RESOLUCION EXENTA SII N°40 DEL 24 DE MARZO DEL 2011
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo
dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el
Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en
CONSIDERANDO: 1° Que, en
2° Que,
los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero, han solicitado
incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en
3° Que, los contribuyentes listados en el
dispositivo primero, cumplen con los requisitos establecidos en la referida
Res. Ex. SII N°150, de diciembre de 2005 y, han efectuado las pruebas
requeridas para el SII para acogerse al modelo de operación de Contabilidad
Electrónica. 4° Que, los contribuyentes listados en el
dispositivo segundo, cumplen con los requisitos establecidos en la referida
Res. Ex. SII N°150, de diciembre de 2005 y, declaran contar con CAL para los
Libros Contables Electrónicos, esto último a través del endoso a efectuar por
un contribuyente autorizado. SE RESUELVE: Primero: Autorízase a proceder conforme al modelo de
operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2011, utilizando CAL
propio, a los siguientes contribuyentes: Se otorgará además
al contribuyente EMPRESA NACIONAL DEL PETROLEO, RUT 92.604.000-6, Códigos de
Autorización de Libros (CAL) tipo 2, para los libros Diario, Mayor y Balance,
los que podrán ser endosados a otras empresas del mismo holding. Segundo: Autorízase a
proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir
del año 2011, a través del endoso de TECNOLOGIAS PARA
Autorízase a proceder conforme al modelo de operación
de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2011, a través del endoso de DBNET
INGENIERIA DE SOFTWARE S.A., RUT 78.079.790-8, a los siguientes contribuyentes: Autorízase a
proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir
del año 2011, a través del endoso de SOC. BCN CONSULTORES CIA. LTDA.,
RUT 77.870.460-9 a los siguientes contribuyentes: Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad
Electrónica, a partir del año 2011, a través del endoso de ONVISION S.A. RUT
76.372.100-0, a los siguientes contribuyentes: Autorízase a proceder conforme al modelo de operación
de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2011, a través del endoso de AM
INVERSIONES LTDA., RUT 96.980.620-7. a los siguientes contribuyentes: Tercero: Los contribuyentes autorizados
deberán cumplir lo establecido en
Cuarto: Autorízase además a dichos
contribuyentes para almacenar, con fines tributarios, los libros contables de
años anteriores al año 2011 en el formato digital establecido por el Servicio,
para lo cual deberá cumplir con lo establecido en el resolutivo segundo de
Anótese, comuníquese y publíquese en Internet. (Fdo) IVÁN BELTRAND CRUZ Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. RPA/CPG/OBA |