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RESOLUCION EXENTA SII N°141 DEL 09 DE DICIEMBRE DEL 2011
MATERIA : DENIEGA SOLICITUD DE EXCLUSIÓN DE NÓMINA DE GRANDES CONTRIBUYENTES A INVERSIONES ALICANTE LIMITADA, RUT N° 96.978.160-3

VISTOS: Las facultades que me confieren el Art. 3° y las letras a), b) y c) del Art. 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Art. 1° del D.F.L. N° 7, de 1980 del Ministerio de Hacienda; lo establecido en el Artículo 6 letra A, N° 1 del Código Tributario, contenido en el Artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; lo dispuesto en Resoluciones Exentas N° 34, del 24 de agosto de 2001, N° 45, del 19 de noviembre del mismo año, N° 68, del 02 de diciembre de 2003, N° 44, del 31 de marzo de 2004, N° 92, del 01 de agosto de 2006, N° 3, de 22 de marzo de 2007, N° 173, del 31 de diciembre de 2008,y, N° 211, del 31 de diciembre de 2009, N° 79 de 30 de abril de 2010, todas de este Servicio; y


CONSIDERANDO:

1º   Que, por medio de la Resolución Ex. N° 34, de fecha 24 de agosto de 2001, se creó con dependencia jerárquica de la Dirección Nacional, el Departamento Subdirección de Fiscalización denominado “Dirección Grandes Contribuyentes”, fijándosele las atribuciones, responsabilidades y obligaciones que en la misma resolución se indican, señalando que, para los efectos de la misma se entenderá por “Grandes Contribuyentes”, cualquiera sea su capital, denominación, domicilio, organización, monto de ventas o sector económico, aquel contribuyente que conste en una nómina que fijará el Director mediante resolución. 

2º   Que, por otra parte, a través de la Resolución Ex. N° 79 del 30 de Abril de 2010, se fijó la Nómina de “Grandes Contribuyentes” para los efectos señalados en dispositivo 3° de la Res. Ex. N° 34, ya citada, sobre la base de criterios de selección fijados por aquella. También se señala expresamente que la citada Nómina se actualizará con aquellos contribuyentes cuya inclusión o exclusión autorice el suscrito.  

3° Que, la  Resolución  Ex. N° 44, del 31 de marzo de 2004, que crea la Oficina de Atención y Asistencia a Grandes Contribuyentes, dispuso en el N° 4 de su resolutivo 1°, que los Contribuyentes de la Nómina Grandes Contribuyentes, cuyas casas matrices no estén en la Región Metropolitana, podrán indistintamente hacer sus presentaciones en la Dirección Regional correspondiente a su jurisdicción o en la Dirección de Grandes Contribuyentes.

4°  Que, mediante presentación de fecha 28 de Julio del año 2011, don Javier Sheward Mardones, RUT N°4.873.519-3, en su calidad de representante legal del contribuyente INVERSIONES ALICANTE LIMITADA, RUT N° 96.978.160-3,  solicita su exclusión de la citada Nómina. Dicha sociedad fue incluida en la Nómina de la referencia mediante Resolución Exenta SII N° 211 del 31 de Diciembre de 2009, página 8.

5º    Que, la Dirección Grandes Contribuyentes, mediante Oficio Ordinario N° 880 de fecha 03 de Octubre de 2011, informó -a ésta Dirección- sobre la situación administrativa y tributaria del contribuyente, indicando que no registra trámites pendientes y que cumple con más de un criterio de inclusión contemplados en la Resolución Ex N° 79, de 30.04 2010, así como por un criterio cualitativo, por lo que considera que no se justifica la exclusión del mismo de la referida Nómina.


RESUELVO:

1°      NO HA LUGAR a la solicitud de exclusión a la Nómina de “Grandes Contribuyentes”, fijada mediante Resoluciones Exentas N° 79, de 30.04.2010, N° 211 del 31.12.2009  página 8, N° 68 de 02.12.2003, N°  92, de 01.08.2006, N° 39 de 22.03.2007, N° 173, de 31.12.2008,  al contribuyente que, a continuación, se individualiza: 

CONTRIBUYENTE: INVERSIONES ALICANTE LIMITADA

RUT: 96.978.160-3

DOMICILIO: AV. LIBERTAD 1405, OFICINA 1601, VIÑA DEL MAR.  

2° Sin perjuicio de lo dispuesto en el resolutivo anterior, el contribuyente individualizado podrá dar cumplimiento a las notificaciones de requerimiento de antecedentes que le sean practicadas por la Dirección Grandes Contribuyentes, aportando la documentación solicitada en las oficinas de la Dirección Regional correspondiente a su domicilio.


ANOTESE, COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL 

 

 

(FDO) JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines.”

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