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RESOLUCION EXENTA SII N°69 DEL 19 DE MAYO DEL 2011
MATERIA : MODIFICA RESOLUCIÓN EX. SII N° 5.517, DE 1996, DISPONIENDO EL USO DEL FORMULARIO ÚNICO N° 3500, DENOMINADO “DECLARACIÓN JURADA INFORME MENSUAL RETENEDORES CAMBIOS DE SUJETO”.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en los Arts. 6°, letra A, N° 1° y 88 del Código Tributario; y Arts. 2° y 3° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, D.L. N° 825, de 1974; la Resolución Ex. SII N° 5.517, de 26 de noviembre de 1996, modificada por Resolución Ex. SII N° 11, de 23 de enero de 2006, que establece empresas que deberán retener el IVA a los pequeños productores agrícolas de la Ley N° 19.034, publicada en el Diario Oficial de 30 de Enero de 1991; y 

C O N S I D E R A N D O:

      Que, mediante Resolución Ex. SII N° 5.517, de 26 de noviembre de 1996, modificada por Resolución Ex. SII N° 11, de 23 de enero de 2006,  se estableció la obligación de las empresas autorizadas para actuar en calidad de agentes retenedores del Impuesto al Valor Agregado, por las compras que efectuaren a los pequeños productores agrícolas definidos en la letra a) del Art. 1 de la Ley N° 19.034, precitada; 

      Que, mediante Resolución Ex. SII N° 185, de 23 de diciembre de 2010, se estableció la presentación, a través de Internet, del formulario único N° 3500, denominado “Declaración Jurada Informe Mensual Retenedores Cambios de Sujeto”, reemplazando los informes mensuales que debían presentar en papel los contribuyentes que en ella se indican, permitiendo la compatibilidad entre la información que se provee y la información contenida en los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE);

      Que, es necesario contar con un documento único en el que se declaren las retenciones efectuadas, así como las restantes operaciones que deban ser informadas y que caracterizan a los distintos cambios de sujeto establecidos por este Servicio, a fin de facilitar su llenado, manejo y control, como también su habilitación y disponibilidad en Internet.

S E  R E S U E L V E:

1°         REEMPLÁZASE, el resolutivo 8° de la Resolución Ex. SII N° 5.517, de 26 de noviembre de 1996, por el siguiente:

“Las empresas retenedoras autorizadas, referidas en el número 1°, deberán informar los montos mensuales retenidos a cada pequeño productor agrícola mediante la presentación del formulario único N° 3500 denominado “Declaración Jurada Informe Mensual Retenedores Cambios de Sujeto”, en la forma, plazo e instrucciones impartidas mediante Resolución Ex. SII N° 185, de 23 de diciembre de 2010.”

2°         La presente resolución regirá para las declaraciones que se presenten a contar del 01 de julio de 2011, por las compras que las empresas retenedoras autorizadas efectúen a los pequeños productores agrícolas, a partir del mes inmediatamente anterior. En consecuencia, a partir del período indicado, dichos contribuyentes deberán presentar la “Declaración Jurada Informe de Retenciones de Cambio de Sujeto”, Formulario 3500, hasta el día 15 ó 23 de cada mes, según corresponda, conforme se establece en la Resolución  Ex N° 185, de 23 de diciembre de 2010.

         Las empresas retenedoras autorizadas a que se refiere la presente resolución, deberán presentar por última vez la Declaración Jurada Retenciones de IVA a Pequeños Productores Agrícolas, formulario 3221, hasta el día 30.06.2011, por las operaciones efectuadas entre el 01.06.2010 y el 31.05.2011.

         La presente resolución se publicará, en extracto, en el Diario Oficial.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO 

(Fdo.) JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

IBC/HHB/CMC/CSM/CVD

Distribución:
-      Boletín
-      Diario Oficial en extracto
-      Internet.