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RESOLUCION EXENTA SII N°01 DEL 06 DE ENERO DEL 2011
MATERIA : COMPLEMENTA RESOLUCIÓN EXENTA SII N°79 DEL 30 DE ABRIL DEL 2010, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS Lo dispuesto en las leyes Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la Administración Pública ; los Arts. 2°, 3 bis, y 7° letras a), b), c) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos contenida en el Art. Primero del D.F.L. Nº 7, de Hacienda, de 1980; lo establecido en el Art. 6° letra A, Nº 1 del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. Nº 830, de 1974; lo preceptuado en el Art. 6° de la Ley N ° 20.431, publicada en el Diario Oficial con fecha 30 de Abril de 2010; la Resolución Exenta SII N° 79, de esa misma fecha, y la Resolución Exenta SII N° 134, de 20 de agosto de 2010.

CONSIDERANDO:

1°.- Que, el artículo 2 del D.F.L. N°7 precitado, establece que el Servicio está constituido por la Dirección Nacional y su Dirección de Grandes Contribuyentes, ambas con sede en la capital de la República, y por las Direcciones Regionales.

2°.- Que, el artículo 3 bis del texto legal citado, fija la competencia de la Dirección de Grandes Contribuyentes sobre los contribuyentes calificados como grandes contribuyentes por resolución del Director, cualquiera fuera su domicilio.

3°.- Que, los contribuyentes que se individualizan en la parte resolutiva de la presente resolución, cumplen con uno o más de los requisitos establecidos en los Resolutivos 2° y/o 4° de la Resolución Exenta SII N° 79, de 30 de abril de 2010.

4°.- Que, mediante la Resolución Exenta N ° 134, de este Servicio, de fecha 20 de agosto de 2010, se complementó la Resolución Exenta N° 79, del mismo año.

5° Que, en consideración al constante interés de este Servicio por mejorar y facilitar los procesos de asistencia y fiscalización de todos los contribuyentes a lo largo del país, se hace necesario complementar la Nómina de Grandes Contribuyentes de la Dirección de Grandes Contribuyentes.

6°.- Que, con el mérito de las razones expresadas precedentemente,

RESUELVO:

COMPLEMÉNTASE la Nómina de Grandes Contribuyentes contenida en el Anexo “A” de la Resolución Ex. SII N° 79, de 30 de abril de 2010, con los contribuyentes que se individualizan a continuación:

RUT

DV

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

59094210

3

OBRASCÓN HUARTE LAÍN S.A.

61214000

6

SERVICIOS PORTUARIOS PATILLO S.A.

61704000

K

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

70081200

6

ASOCIACIÓN NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL

76009698

9

INVERSIONES HORNITOS S.A.

76087414

0

MINERA GOLDCORP CHILE SpA

76089505

9

INVERSIONES CABURGA UNO S.A.

76089553

9

INVERSIONES CABURGA DOS LTDA.

76101812

4

SOPROLE S.A.

76102955

K

SOPROLE INVERSIONES S.A.

76115132

0

CANAL 13 SpA

76122825

0

EMELAT INVERSIONES S.A.

76122827

7

EMELAT TRANSMISIÓN S.A.

76122831

5

EMELECTRIC INVERSIONES S.A.

76122833

1

EMELECTRIC TRANSMISIÓN S.A.

76123032

8

EMETAL TRANSMISIÓN S.A.

76708710

1

CENTRAL TERMOELÉCTRICA ANDINA S.A.

76938030

2

AMEC INTERNATIONAL INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

77950280

5

BHP BILLITON CHILE INVERSIONES LIMITADA

85896100

9

EQUIFAX CHILE S.A.

96511870

5

DAIRY ENTERPRISES (CHILE) LTDA.

96672160

K

TELEFÓNICA LARGA DISTANCIA S.A.

96759500

4

INVERSIONES VITAL S.A.

96815310

2

AURUM S.A.

96936210

4

INVERSIONES CENTRALCORP LTDA.

96956680

K

INVERSIONES ALUMCO S.A.

99589040

2

COMPAÑÍA MINERA PUNTA DE LOBOS LTDA.

 

2° La presente resolución regirá a partir de la fecha de su publicación, en extracto, en el Diario Oficial y consecuentemente, se ceñirán a ella todas las actuaciones de fiscalización que se inicien a contar de su vigencia.

3° Las Direcciones Regionales u otras unidades del Servicio que, a la fecha de entrada en vigencia de esta Resolución, hayan asumido la fiscalización directa o el conocimiento de solicitudes o peticiones administrativas que hubieren sido presentadas por los contribuyentes que son incorporados al Anexo A de la Resolución Ex. SII N° 79, de 30 de abril de 2010,  por la presente complementación, deberán continuar con los trámites y diligencias propias de dicha fiscalización o solicitud hasta su debido término, informando de ello a la Dirección de Grandes Contribuyentes.

4° Actualícese en el sitio web del Servicio, (www.sii.cl) el enlace mediante el cual los contribuyentes tienen acceso a la Nómina de Grandes Contribuyentes, dentro del menú de Asistencia al Contribuyente, conforme la Res. Ex. SII N° 79, de 2010.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL

 

 

(FDO.) JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

Lo que transcribo para su conocimiento y demás fines.

BMA/OVL/IVN
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