuerza de
Ley N° 1-19.653, de 13 Diciembre de 2000, del Ministerio Secretaría General de
la Presidencia; la Res. Ex. SII N° 104, de 2009; y CONSIDERANDO: 1.- Que, razones de buen servicio hacen necesario modificar la
Resolución Exenta SII N° 104, de 20 de julio de 2009, de esta Dirección
Nacional, en la que se suprime el Departamento Tribunal Tributario y Oficina
Jurídica, y crea Departamento Jurídico y Oficina de Procedimientos
Administrativos Tributarios en la II Dirección Regional de Antofagasta; delega
facultades que señala y autoriza delegación de facultades que indica. 2.-
Que, de acuerdo al artículo 2° numeral 17 de la Ley N°20.322 que Fortalece y Perfecciona
la Jurisdicción Tributaria y Aduanera, se incorpora el Artículo 123 bis al Código
Tributario, contenido en el Decreto Ley N°830, de 1974, referido a la
procedencia del recurso de reposición administrativa. RESUELVO: 1.- REEMPLÁCESE la expresión “Tramitar” por “Resolver” contenida en el
numeral 3.- del resolutivo noveno de la Resolución Exenta SII N° 104, de 20 de julio de 2009. 2.- INCORPÓRESE la frase “o que denieguen
cualquiera de las peticiones a que se refiere el artículo 126 del citado cuerpo
legal”, al numeral 2.- del resolutivo décimo de la
Resolución Exenta SII N°104, de 20 de julio de 2009. 3.- INCORPÓRESE al resolutivo décimo de la Resolución Exenta SII N°104, de
20 de julio de 2009, el siguiente numeral 3.-, nuevo: “3.- Resolver los
recursos de reposición administrativa interpuestos por los contribuyentes respecto
de resoluciones dictadas por el Director Regional.” ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN
EXTRACTO, (Fdo.) PABLO GONZÁLEZ SUAU Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y
demás fines. PSO/MLA/CGG/SMG DISTRIBUCIÓN: |