RESOLUCION EXENTA SII N°01 DEL 06 DE ENERO DEL 2011
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS Lo dispuesto en las leyes Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, y 19.880, que establece bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de la Administración Pública
; los Arts. 2°, 3 bis, y 7° letras a), b), c) de la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos contenida en el Art. Primero del D.F.L. Nº
7, de Hacienda, de 1980; lo establecido en el Art. 6° letra A, Nº 1 del Código
Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. Nº 830, de 1974; lo preceptuado en
el Art. 6° de la Ley N
°
20.431, publicada en el Diario Oficial con fecha 30 de Abril de 2010; la Resolución Exenta SII
N° 79, de esa misma fecha, y la Resolución Exenta SII
N° 134, de 20 de agosto de 2010. CONSIDERANDO: 1°.- Que, el artículo 2 del D.F.L. N°7 precitado, establece que el
Servicio está constituido por la Dirección Nacional y su Dirección de Grandes
Contribuyentes, ambas con sede en la capital de la República, y por las
Direcciones Regionales. 2°.- Que, el artículo 3 bis del texto legal citado, fija la competencia
de la Dirección de Grandes Contribuyentes sobre los contribuyentes calificados
como grandes contribuyentes por resolución del Director, cualquiera fuera su
domicilio. 3°.- Que, los contribuyentes que se individualizan en la parte
resolutiva de la presente resolución, cumplen con uno o más de los requisitos
establecidos en los Resolutivos 2° y/o 4° de la Resolución Exenta SII
N° 79, de 30 de abril de 2010. 4°.- Que, mediante la Resolución Exenta N
° 134, de este Servicio, de
fecha 20 de agosto de 2010, se complementó la Resolución Exenta N° 79, del mismo año. 5° Que, en consideración al constante interés de este Servicio por
mejorar y facilitar los procesos de asistencia y fiscalización de todos los
contribuyentes a lo largo del país, se hace necesario complementar la Nómina de
Grandes Contribuyentes de la Dirección de Grandes Contribuyentes. 6°.- Que, con el mérito de las razones expresadas precedentemente, RESUELVO: 1° COMPLEMÉNTASE la Nómina de
Grandes Contribuyentes contenida en el Anexo “A” de la Resolución Ex. SII
N° 79, de 30 de abril de 2010, con los contribuyentes que se individualizan a
continuación: RUT DV NOMBRE O RAZÓN SOCIAL 59094210 3 OBRASCÓN HUARTE LAÍN S.A. 61214000 6 SERVICIOS PORTUARIOS PATILLO S.A. 61704000 K CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE 70081200 6 ASOCIACIÓN NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL 76009698 9 INVERSIONES HORNITOS S.A. 76087414 0 MINERA GOLDCORP CHILE SpA 76089505 9 INVERSIONES CABURGA UNO S.A. 76089553 9 INVERSIONES CABURGA DOS LTDA. 76101812 4 SOPROLE S.A. 76102955 K SOPROLE INVERSIONES S.A. 76115132 0 CANAL 13 SpA 76122825 0 EMELAT INVERSIONES S.A. 76122827 7 EMELAT TRANSMISIÓN S.A. 76122831 5 EMELECTRIC INVERSIONES S.A. 76122833 1 EMELECTRIC TRANSMISIÓN S.A. 76123032 8 EMETAL TRANSMISIÓN S.A. 76708710 1 CENTRAL TERMOELÉCTRICA ANDINA S.A. 76938030 2 AMEC INTERNATIONAL INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA 77950280 5 BHP BILLITON CHILE INVERSIONES LIMITADA 85896100 9 EQUIFAX CHILE S.A. 96511870 5 DAIRY ENTERPRISES (CHILE) LTDA. 96672160 K TELEFÓNICA LARGA DISTANCIA S.A. 96759500 4 INVERSIONES VITAL S.A. 96815310 2 AURUM S.A. 96936210 4 INVERSIONES CENTRALCORP LTDA. 96956680 K INVERSIONES ALUMCO S.A. 99589040 2 COMPAÑÍA MINERA PUNTA DE LOBOS LTDA. 2° La presente resolución regirá a partir de la
fecha de su publicación, en extracto, en el Diario Oficial y consecuentemente,
se ceñirán a ella todas las actuaciones de fiscalización que se inicien a
contar de su vigencia. 3° Las Direcciones Regionales u otras unidades del
Servicio que, a la fecha de entrada en vigencia de esta Resolución, hayan
asumido la fiscalización directa o el conocimiento de solicitudes o peticiones
administrativas que hubieren sido presentadas por los contribuyentes que son
incorporados al Anexo A de la Resolución Ex. SII N° 79, de 30 de abril de
2010, por la presente complementación, deberán continuar con los trámites y diligencias propias de dicha fiscalización
o solicitud hasta su debido término, informando de ello a la Dirección de
Grandes Contribuyentes. 4° Actualícese
en el sitio web del Servicio, (www.sii.cl) el enlace mediante el cual los
contribuyentes tienen acceso a la Nómina de Grandes Contribuyentes, dentro del
menú de Asistencia al Contribuyente, conforme la Res. Ex. SII
N° 79,
de 2010. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN
EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL (FDO.) JULIO PEREIRA
GANDARILLAS Lo que transcribo para su conocimiento y demás
fines. BMA/OVL/IVN |