Hoy se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS: Las facultades
contempladas en los artículos 1° y 7° de
la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D. F. L. N°
7, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de fecha 15 de octubre
de 1980; en los artículos 6°, letra A N° 1 y 60° inciso penúltimo del Código
Tributario, contenido en el artículo 1° del D. L. N° 830, de 1974; lo dispuesto
en el inciso quinto y sexto del artículo 1° y en el artículo segundo
transitorio de
la Ley N°
20.493, publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de febrero de 2011; las
instrucciones impartidas mediante Resolución EX. SII N° 57, de de 21 de abril
de 2011; y
CONSIDERANDO:
1° Que,
mediante Resolución EX. SII N° 57, de 21 de abril de 2011, se estableció la
obligación de presentar
la “Declaración Jurada Anual sobre Participaciones
en Comunidades y/o Sociedades Art. 1° Ley
20.493”, Formulario N°
3325, para los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que tuvieran derecho
a recuperar el Impuesto Específico a los Combustibles y cuyos ingresos anuales
del giro propios y de sus relacionados del año calendario anterior, hayan sido
inferiores a 15.000 unidades tributarias mensuales. Para el año tributario
2011, quedaron sujetos a dicha obligación los contribuyentes que teniendo
derecho a recuperar el referido tributo y no estando comprendidos en el caso
anterior, hubieran obtenido ingresos
anuales del giro, propios y de sus relacionados, inferiores a 58.200 UTM durante
el año calendario 2010.
2° Que,
mediante Resolución EX. SII N° 63, de 12 de mayo de 2011, se estableció la ampliación
de plazo de presentación de declaración jurada formulario 3325, establecida en
la resolución EX. SII N° 57, de 21 de abril de 2011.
3° Que, conforme
a lo establecido en el resolutivo 1° de la citada Resolución EX. SII N° 63, el
plazo para presentar la declaración jurada Formulario 3325, vence el 31 de mayo
del año 2011.
4° Que,
por razones de buen servicio, se hace necesario ampliar el plazo establecido en
el resolutivo 1° de
la citada Resolución Ex.
N° 63, que prorroga presentar
la Declaración Jurada, Formulario N° 3325, respecto
de las participaciones en comunidades y/o sociedades y de los respectivos
ingresos por ventas, servicios u otras actividades de su giro, correspondientes
al año comercial 2010.
SE RESUELVE:
1° AMPLÍASE, hasta el 07 de junio
de 2011, el plazo de presentación del Formulario N° 3325, denominado
“Declaración Jurada Anual sobre Participaciones en Comunidades y/o Sociedades
Art. 1° Ley
20.493”,
a los contribuyentes que deban informar respecto de las participaciones en
comunidades y/o sociedades y de los respectivos ingresos por ventas, servicios
u otras actividades de su giro, correspondientes al año comercial 2010, en
conformidad a lo dispuesto en el párrafo del resolutivo 1° de
la Resolución Ex.
SII N° 63, de 12 de mayo de 2011.
2° La presente Resolución se publicará, en
extracto, en el Diario Oficial.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO
Saluda a Ud.,
(FDO.) MARIO VILA
FERNÁNDEZ
DIRECTOR (S)
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines
IBC/CSM/AQQ/psb
DISTRIBUCIÓN:
- Al Diario Oficial (En extracto)
- Internet
- Boletín
- Oficina de Partes