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       RESOLUCION EXENTA SII N°22 DEL 16 DE FEBRERO DEL 2012 
   Hoy se
    ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código
    Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N°830, de 1974; en
     1°    Que, en
     2°    Que, los contribuyentes que se detallan en
    el Resolutivo primero, han solicitado incorporarse al modelo de operación de
    Contabilidad Electrónica establecido en
     3°    Que, los contribuyentes listados en el dispositivo segundo, cumplen con
    los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N°150, de diciembre de
    2005 y, han efectuado las pruebas requeridas para el SII para acogerse al
    modelo de operación de Contabilidad Electrónica.  4°    Que, los contribuyentes listados en el dispositivo segundo, cumplen con
    los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N°150, de diciembre de
    2005 y, declaran contar con CAL para los Libros Contables Electrónicos, esto
    último a través del endoso a efectuar por un contribuyente autorizado.  Primero:   Autorízase a proceder
    conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año
    2012, utilizando CAL propio, al siguiente contribuyente:  Segundo:  Autorízase a proceder conforme al modelo de operación
    de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2012, a través del endoso de
    TECNOLOGIAS PARA
     Autorízase a proceder conforme al modelo de operación
    de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2012, a través del endoso de
  ONVISION S.A., RUT 76.372.100-0, a los siguientes contribuyentes:   Autorízase a proceder conforme al modelo de operación
  de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2012, a través del endoso de DBNET INGENIERIA DE SOFTWARE S.A., RUT 78.079.790-8 al siguiente contribuyente: Autorízase
    a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a
  partir del año 2012, a través del endoso de SOC. BCN CONSULTORES CIA. LTDA., RUT 77.870.460-9 a los siguientes contribuyentes: Autorízase
    a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a
    partir del año 2012, a través del endoso de BLUELINE TECHNOLOGY SPA. RUT
  76.156.362-9 al siguiente contribuyente: Tercero:    Los contribuyentes
    autorizados deberán cumplir lo establecido en
     Cuarto:      Autorízase
    además a dichos contribuyentes para almacenar, con fines tributarios, los
    libros contables de años anteriores al año 2012 en el formato digital
    establecido por el Servicio, para lo cual deberá cumplir con lo establecido en
    el resolutivo segundo de
       CAROLINA SARAVIA MORALES        Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. RPA/HSS/oba  |