RESOLUCION EXENTA SII N°141 DEL 09 DE DICIEMBRE DEL 2011
1º Que, por medio
de la Resolución Ex. N° 34, de fecha 24 de agosto de 2001, se creó con
dependencia jerárquica de la Dirección Nacional, el Departamento Subdirección
de Fiscalización denominado “Dirección Grandes Contribuyentes”, fijándosele las
atribuciones, responsabilidades y obligaciones que en la misma resolución se
indican, señalando que, para los efectos de la misma se entenderá por “Grandes
Contribuyentes”, cualquiera sea su capital, denominación, domicilio, organización,
monto de ventas o sector económico, aquel contribuyente que conste en una
nómina que fijará el Director mediante resolución. 2º Que, por otra
parte, a través de la Resolución Ex. N° 79 del 30 de Abril de 2010, se fijó la
Nómina de “Grandes Contribuyentes” para los efectos señalados en dispositivo 3°
de la Res. Ex. N° 34, ya citada, sobre la base de criterios de selección
fijados por aquella. También se señala expresamente que la citada Nómina se
actualizará con aquellos contribuyentes cuya inclusión o exclusión autorice el
suscrito. 3° Que, la Resolución
Ex. N° 44, del 31 de marzo de 2004, que crea la Oficina de Atención y
Asistencia a Grandes Contribuyentes, dispuso en el N° 4 de su resolutivo 1°,
que los Contribuyentes de la Nómina Grandes Contribuyentes, cuyas casas
matrices no estén en la Región Metropolitana, podrán indistintamente hacer sus
presentaciones en la Dirección Regional correspondiente
a su jurisdicción o en la Dirección de Grandes Contribuyentes. 4° Que, mediante
presentación de fecha 28 de Julio del año 2011, don Javier Sheward
Mardones, RUT N°4.873.519-3, en su calidad de representante legal del
contribuyente INVERSIONES ALICANTE
LIMITADA, RUT N° 96.978.160-3,
solicita su exclusión de la citada Nómina. Dicha sociedad fue incluida
en la Nómina de la referencia mediante Resolución Exenta SII N° 211 del 31 de
Diciembre de 2009, página 8. 5º Que, la
Dirección Grandes Contribuyentes, mediante Oficio Ordinario N° 880 de fecha 03
de Octubre de 2011, informó -a ésta Dirección- sobre la situación
administrativa y tributaria del contribuyente, indicando que no registra
trámites pendientes y que cumple con más de un criterio de inclusión
contemplados en la Resolución Ex N° 79, de 30.04 2010, así como por un criterio
cualitativo, por lo que considera que no se justifica la exclusión del mismo de
la referida Nómina. 1°
NO HA LUGAR a la solicitud de exclusión a la Nómina de “Grandes
Contribuyentes”, fijada mediante Resoluciones Exentas N° 79, de 30.04.2010, N°
211 del 31.12.2009 página 8, N° 68 de
02.12.2003, N° 92, de 01.08.2006, N° 39 de 22.03.2007, N° 173, de
31.12.2008, al contribuyente que, a
continuación, se individualiza: CONTRIBUYENTE: INVERSIONES ALICANTE LIMITADA RUT: 96.978.160-3 DOMICILIO: AV. LIBERTAD 1405, OFICINA 1601, VIÑA
DEL MAR. 2° Sin perjuicio de lo
dispuesto en el resolutivo anterior, el contribuyente individualizado podrá dar
cumplimiento a las notificaciones de requerimiento de antecedentes que le sean
practicadas por la Dirección Grandes Contribuyentes, aportando la documentación
solicitada en las oficinas de la Dirección Regional correspondiente a su
domicilio. (FDO) JULIO
PEREIRA GANDARILLAS Lo que transcribo a Ud. para
su conocimiento y demás fines.” |