RESOLUCION EXENTA SII N°99 DEL 16 DE JUNIO DEL 2010
Hoy se ha
resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N° 20.175;
los artículos 4° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos
contenida en el D.F.L N° 7, de 1980, del
Ministerio de Hacienda, la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; el D.F.L N° 10 de 2007, del
Ministerio de Hacienda, el artículo único del D.F.L N° 1,
el artículo 1° del D.F.L N° 40, ambos de 2004, del Ministerio de Hacienda, la
Ley N° 20.431 y la Res. Ex. N° 68 de 2008 CONSIDERANDO: 1.- Que,
la Ley N° 20.175 creó la XV Región de Arica y Parinacota, capital Arica, que
comprende las provincias de Arica y Parinacota; 2.- Que,
en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley Orgánica del Servicio de
Impuestos Internos, esta Institución tiene una Dirección Regional en cada
Región del país y cuatro en la Región Metropolitana: 3.- Que, por su parte, el artículo 7°,
letra ñ, del mismo cuerpo legal, otorga facultades al Director para fijar y
modificar la organización interna de las unidades de este Servicio; 4.- Que, a su vez, el D.F.L N° 11, del
Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de 2 de Octubre 2007, la
Res. Ex. N° 68, de 2008, dispuso la instalación de la Dirección Regional de la
XV Región de Arica y Parinacota, con sede en la ciudad de Arica, con jurisdicción
sobre el territorio de las comunas de Arica, Camarones, Putre y General Lagos; 5.- Que
la Ley N° 20.431, en su artículo 6° N° 3, modificó el inciso segundo del artículo 4° de la Ley Orgánica del Servicio
de Impuestos Internos, asignándole a la Dirección Regional instalada en la XV Región
de Arica y Parinacota, el número “XVIII” y la denominación de “Arica”; 6.- Que lo anterior implica la necesidad de modificar la Res. Ex. N° 68, de
2008, acogiendo la numeración y denominación asignada en el actual texto del
inciso segundo del artículo 4°, de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos
Internos, a la Dirección Regional instalada por dicha resolución, bajo la
denominación de “Dirección Regional de la Región de Arica y Parinacota”; RESUELVO: 1°.- Modifícase la Res. Ex. N° 68, de 2008 y
todas las posteriores que hagan referencia a la Dirección Regional de la Región
de Arica y Parinacota, en el sentido que dicha Dirección Regional, se debe
identificar bajo el siguiente guarismo y denominación: “XVIII Dirección
Regional, Arica”. 2°.- La presente resolución regirá desde la fecha
de la publicación de su extracto en el Diario Oficial. ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO. (FDO)
JULIO PEREIRA GANDARILLAS Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes. - INTERNET |